tag:blogger.com,1999:blog-14335374.post4528050154175069611..comments2023-12-06T09:32:19.531+01:00Comments on Dura lex: LA SENTENCIA DE LA SEMANA. Mitos y ficciones en la responsabilidad civil por daño extracontractualJuan Antonio García Amadohttp://www.blogger.com/profile/03083685471582401077noreply@blogger.comBlogger7125tag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-53113601720465457042014-10-28T14:18:58.865+01:002014-10-28T14:18:58.865+01:00Yo tengo una pregunta complicadilla...
Me gustaria...Yo tengo una pregunta complicadilla...<br />Me gustaria saber su opinión, si se le puede imputar responsabilidad a una persona que ajena a su conocimiento (quien guardó el artefacto habia fallecido) guardaba una granada y consecuencia de que le limpiaban el recinto donde estaba, a una persona de las que limpiaban le explota el artefacto (no se sabe si lo manipulo) con los consecuentes daños físicos.¿ Puede demandar el perjudicado (con causa) al dueño del recinto? ¿Se trataría de una responsabilidad objetiva?Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-28641141680140053572012-01-26T23:49:31.508+01:002012-01-26T23:49:31.508+01:00Dentro de un cuadro no demasiado escandaloso, sólo...Dentro de un cuadro no demasiado escandaloso, sólo suavemente convencional... ¡qué antropológicamente cultural es el Derecho! <br /><br />A fin de cuentas, el extracto en dos líneas de lo que se saca aquí es (a) está muy feo (factor de fealdad 0,6) ser poli, que confiere carisma (o debería conferirlo, por el roce con el Poder), y comportarse como... cualquiera, ni mejor ni peor; (b) está casi tan feo como lo anterior (factor de fealdad 0,4) dejar que los niños salgan de noche. Más que sentencia de un tribunal, parece juicio estético de una Academia.<br /><br />Cultural, tan cultural... y si no, preguntádselo ustedes a vuestro ministro de Justicia.<br /><br />Salud,un amigonoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-10238638256084414182012-01-26T22:55:21.312+01:002012-01-26T22:55:21.312+01:00No tan anónimo: esa información se agradece muy si...No tan anónimo: esa información se agradece muy sinceramente. Verdaderamente debería haberla buscado yo mismo. Está muy bien.<br />Anónimo segundo: estoy de acuerdo en que el Tratado de Reglero Campos es una gran obra y su estudio sobre la causalidad lo tengo subrayado con fruición. Y unos cantos capítulos más, de varios autores. Gracias.Juan Antonio García Amadohttps://www.blogger.com/profile/03083685471582401077noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-3627701815522410442012-01-26T22:50:10.272+01:002012-01-26T22:50:10.272+01:00La Sentencia de la Audiencia "aplicando lo qu...La Sentencia de la Audiencia "aplicando lo que de ordinario viene considerándose por esta Sala procedente y proporcionado para la reparación de este tipo de perjuicios", indemniza las lesiones sufridas a razón de 60 euros/dia, estimando un total de 450 días de curación, así como secuelas por perjuicio estético (cicatrices de quemaduras en el 35-40% del cuerpo afectando en términos generales a tórax, abdomen, espalda, parte del brazo derecho, dorso de una mano, un dedo de otra, una axila, un muslo y región glútea), neurosis postraumática (que ha motivado tratamiento con psicofármacos, terapia ocupacional y asistencia y tratamiento psiquiátrico y psicológico) y daño moral.No tan anónimonoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-29078440112974345612012-01-26T20:52:45.351+01:002012-01-26T20:52:45.351+01:00Un buen libro que sostiene una tesis parecida, aun...Un buen libro que sostiene una tesis parecida, aunque sea de un exquisito civilista: Tratado de responsabilidad civil, de Luis Fernando Reglero Campos (3 tomazos).<br /><br />Lo que sucede en estos casos es que todos, abogados, jueces, etc.,nos dejamos llevar por lo ya conocido y asentado, por prisas, por pereza intelectual, porque la vida es corta y el arte...Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-63459047621945270432012-01-26T16:02:11.440+01:002012-01-26T16:02:11.440+01:00Dejando de lado el contenido de la sentencia del T...Dejando de lado el contenido de la sentencia del Tribunal Supremo, convendría resaltar la lentitud de la (in)Justicia en España. Transcurrieron nueve años desde los hechos que motivaron la demanda hasta la sentencia definitiva. Ante semejante situación, me extraña que no haya más gente que recurra a la justicia privada por vía cuchillera.Exiliadonoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-14335374.post-22201341864379029392012-01-26T15:45:47.653+01:002012-01-26T15:45:47.653+01:00pues debió quedar bastante jodido a juzgar por las...pues debió quedar bastante jodido a juzgar por las cifra de la imdenización. Te leí a ti, no he tenido ya paciencia para leerme la sentencia, luego si acáso..Cuánto tardas en escribir esos tochos, me pregunto, pregunta inocente; siempre te leo todo menos las sentencias...Hoy te leí tb esto y me resulto interesante.Anonymousnoreply@blogger.com