tag:blogger.com,1999:blog-14335374.post2569938493308843341..comments2023-12-06T09:32:19.531+01:00Comments on Dura lex: Acreditación del profesorado universitario. Por Francisco Sosa WagnerJuan Antonio García Amadohttp://www.blogger.com/profile/03083685471582401077noreply@blogger.comBlogger2125tag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-6568585742952028492007-07-11T16:41:00.000+02:002007-07-11T16:41:00.000+02:00Me importa un rábano todo eso, después del circo d...Me importa un rábano todo eso, después del circo de Getafe, por lo menos me ahorraré las pelas de tanto viaje y tanta manutención, y a unos tipos con incontinencia urinaria, adictos al móvil y al ordenador, y los guiños entre candidatos y tribunal. Y ahora a pasearse por la geografía española, a demostrar que por algo se les habilitó, digo a pasear por los circos y barracas de los pueblos, pintorescos como Oñati...Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-91798237423329622732007-06-22T22:58:00.000+02:002007-06-22T22:58:00.000+02:00Estoy completamente de acuerdo.El borrador, además...Estoy completamente de acuerdo.<BR/>El borrador, además, contiene preceptos manifiestamente ilegales y absurdos, como el artículo 3, que limita a seis años la validez temporal de la acreditación. Se trata de una limitación del derecho fundamental del art. 23.1 no sólo formalmente inconstitucional, por carecer de cobertura legal, sino también sustantivamente injustificable. Si la finalidad de la acreditación es demostrar que uno posee méritos docentes e investigadores para ser profesor titular o catedrático, es evidente que esos méritos no se esfuman si al cabo de seis años uno, por las razones que sean, no ha conseguido un enchufe en una Universidad.Anonymousnoreply@blogger.com