tag:blogger.com,1999:blog-14335374.post116998800705418923..comments2023-12-06T09:32:19.531+01:00Comments on Dura lex: El Auto de la Audiencia Nacional sobre De Juana ChaosJuan Antonio García Amadohttp://www.blogger.com/profile/03083685471582401077noreply@blogger.comBlogger31125tag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-58451699809894092162007-02-09T23:21:00.000+01:002007-02-09T23:21:00.000+01:00Es fácil que sean más importantes, en efecto: mini...Es fácil que sean más importantes, en efecto: <I>minima non curat praetor</I>. Para aclarar este punto no hace falta un gran maestro.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-2917556851636151202007-02-06T15:28:00.000+01:002007-02-06T15:28:00.000+01:00Estimado Ante
1º .-Le informo acerca del juicio e...Estimado Ante<br /> 1º .-Le informo acerca del juicio en el que utilice sus sabios argumentos en busca de eximente incompleta : drogas más enfermedades psíquicas. De 7 años y 10 meses que pedía el fiscal han quedado en 4 en la sentencia, pero no se aprecia ni eximente ni tan siquiera atenuante por drogadicción. A ver si quiere apelar mi cliente.<br /> Le informo de un estracto de la sentencia para que vea que en estos lares la madera es de buena madera.<br /> Por no entretenerle mucho - yo alegaba que se había vulnerado el derecho a la defensa de mi cliente y , se lo juro por la mano de mi padre que está bajo tierra,en el folio 100 de los autos en un oficio del Inspector Jefe, jefe de la Brigada Prov Policía Judicial de León JRRF le manifiesta a SSª, mediante oficio, que : "...en el libro de detenidos del área de calabozos de esta Comisaría Prov, figura anotado que a las 15,00 horas del 5-6-2006 le fue entregada al detenido AVB su dosis de Metadona en presencia del funcionario tal y a las 10,30 horas del día 6-6-2006, se le volvió a entregar la dosis en presencia del funcionario con carné tal..." y dice SSª en la sentencia : "...no solo no se ha probado que se le administrase en las dependencias de la policía nacional una dosis de Metadona..."<br />2º.- Que sí, que sus argumentos son válidos, pero que a mí , en mi modestísima opinión de aprendiz de jurista, me parecen mejores los de Tumbaíto y sus ejemplos poco acertados por las razones que da Tumbaíto. Y si el profesor Gimbernat no responde, será que tiene otras cosas más importantes que hacer, in dubio pro maestro.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-90685540865739184492007-02-05T22:49:00.000+01:002007-02-05T22:49:00.000+01:00Ya claro lo importante, lo demás se irá aclarando ...Ya claro lo importante, lo demás se irá aclarando a su ritmo. A saber si van a tener razón al final los profesionales que se enfrentaron con el caso (los funcionarios que no consideraron delictivos los dos artículos y los dejaron pasar; Pedraz en primera instancia, antes del "recado" de Juanfer; los académicos después)... ¡Qué capullos y progretarras todos ellos, las <i>perras</i>, el cura y los <i>paniaguaos</i> de profesores! Sólo faltaban los titiriteros...<br />(a todo esto: el recaíto que le mandó el Boni al Gran Don Enrique en el Pravda parece que ha caído en saco roto: Don Enrique no sale ni por soleares ni por peteneras. A lo mejor quien calla otorga, como los mantecados).<br /><br />Lo de macos y banquillos no es doctrina (pero tampoco es para la hipoteca: uno, que se deja liar). No tengo doctrinas. Léase el Ríos Martín, que es tan bueno el libro como el fulano. Sin doctrinas.<br /><br />-----------------------------------<br />Lo de los mantecados lamentablemente no es mío; es de Tip, como recordaba el otro día Achab<br />-----------------------------------Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-1170580875869638222007-02-04T10:21:00.000+01:002007-02-04T10:21:00.000+01:00Estimado Ante Ya le he agradecido y lo reitero s...Estimado Ante<BR/> Ya le he agradecido y lo reitero sus acertadas indicaciones doctrinales. Las he utilizado y una está a la espera de sentencia, ya le informará.<BR/> También he manifestado que me jode lo que mal se legisle para Batasuna porque detrás vamos los patriotas.<BR/> En este caso analizado también he dicho que me parecen más acertados los argumentos de Tumbaíto que los suyos. Y los ejemplos suyos, me remito a las críticas que de ellos hace magistralmente Tumbaíto; y su centinela permanente en la salvaguarda de la división de poderes ... demasiado corazón habiendo hipoteca que pagar me parece a mí.<BR/> Y tendría bastantes consultas jurídicas que hacerle, pero paso.<BR/>Deme su opinión , si quiere, de lo de los macos y banquillos, me interesa saber la opinión de la doctrina en ese ámbito.