29 marzo, 2012

Consejo de Estado: acabemos con el Estado

Permítanme los legos que les resuma de modo breve qué es el Consejo de Estado. Según el art. 107 de la Constitución (sí, de la vigente Constitución) el Consejo de Estado es “El Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Gobierno”. Se regula por Ley Orgánica, según prescribe el mismo precepto constitucional, así que veamos como su Ley Orgánica lo caracteriza. Es la Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril. Repite el art. 1.1 que es “el supremo órgano consultivo del Gobierno” y añade el apartado 2 de ese artículo primero que “Ejerce la función consultiva con autonomía orgánica y funcional para garantizar su objetividad e independencia de acuerdo con la Constitución y las leyes”. Moco de pavo no parece.

Algunos detalles más sobre su función y regulación: “emitirá dictamen sobre cuantos asuntos sometan a su consulta el Gobierno o sus miembros (…) Los asuntos en que hubiera dictaminado el Pleno del Consejo de Estado no podrán remitirse a informe de ningún otro cuerpo u órgano de la Administración del Estado. En los que hubiera dictaminado la Comisión Permanente, solo podrá informar el Consejo de Estado en Pleno. Corresponderá en todo caso al Consejo de Ministros resolver en aquellos asuntos en que, siendo preceptiva la consulta al Consejo de Estado, el Ministro consultante disienta del parecer del Consejo ” (art. 2.2). “El Consejo de Estado realizará por sí o bajo su dirección los estudios, informes o memorias que el Gobierno le solicite y elaborará las propuestas legislativas o de reforma constitucional que el Gobierno le encomiende. Podrá llevar a cabo igualmente los estudios, informes o memorias que juzgue oportuno para el mejor desempeño de sus funciones. En la elaboración de las propuestas legislativas o de reforma constitucional atenderá los objetivos, criterios y límites señalados por el Gobierno, y podrá hacer también las observaciones que estime pertinentes acerca de ellos”. Hasta en asuntos de reforma constitucional tiene su papel importante, ya lo vemos.

Ahora una de las comparaciones al gusto de la casa. Póngase que existiera el Consejo Estatal de Entrenadores de Fútbol, con muy importantes competencias asesoras en materia de regulación del fútbol y reforma de sus reglamentos y en lo tocante al funcionamiento de federaciones futbolísticas y equipos de balompié. Pensaríamos que de consejeros de tal Consejo, y bien remunerados, tendrían que acabar Guardiola, Rafa Benítez, Del Bosque, Luis Aragonés, Emery y tal. ¿Qué cara se nos quedaría si, en cambio, para tan alto Consejo fueran designados Pepe Chiruca, que a lo más que llegó fue a entrenador del equipo de alevines del Colegio El Percebe, Remigio Cuscús, que en tiempos fue entrenador del equipo de Solteros de Telefónica, con motivo de los partidillos del Día Mundial del Atraco por Cable, Emerita Bienpuesta, primera mujer entrenadora, aunque no llegó jamás a tener equipo ni masculino ni femenino a sus órdenes, y yo mismo, servidor de usted, porque una reforma legal reciente dispone que el que lleve más de cinco años con un blog pelmazo adquiere automáticamente la condición de entrenador de fútbol. ¿Qué diríamos, eh?

Bueno, pues esta joya de Gobierno nuevo, que procede en esto como los anteriores porque para qué vas a dejar de fumar si el país ya está desahuciado, acaba de nombrar consejeros electivos de Estado a los siguientes juristas importantísimos, expertos de primera (regional, pero qué coño, primera al fin), faros y guías de la ciencia jurídica nacional y de parte del extranjero: doña Isabel Tocino, don Juan José Laborda, don José María Michavila, doña Ana Palacio y don Manuel Romay Beccaria. En fin, habrá de todo y no nos paremos en detalles, pero ahí tienen a Michavila mismamente, y a a la señora Isabel, la del moño. Van a ser compañeros de Zapatero, que, como ex presidente, es consejero nato.

En efecto, la alineación está compuesta por Pepe Chiruca en la puerta, en la defensa Mortadelo, Fray Gerundio, Perico de los Palotes y Loles Conejo; en la media… Ah, también es consejera total la señora Fernández de la Vega, Teresa la marquesa.

Pobre Estado, pobre. Me enteré de este nuevo detalle sobre cómo se están organizando sus exequias al leer este artículo en El Confidencial. Para que luego andemos aquí discutiendo inútilmente sobre el voto útil y otras zarandajas. Y las termitas a lo suyo, roe que roe, roe que roe. Anden ellos calientes y que los blogueros se calienten. Todo da igual. Cambalache.

9 comentarios:

  1. Olía ya fuertecito desde hace unos cuantos años, el Consejo de Estado. Es curioso, porque es en estos órganos aparentemente 'menores' donde más se le ve la hilacha a las clases dominantes de esa cansada nación del sur.