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-1170524108887814942007-02-03T18:35:00.000+01:002007-02-03T18:35:00.000+01:00Estimado admirador de Freisler: No esperaba que u...Estimado admirador de Freisler:<BR/> No esperaba que una vez expuestas las tesis (por cierto: sobre Derecho penal) admitiese el punto si no podía rebatirlas: al parecer, es la tónica, y en la tasca no hay que esperar lo mismo que en el mesón. Pero no busque excusas de mal pagador para no contestar: siempre le he respondido cumplidamente, tanto en los debates públicos como cuando me ha pedido ayuda. Queda muy feo que lo olvide y se invente cositas como lo de <I>"si ayudo al nazi estoy contribuyendo a crear un monstruo"</I>.<BR/> (En lo de macos y banquillos sigue pinchando en hueso)Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-1170513510855390572007-02-03T15:38:00.000+01:002007-02-03T15:38:00.000+01:00Tumbaíto, es Vd la ostia, pero cualquier parecido ...Tumbaíto, es Vd la ostia, pero cualquier parecido entre un sociata actual (con Dn Pablo Iglesias hay bastantes coincidencias en lo social)y un nazi ,es coincidencia biológica, a saber : el blanco de los ojos de ver, ¿hay alguna coincidencia? que queremos subir cada vez más las pensiones, ahora mismo no se me ocurre ninguna más.<BR/> A ante sólo le hago caso cuando le pregunto yo algo directamente de doctrina, que el tío (entiéndase profesor doctor en Derecho) sabe la ostia, ahora bien, cuando mezcla : el penal con la política, la filosofía y los enlaces cibernéticos, le leo , más que nada, para ver donde le atiza Vd en el cogote. Y ahora ya no me atrevo a preguntarle nada : 1º porque como soy nazi igual no me responde y pierdo el tiempo escribiendo la pregunta, 2º porque igual piensa, si ayudo al nazi estoy contribuyendo a crear un monstruo, que se joda el nazi y se estudie la división de poderes. <BR/> Si en lugar de leer tanto Derecho Penal follaran más y les salieran callo en el nabo en vez de canas en los huevos, tal vez no estuviesen los de siempre y algún extra en los banquillos y en las cárceles. Y es compatible , el estudio del derecho Penal con el follar y si no que se lo pregunten al decano de la facultad de León a ver que opina el como jurista y como ser humano de dicha compatibilidad.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-1170504256443810482007-02-03T13:04:00.000+01:002007-02-03T13:04:00.000+01:00¡Separación de poderes! ¡jajajajaja!Hágase, roland...¡Separación de poderes! ¡jajajajaja!<BR/><BR/>Hágase, rolando, socialista y podrá mantener intacto su ideario y, además, contará con la ayuda de cientos de miles compañeros sociatas.<BR/><BR/>a) Podrá defender la identidad de poderes. (Doctrina Guerra)<BR/><BR/>b) Podrá apoyar con ayudas económicas el asesinato de judios (Doctrina Solana)<BR/><BR/>c) Podrá considerar al estado el sucesor de san Pedro. "Lo que tu atares..." Y, en consecuencia, podrá perdonar a sus primitos sociatas vascos.<BR/><BR/>d) Podrá saquear las propiedades ajenas. (En eso todos comulgan).<BR/><BR/>e) Podrá perseguir policialmente a la oposición (Doctrina Bono)<BR/><BR/>¿Se le ocurre algo que siendo sociata no pueda mantener un nazi?<BR/>Si ya lo decía Hayek...<BR/><BR/>Por cierto... haga caso a ante y hable con esos profesores. ¡Especialmente con Queralt! ¡Tiene un gusto culinario excepcional!Tumbaítohttps://www.blogger.com/profile/02057897894361759464noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-1170424587361326682007-02-02T14:56:00.000+01:002007-02-02T14:56:00.000+01:00Estimado admirador de juristas nazis: No voy a ec...Estimado admirador de juristas nazis:<BR/> No voy a echar de menos en usted una defensa de la división de poderes ni de ninguna otra de esas mariconadas que nos entretienen a los no admiradores de nazis, que nos escandalizamos cuando un ministro ordena "construir imputaciones" y cuando salen cositas así. <BR/> Yerra también usted con qué me escandaliza y qué no (no se aflija: no se puede tener todo). No puedo decir, <A HREF="http://www.escolar.net/MT/archives/2007/01/me_importan_tre.html" REL="nofollow">como decía un comilitón de este asesino</A>, que la muerte de nadie me la bufe, pero en cualquier caso, la de este fulano no me quita el sueño. A escala, la muerte de este criminal me importa más o menos lo que el encierro en prisión de otro al que también habría que marcar con la de Caín: el nazi de la Librería Europa. Me la bufa que se pudra en prisión. Pero no quiero vivir en el Estado que lo encierre por revisionista. Es algo parecido a que el otro, cuando aún no había enloquecido, aludía al decir "no hay atajos contra el terrorismo". <BR/><BR/> Las conversiones tardías son exageradas, y exigen cierto reposo. No busque la interpretación que consuele su freislerismo: así sólo interpretará a lo Freisler (¿le ha leído? Hágalo y cambiará de Nick. Le puedo indicar cuáles eran <I>los listos</I> de toda esa panda de desalmados). Busque comentarios de la sentencia de los catedráticos que le merezcan más respeto; luego, los de los que le merezcan más respeto al personal. Luego, entre los demás. Tiene para escoger si revisa la prensa (García Rivas, Vives Antón, Queralt Jiménez, los que se han adherido en "Cartas al director"...) y, por supuesto, si se pasea por los seminarios. Y, claro, sin distinción ideológica si nos referimos a los grandes: hasta los penalistas más próximos a los martillos de sociatas dejan claro que ná que ver con ellos.<BR/><BR/> Por supuesto, siempre que eso signifique algo para usted. Siempre puede optar por la interpretación del estudiante de Derecho, ebrio o sobrio. El escolástico prudente dijo aquello de que a veces Dios, en su infinita sabiduría, revela a los pequeños lo que niega a los sabios. Pero ojo: dijo que lo hacía <I>a veces</I>. Por mi parte, como en esto soy más bien amarrete y conservadorón, prefiero confiar un poquito más no sé si en los sabios, pero sí en los que ya les salieron canas en los huevos releeyendo Derecho penal (a mí no me mire: aún no me he llegado a esas zonas). Fallaré sólo cuando a Dios le dé por hacer de las suyas. Y no se prodiga tanto...Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-1170408441914728812007-02-02T10:27:00.000+01:002007-02-02T10:27:00.000+01:00Siguiendo el final del último post de Tumbaíto (a ...Siguiendo el final del último post de Tumbaíto (a mi manera). Puesto que ATMC está ofendidísimo por la gran injusticia legal que supone que de Juana siga en prisión ya que debería estar en libertad en base a un CP fascista (como aquí todo Dios es fascista , pues Franco era fascista), equivoca el método a seguir.<BR/> El método a seguir es el método Vera, que es el que aconsejaría yo si mi cliente fuese de Juana, (si mi cliente fuese de Juana no hubiese escrito GALLIZO, o lo hubiese escrito de otro modo). No se consigue nada ,y menos estando el asunto sin haber agotado todas las instancias legales, malnutriéndose, hay que irse currando ya la página de la depresión, con informes médicos, pastillitas,que en el colegio ya le llamaban el depre cuando el profesor cometía una injusticia y demás...que fue un error la lucha armada, que para que Euskalerria sea libre bla, bla, bla... Lo demás sólo sirve para que Tumbaíto le desarme sus argumentos uno tras otro y nos de ATMC, en mi opinión, un ejemplo de : alumnos sobrios de primero de Derecho no argumenten a pari así, porque parecerán que están Vds ebrios.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-1170366290536933362007-02-01T22:44:00.000+01:002007-02-01T22:44:00.000+01:00Distinciones:Una cosa es que de Juana mentando a c...Distinciones:<BR/><BR/>Una cosa es que de Juana mentando a ciertas personas las convierta en objetivos permanentes de las acciones de la banda terrorista y otra cosa, muy distinta, es que la teoría del señalamiento CONSISTA en que mentando de Juana a ciertas personas las convierta en objetivos permanentes de las acciones de la banda terrorista.<BR/><BR/>A ver... principios fundamentales –¿sabe algo de metodología de la ciencia?– con las teorías se alcanzan resultados pero no son el resultado. Así, con la teoría del bing bang se explica “el origen del cosmos” pero la “teoría del bing bang” no es el origen del universo. Así, mediante la teoría del señalamiento SE EXPLICA que de Juana mentando a ciertas personas las convierta en “objetivos permanentes de las acciones de la banda terrorista”. <BR/><BR/>¡Pero muy señor mío! ¡Cómo quiere que una teoría enuncie exactamente lo mismo que quiere probar! Se imagina que abriendo el Origen de las Especies sólo leyésemos una proposición: LAS ESPECIES ANIMALES EVOLUCIONAN. ¡Menuda estupidez! <BR/><BR/>En relación con "luego vendrán por ti, y ya será demasiado tarde", hasta el día de hoy los únicos gobernantes que me dan miedo son los que detienen ilegalmente a militantes de la oposición y los que secuestran, torturan y asesinan<BR/>y esos son los que hoy defienden a de Juana de una brillante teoría. <BR/><BR/>O SEA, LOS SOCIALISTAS.Tumbaítohttps://www.blogger.com/profile/02057897894361759464noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-1170346102037447852007-02-01T17:08:00.000+01:002007-02-01T17:08:00.000+01:001. Dice por ahí uno no muy bien informaíto: ''deci...1. Dice por ahí uno no muy bien informaíto: ''decir que la teoría del señalamiento consiste en que “cuando menciona un nombre [el “mal nutrido], está "señalándolo" para que ETA lo mate” es mentir''.<BR/><BR/>Vaaaaya por Dios. La tesis del señalamiento la enuncia la SAN 8-11-2006, nº 60/2006, de la Sala de lo Penal (Sec. 1ª; Pte. Echarri Casi). Y se sintetiza en perlas como: <BR/><BR/>EN LOS HECHOS PROBADOS: <BR/>--“En el artículo titulado "Gallizo" <B>alude a determinados altos funcionarios de prisiones (…) con la clara finalidad de convertirlos una vez mas, en objetivos permanentes de las acciones de la banda terrorista</B>”<BR/>EN LOS FUNDAMENTOS DE DERECHO:<BR/>--“<B>TAL MENCIÓN EXPRESA AL ENTONCES JUEZ CENTRAL DE VIGILANCIA PENITENCIARÍA DE LA AUDIENCIA NACIONAL ILTMO. SR. D. JAVIER GÓMEZ BERMÚDEZ, SUPONE DE POR SI UN SEÑALAMIENTO</B> CON ENTIDAD JURÍDICO PENAL RELEVANTE (…) SIENDO DICHA PUBLICACIÓN <B>EXPONENTE DE UN PROPÓSITO, EN ESTE CASO DE ENCARGAR A OTROS LA PRODUCCIÓN DEL MAL</B>, ya que su autor al encontrarse en prisión no podía ejecutar directamente aquél.”<BR/><BR/>--“En la misma línea se inscribe el artículo titulado "Gallizo" (…) Si bien las referencias a los mismos, lo son en un tono más injurioso que amenazante e incluso calumnioso (…) no lo es menos que, no cabe descartar que esa denominada "concreción" de personas sea realmente <B>una indicación para que alguien del entorno de la organización terrorista ETA lleve a cabo una acción respecto de los "indicados"</B>” (re-sic).<BR/><BR/> Vaya por Dios, vaya por Dios, vaya x 2. ¿Será lo del desinformaíto “mentir”? Yo creo que no. Me inclino más por pensar que hablaba sin saber, porque no se había leído la sentencia. Pero sabía que hablaba sin saber, y que podía haberse informado. ¿”Tatblindheit”? Mejor “recklessness” o, en traducción del CP: “temerario desprecio hacia la verdad”. Que, por cierto, es uno de los elementos subjetivos de las injurias de imputación de hechos. (Hipótesis B: él pensaba que lo que llamamos “tesis del señalamiento” se la había inventado él. No: demasiado egocéntrico incluso en este caso. En todo momento ha podido leer que se trata de una tesis que diversos penalistas han tratado críticamente en medios de comunicación).<BR/><BR/>2. Estoy hablando con un abogado, ¿no?. Ahí va otro regalito por su cumple: una sentencia condenatoria por un delito como las amenazas por escrito que, a la hora de interpretar si el texto contiene unas amenazas, dice: <B>“no cabe descartar</B> que esa denominada "concreción" de personas sea realmente una indicación para que alguien del entorno de la organización terrorista ETA lleve a cabo una acción respecto de los "indicados"”. <B>OLÉ, OLÉ Y OLÉ</B>. Sí señor: así se torea el ordenamiento. Ya no firmaré como ATMC; firmaré como ATPC, de “A Tomar P C la vinculación del juez a la Ley y a la Constitución”. Perdón por el énfasis mayúsculo: <B>¡¡“NO CABE DESCARTARLO”!!</B> Hombre, siendo así, no dude en condenarlo, Señoría. Si no cabe descartarlo, da igual que esté más p’acá o más p’allá de la <I>reasonable doubt</I>, ¿no? <BR/> (Por favor: dígame si un abogado sin canas, con todo el pelo en su sitio y dispuesto a defender a fulanos de esta calaña no tendría un caso fácil … claro: siempre y cuando no sea en ese Triángulo de las Bermudas que es la Audiencia Nacional, donde las reglas del tiempo, el espacio y la prueba no rigen como en el resto del universo).<BR/><BR/> “Vamos a ver si nos centramos”, que decía el cura de P.Tinto después de que le cayese el rayo encima. Le penan por unos artículos que -<B>como reconoce la sentencia- no fueron prohibidos ni interceptados a un preso cuya correspondencia está intervenida por los compañeros y subordinados de los supuestos amenazados</B> Unos artículos que fueron desestimados como amenazantes por el primer Auto de la AN. ¿De qué hablamos?<BR/><BR/>Pero es que el resto de la resolución tampoco parece escrita por Von Liszt (el penalista… que era el pariente menos listo de Von Liszt el pianista. Los genios del Derecho penal son siempre el pariente menos listo de otro; también Feuerbach… ¿Conclusión?). Dice la sentencia: la mención a los funcionarios es claramente amenazante, porque <I>podía haberla omitido sin que el contenido del mensaje se resintiera</I>. Aaaaaaah coooooño. Pero cuando trata la mención a Gómez Bermúdez, que es el juez que le hace la pascua… ¡¡AHÍ ES IMPOSIBLE OMITIRLO!! ¡¡Y SIN EMBARGO SIGUE AFIRMANDO LO MISMO!!<BR/><BR/> Ya ha quedado claro que a De Juana había que liberarlo porque su condena había concluido (precisamente por eso se ha movido toda la maquinaria para “construir imputaciones”). O sea: que el fulano tiene razón en su pretensió njurídica: Gómez Bermúdez estaba mareando la perdiz para no soltarlo, con base en un barrunto. ¿No puede quejarse? ¿No puede ponerlo de chupa de dómine porque es malo y peligroso? Amigo Rolando: como este sea el canon, cuidado con lo que dice de los judíos, de los comunistas… (Aunque como sabe, en la última xuntanza europea los Juanfer de la región han quedado en sellarle la boca penalmente a usted y sus comilitones. Porque cuando ustedes dicen “no fueron 6 millones”, al parecer eso significa “matemos más gente”. Qué capacidad de penetración en la psique humana, la Mare de Dió. Supongo que nihil novum: así soplan los vientos… ).<BR/>(Por cierto: caray caray con los nazis y los etarras… cuando dije que defendería al de la librería Europa nadie me puso un pero… si saco factor común, las críticas se explican muy bien…) <BR/><BR/>3. Los <I>argumenta ad misericordiam</I>, mejor para el suplemento infantil. En el Derecho Español De Juana no podrá sufrir más represión penal por los asesinatos por los que fue condenado: arreglémoslo <I>pro futuro</I>. Que además no le abandone a él nunca la señal de Caín (que es, a la vez, estigma y protección, curiosamente); pero tampoco a nosotros la convicción de que no se puede dejar un resquicio a la <I>Rule of man</I>. Decía el de Bonesana que la tiranía es como el agua que se cuela por las grietas, humedeciendo las paredes externas de la presa, como un hilillo que no preocupa a nadie… pero cuando el chorro es fuerte, ya es demasiado tarde. Lo de Juanfer de “construir imputaciones” y otras "interpretaciones" similares (no deberían dejar ejercer el Derecho sin la supervisión de un adulto) ya son hoy algo más que una manchita de humedad. <BR/> Luego vendrán por ti, y ya será demasiado tarde.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-1170322783182668522007-02-01T10:39:00.000+01:002007-02-01T10:39:00.000+01:00Sería aquí importante que se nos indicase si sobre...Sería aquí importante que se nos indicase si sobre los presuntos torturadores ,que de Juana menciona en GALLIZO, recayeron algún tipo de condena o sanción administrativa por esas presuntas conductas (o probadas en su caso. <BR/> Y me convence más el argumento de Tumbaíto de que : "... un pandillero ha impreso unas octavillas que caracteriza al panadero como ..."; que el de ATMC : "...nadie se ha molestado en argumentar ni probar nada respecto del ánimo del sujeto...". <BR/> Vistos desde la "barrera" del blog, los doctísimos conocimientos de ATMC, al cuál le estoy más que agradecido al darme su opinión cuando la he necesitado (y que la he utilizado), se ofuscan en sus dialécticas con Tumbaíto por el afán de ir a ganar por KO y en el primer asalto y si no le he tirao en el primero, venga en el segundo lo mato y al final Tumbaíto una izquierda abajo, un paso atrás, otra derecha abajo como si no quiere la cosa, pasos laterales y otra contra abajo (para terminar de sacar el aire)y ahora vamos ya a pegarnos. Y así cuando menos Tumbaíto siempre llega a la distancia y serán los amigos del blog los que levanten una u otra mano o las dos si llegan parejos al límite de la discusión.<BR/> Pero son combates siempre para recordar. Muy bien por los dos.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-1170295740751759862007-02-01T03:09:00.000+01:002007-02-01T03:09:00.000+01:00Hay cosas feas pero que en una crítica se falseen ...Hay cosas feas pero que en una crítica se falseen las opiniones ajenas sólo es propio de alguien que comulga con <BR/><BR/>“creo que aún se está soslayando lo esencial: que De Juana, ese asesino infecto, en la calle, constituye menos amenaza para nuestra convivencia futura que no la instrumentación deliberada del Derecho para complacer servilmente unos sucios bigotes.”<BR/><BR/>Leer esto para los que han tenido que recoger los restos de sus seres queridos en la pared debe ser muy duro. <BR/><BR/>Pero vayamos a lo otro, primero decir que la teoría del señalamiento consiste en que “cuando menciona un nombre [el “mal nutrido], está "señalándolo" para que ETA lo mate” es mentir. <BR/><BR/>La teoría del señalamiento sostiene que lo importante del GALLIZO no es que sea cierto que M. es así o asá o que, por el contrario, sea falso que M. es así o asá. Sino que lo importante es que "el mal nutrido" lo caracteriza como siendo así o asá y que la ETA viene caracterizando a aquellos que mata a propio intento como siendo así o asá.<BR/><BR/>Entiéndame: “Viene caracterizando”; o sea, no que un pandillero imprime octavillas –cúrrese más lo ejemplos- sino que un pandillero ha impreso unas octavillas que caracteriza al panadero como a todos los otros panaderos que la pandilla a molido a palos. O sea, que hay una continuidad de obrar y que esa misma continuidad en el obrar es referente para la propia pandilla para actuar nuevamente.<BR/><BR/>Dicho de otra manera, que "el mal nutrido" ha identificado a ese señor M. como asesinable; o sea, que lo ha amenazado. Que es mucho más que la mera ocurrencia de un nombre en un texto.<BR/><BR/>Ahora bien, ¿qué ocurre con el derecho de expresión del sr. de Juana? ¿Se está vulnerando? ¡Sí! Pero se está vulnerando de la misma manera que se vulnera el derecho deambulatorio de los violadores.Tumbaítohttps://www.blogger.com/profile/02057897894361759464noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-1170286525118427292007-02-01T00:35:00.000+01:002007-02-01T00:35:00.000+01:00Caray, Rolando: relea, relea. El etarra De Juana ...Caray, Rolando: relea, relea.<BR/> El etarra De Juana escribe un artículo titulado "Gallizo". En él viene a decir que ya le podrán decir que doña Mercedes es Victoria Kent y Concepción Arenal redivivas, pero que mantiene en sus puestos a gente que ya estaba ahí en la época PSOE y que está manchada por malos tratos y otras conductas ilícitas o irregulares. Va enumerando a algunos de ellos, diciendo que si éste metió la mano en la caja, que si aquél tiene las manos manchadas de sangre, que si este otro reprimió un motín pistola en mano y acabaron 40 en enfermería, etc. <BR/> La teoría del señalamiento dice: cuando menciona un nombre, está "señalándolo" para que ETA lo mate; eso amenaza al mencionado.<BR/> Y ¿por qué es un envoltorio vacío? Porque de aplicarse, ello supondría que ningún miembro de una organización criminal podría criticar la actuación de un poder del Estado. Si tal limitación (como la condena canónica a silencio) sería inconstitucional como PENA, no le digo la consideración que merece cuando se la saca del forro escrotal una Señoría Muy Receptiva A Los Mensajes Ministeriales ("construir imputaciones"). <BR/><BR/><BR/> Que un tío con los zapatos gastados en los juzgados no perciba esto me llama la atención. Usted tiene por cliente a un pandillero. La pandilla en cuestión acojona al barrio, y agrede a todo el que pone en el punto de mira. De repente, su cliente escribe unas octavillas diciendo que el panadero devuelve mal el cambio y que las litronas que vende son rellenadas.<BR/> Ahí va su regalo de cumpleaños: su cliente es acusado como autor de unas AMENAZAS (no un delito contra el honor). Y le dicen que la cosa es porque cuando un pandillero hace lo que su cliente ha hecho, con ello señala a un vecino para que la pandilla le haga algo malo.<BR/> ¡Es su cumpleaños! En dos años, nadie le ha hecho nada al panadero (ni a ninguno de los demás mencionados en las octavillas; esto no es un argumento de cierre -como tampoco lo sería que SÍ hubiese ocurrido-, pero tiene su peso). Nadie se ha molestado en argumentar ni probar nada respecto al ánimo del sujeto, su conocimiento de la situación, la falsedad o veracidad de la imputación, ¡nada! ¿Va a dormir mal la noche antes de la vista temiendo que el fiscal le diga que vale, que libertad de expresión, que derecho de crítica... pero que el uso que ha hecho de ellos es ilegítimo?Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-1170259601958420792007-01-31T17:06:00.000+01:002007-01-31T17:06:00.000+01:00Excelente Tumbaíto al señalar que el art 20 CP det...Excelente Tumbaíto al señalar que el art 20 CP determina que debe ser "legítimo".<BR/> Lo que no acabo de entender es la pseudo-teoría del señalamiento de ATMC, si es tan amable me la explica (brevemente) y señaleme donde está exactamente la estupidez en los razonamientos del citado profesor, para que no quede ad hominem y tal.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-1170257315293175572007-01-31T16:28:00.000+01:002007-01-31T16:28:00.000+01:00Estimado "un amigo": En mi modesta opinión, seña...Estimado "un amigo":<BR/> En mi modesta opinión, señala usted lo fundamental.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-1170246994452501632007-01-31T13:36:00.000+01:002007-01-31T13:36:00.000+01:00Estimado ATMC,gracias por los razonamientos técnic...Estimado ATMC,<BR/><BR/>gracias por los razonamientos técnicos.<BR/><BR/>Pero creo que aún se está soslayando lo esencial: que De Juana, ese asesino infecto, en la calle, constituye menos amenaza para nuestra convivencia futura que no la instrumentación deliberada del Derecho para complacer servilmente unos sucios bigotes.<BR/><BR/>Porque de la alimaña ya sabíamos lo que es capaz de hacer.<BR/><BR/>En cambio, de la perversión abierta, sólo cabe temer en qué porquerías insondables se pueda precipitar. <BR/><BR/>Atentamente,Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-1170201546346046562007-01-31T00:59:00.000+01:002007-01-31T00:59:00.000+01:00¿Por qué habrá puesto ahí el legislador esa palabr...¿Por qué habrá puesto ahí el legislador esa palabreja? ¿Por qué habrá escrito "legítimo"?<BR/><BR/>¿Acaso creerá el legislador -que infantil él- que cabe con el ejercicio de derechos segar la vida de inocentenes?<BR/><BR/>En relación con la pseudo-tontería de la teoría del señalamiento. ¡Cómo se lo curra! ¡Qué razonamientos! <BR/><BR/>Con esos razonamientos, no me extraña que los jueces consideraran que son ESTUPIDECES.Tumbaítohttps://www.blogger.com/profile/02057897894361759464noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-1170197392131322572007-01-30T23:49:00.000+01:002007-01-30T23:49:00.000+01:00Art. 20 CP: Están exentos de responsabilidad crimi...Art. 20 CP: Están exentos de responsabilidad criminal: (...) 7. El que obre en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho (...).Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-1170192334764137572007-01-30T22:25:00.000+01:002007-01-30T22:25:00.000+01:00Usted dice: "una conducta realizada en ejercicio d...Usted dice: "una conducta realizada en ejercicio de un derecho o un deber no es delito"<BR/><BR/>¿Acepta esa afirmación como un caso particular de "una conducta realizada en ejercicio de un derecho o un deber no es UN ILÍCITO"?Tumbaítohttps://www.blogger.com/profile/02057897894361759464noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-1170185389175224842007-01-30T20:29:00.000+01:002007-01-30T20:29:00.000+01:00Dado que ya he declarado mi incapacidad para dejar...Dado que ya he declarado mi incapacidad para dejar de ser católico aún en la increencia, intento una vez más realizar con usted la primera y la cuarta de las obras espirituales de misericordia: enseñar al que no sabe y corregir al que yerra. <BR/><BR/>- Si los hechos señalados en "Gallizo" son ciertos, no sólo es que sea una conducta lícita, sino que ESTÁ EN SU DERECHO de denunciario (es más, repito: unter Umstaende <B>puede ser su deber</B>. Y una conducta realizada en ejercicio de un derecho o un deber no es delito. <BR/><BR/>Ejemplos accesibles a niños de tres años no muy ebrios: <BR/><BR/>- Si se demostrase que los hechos son ciertos, ¿debería condenarse a los mencionados por los delitos o infraccoines administrativas señaladas... y además a De Juana por mencionarlos?<BR/>- Más aún: si este asesino en retiro forzoso fuese llamado, por ejemplo, a testificar en un proceso contra alguno de los mencionados en "Gallizo", el juez le obligaría precisamente a realizar eso que otra Muy Flexible Señoría ha considerado un delito tan grave como para merecer, al menos, la mitad de DOCE AÑOS DE PRISIÓN (la pena media por homicidio). ¿Dentro del juzgado conducta debida, fuera del juzgado delito sancionable con la pena del homicidio?<BR/>- ¿Podría haber firmado este tío una "hoja de firmas" denunciando con otras personas esos mismos hechos? ¿Sería su firma una amenaza? ¿Y si sólo lo firmara con tres tíos más? ¿Por qué es distinto si lo firma solito?<BR/>- ¿Puede este tipo presentar una denuncia o una querella contra alguien, por mucho que acojone que un etarra se querelle contra uno? De ser así, ¿puede antes anunciar que lo hará? De ser así, ¿por qué no puede hacerlos públicos los hechos que serían constitutivos de delito, sin comunicarlos a juzgado alguno?<BR/><BR/> La tesis del "señalamiento" ha sido considerada una memez unánimemente sotto voce; sólo dos o tres en público (en mi modesta opinión, alguno de ellos con argumentos mejorables... pero en cualquier caso, son ellos los que han tenido los huevos de arrostrar las iras de la caverna, no yo) han salido a hablar de la cuestión, y siempre para subrayar lo insolvente de semejante argumentación ad hoc. <BR/><BR/>------------------------------------<BR/>Termino aquí el suplemento infantil de debates sobre lo obvio.<BR/>------------------------------------<BR/><BR/> Dejémonos de chorradas. Este fulano había escrito estos artículos hace más de dos años. Ahí estaban, y no ocultos, sino publicados en el GARA. Sólo se inicia un proceso cuando Juanfer dice que hay que "construir imputaciones" (SIC!!)para evitar que los etarras que han cumplido su pena salgan a al cárcel. Quien tenga oídos, que oiga. Quien sólo quiera marear la perdiz, que no aburra.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-1170164887049670512007-01-30T14:48:00.000+01:002007-01-30T14:48:00.000+01:00Muy agudo Tumbaíto.Muy agudo Tumbaíto.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-1170151691079417442007-01-30T11:08:00.000+01:002007-01-30T11:08:00.000+01:00Estimado ATMC,me parecen solventes sus argumentos....Estimado ATMC,<BR/>me parecen solventes sus argumentos.<BR/>Saludos,Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-1170115195726548842007-01-30T00:59:00.000+01:002007-01-30T00:59:00.000+01:00Es curioso que la "interpretación habitual del der...Es curioso que la "interpretación habitual del derecho" se la pasen por el forro los jueces. ¿Qué diría Don Álvaro? Yo creo que pensaría que quien piensa que esa es la interpretación habitual del derecho es un mono con rotuladores de esos. Pero bueno...<BR/><BR/>Lo importante en el GALLIZO no es si es cierto que M. es así o asá o si es falso que M. es así o asa. Lo importante es que "el mal nutrido" lo caracteriza como siendo así o asá y que la ETA viene caracterizando a aquellos que mata a propio intento como siendo así o asá. O sea, que "el mal nutrido" ha identificado a ese señor M. como asesinable; y con el resto, lo mismo.<BR/><BR/>Por cierto, ¿sabe que juez se quedó sin mano? O sin parte.<BR/><BR/>Lástima que no sea usted su abogado.Tumbaítohttps://www.blogger.com/profile/02057897894361759464noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-1170069736840602522007-01-29T12:22:00.000+01:002007-01-29T12:22:00.000+01:00La interpretación del concepto de amenaza típica s...La interpretación del concepto de amenaza típica se puede plantear desde muchísimas perspectivas. Yo me he limitado a optar por el de la interpretación habitual en Derecho, sin más complicaciones que las que pueda superar un estudiante de primero de Derecho que aún no esté totalmente borracho, pero soy consciente de que aún cabe un amplio rango de posibilidades hasta llegar al criterio-umbral del mítico mono con un código penal y un subrayador fosforescente (que, estoy seguro, podría dar resultados interesantes en una perspectiva comparada). Intentaré centrarme en las posibilidades estrictamente terrícolas, descartando las marcianadas de rigor.<BR/><BR/> En <A HREF="http://gara.euskalherria.com/idatzia/20041230/art94545.php" REL="nofollow">"GALLIZO"</A>, este asesino retirado a la fuerza denuncia que el verdadero motivo de la destitución de M. fue que había metido mano en la caja, y que solía decir que las resoluciones judiciales se las pasa por el forro de los cojones. Que F. tiene sangre en las manos (evidente metáfora que le imputa tratos inhumanos o degradantes a los presos). Que R. es un incoherente porque reproduce los mismos malos tratos que acabaron con su hermano. Que J. gestionó un motín de modo tan incompetente que 40 acabaron en la enfermería y que él se paseaba por las galerías pistola en mano. Que A. fue procesado por torturas y tratos inhumanos, pero injustamente absuelto. Que Gallizo los mantiene en el cargo. <BR/> Nuestro estudiante de primero de Derecho, que no está aún tan borracho como para vomitar, con certeza llegaría él solito a la conclusión de que caben dos posibilidades: que estos hechos sean CIERTOS o que sean FALSOS. Si son FALSOS, no hay amenazas (nos repasamos los arts. 205 y ss. CP, hacemos votos de no pecar más y nos vamos en paz). Si son CIERTOS, la conducta no sólo es atípica; no sólo es lícita: es que en muchos de los casos es <I>debida</I>. No creo que todas las imputaciones sean ciertas: algunas sí lo son, según me consta. Y ello, los denuncie Agamenón, su porquero o alguno de los gorrinos. <BR/><BR/> En <A HREF="http://gara.euskalherria.com/idatzia/20041201/art90577.php" REL="nofollow">EL ESCUDO</A> el estudiante, ya mareado por los vahos etílicos, podrá llegar hasta el último párrafo sorprendido por no encontrar NADA, por releer un texto que podían haber firmado varios de sus compañeros de ideas más extremistas sin que a ningún zumbao se le ocurriese que constituían "amenazas poco creíbles por no tener detrás a ETA". Es más: lo que dice de Gómez Bermúdez lo dicen también los moderados; y lo que dice de López Aguilar, lo insinúa incluso un prestigioso catedrático de Filosofía del Derecho en su blog (donde, bien es cierto, permite que escriban comentarios unos sujetos rarísimos). No hay amenazas de un mal concreto para nadie, ni tácitos ni expresos. <BR/><BR/> EL último párrafo es de donde pretenden sacar petróleo: <BR/><BR/><I>''Hace años le escuché a un muy apreciado compañero chillar con fuerza «Sacad vuestras sucias manos de Euskal Herria». Sí, sacadlas, porque otro camino sólo implica más sufrimiento. O el futuro terminará demostrando, sin duda, que os quedásteis sin ellas''.</I> <BR/><BR/>Supongo que, como digo, criterios interpretativos hay para aburrir, pero si esto es ineludiblemente el anuncio de un mal "determinado, posible, dependiente de la voluntad del sujeto activo (SSTS 30-3-89 y 18-4-2002)", <I>qué che teño que dicir, miña rula</I>. Básicamente: si se trata de un pronóstico que cualquiera puede hacer, pero del que él se alegra o no se compadece, no hay conducta típica. Aquí no cabe la alucinatoria tesis del "señalamiento" (si eres terrorista, decae tu derecho de crítica porque asustas), que la acusación remasticó para sus señorías. Lo cierto es que han pasado dos años desde el momento en que este fulano profirió su eructo moral. En cualquier caso, y abierto a todo posible debate con terrícolas aún no profundamente intoxicados, recapitulo: una de las imputaciones es a todas luces una resolución ilegal. En relación con la otra, pretenden calzarle DOCE AÑOS Y PICO POR ESTE PÁRRAFO (¿por la cita entrecomillada o por la frase siguiente, falta ortográfica incluida?). Y entonces me replanteo cuánto tiempo estoy dispuesto a perder discutiendo si pica mucho el sol porque es de noche. <BR/><BR/>(El otro día mandé a un seminario un "Idea Post-It". Se refería a una sentencia en la que decía literalmente, aunque entreverado con otros razonamientos, que la conducta del acusado no encaja en su literalidad con la descripción típica, pero es "equiparable jurídicamente", por lo que le calzan la pena típica. Sin duda, es una declaración autoinculpatoria de prevaricación dolosa. También explica sus móviles: prevarica porque le parece que, aunque la condena no sea legal, debería serlo. En mi post-it me postulé, sin embargo, para defenderle, porque hay un error de prohibición invencible -art. 14.3 CP- que le exime de responsabilidad penal: él pensaba que, siendo magistrado, estaba autorizado a dictar resoluciones contra legem. Y no podía salir de su error consultando a un experto, porque esa idea es la que está más extendida en su entorno profesional).Anonymousnoreply@blogger.com