    Pero el problema menor es que el Consejo de Estado cante; es que canta la Jefatura del Estado, el Tribunal Constitucional, el Consejo del Poder Judicial, cantan los poderes en revoltillo ... Es esta policacofonía la preocupante.

    Salud,

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  2. La proliferación de infusorios en un ecosistema donde antaño podía encontrarse caza mayor es significativa, pero lo peor de estas últimas incorporaciones viene de otro lado. Uno de los nuevos consejeros abrió hace pocos meses, a bombo y platillo, un bufete de relumbrón, con un socio que fue ministro de justicia, como también lo fue el neoconsejero, que no ha manifestado intención alguna de dejar el despacho, aunque, eso sí, ha asegurado que "se abstendrá" en los asuntos que afecten a sus clientes privados, que serán casi todos, porque desde hace años se dedica a eso tan chulo de los "sectores regulados" (donde mora de verdad la pasta) que, como su propio nombre indica, estan siempre pendientes de tal o cual Decreto. En fin, más madera.

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  3. Pues el caso de algunos Consejos Jurídicos Consultivos autonómicos es todavía más desolador. En el de mi Comunidad Autónoma ya no queda un solo jurista medio decente. Los últimos fichajes han sido un escándalo: políticos deshauciados, abogados-sicarios del partido, familiares de políticos... El expolio continúa. Y no tienen vergüenza.

    http://www.diariocriticocv.com/politica/psoe/cjc/cgt/consell-juridic-consultiu/400459

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  4. Mal de muchos...

    http://www.elmundo.es/elmundo/2012/03/21/leon/1332360841.html

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  5. Estimado profesor García Amado,

    Disculpe que no comente el contenido de este post y que mi comentario sea demasiado extenso.

    He vuelto a leer hace poco dos trabajos suyos que ya leí en su día con mucho interés. Me refiero, concretamente, a "Derechos y pretextos. Elementos de crítica al neoconstitucionalismo" (2007), y "El juicio de ponderación y sus partes. Una crítica" (2009).

    Me parece brillante el minucioso trabajo de demolición que usted lleva a cabo en el texto de 2009: le felicito. Comparto, en esencia, el grueso de su argumentación. En particular, estoy muy de acuerdo con la que, a mi entender, constituye su tesis central, a saber, que "lo dirimente no es la ponderación, sino las elecciones interpretativas previas, que condicionan su posibilidad y determinan su resultado" (2009: 280, entre otras). La ponderación, viene usted a decir, es una operación de racionalización a la que subyace el "miedo" a la interpretación (o, dicho de otro modo, es un vano intento de exorcizar la inevitable discrecionalidad "real" de las decisiones de los jueces constitucionales, fundadas justamente en aquellas elecciones previas).

    Usted aboga por una lectura positivista de la constitución (idea que comparto) y por el self-restraint de la jurisdicción en nombre del protagonismo del legislador democráticamente legitimado. El fundamento de esta tesis (y de todo su entramado argumentativo) es político: la defensa de la prioridad del legislador democrático "y con ello, de la soberanía popular" (2007: 239).

    Ahora bien...
    (sigo en el próximo comentario)

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  6. (viene del comentario anterior)

    No pretendo afirmar que usted incurre en una visión idealizada del legislador (y, más ampliamente, de la democracia realmente existente). Su trabajo "Razón práctica y teoría de la legislación" (2000) es bastante matizado, creo. Sin embargo, leo últimamente textos de diferentes autores sobre teoría de la legislación en los que, al amparo de la (a mi entender) cuestionable dicotomía "enfoque minimalista" vs. enfoque maximalista" de la ciencia de la legislación, se introduce de contrabando la figura de lo que podríamos denominar "el legislador moral". Se trata, a mi juicio, de un intento de aggiornamento de la vetusta figura del legislador racional decimonónico a estos tiempos neoconstitucionalistas, tiempos en los que, al parecer, "la moral" (sea lo que fuere lo que signifique esta expresión) no sólo ha sido "recibida" en la cúspide del sistema y no sólo irradia su influencia sobre el resto del ordenamiento; al parecer, "la moral" informa también la tarea cotidiana de este nuevo legislador moral-racional inmaculado. ¿Adivina usted qué autor sirve de apoyo en la construcción de esta ficción o racionalización? Entre otros, Alexy.

    Me gustaría conocer su opinión al respecto, aunque comprenderé su silencio si no tiene ganas de responderme.

    Gracias por su atención. Reciba un saludo afectuoso.

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  7. Estimado anónimo último ocupado en asuntos doctrinales:
    Muchas gracias por sus comentarios y apreciaciones sobre algunos trabajos míos. Estaré encantado de entablar este diálogo con usted, pero le sugiero que lo hagamos fuera de aquí, para que sea más cómodo. Si me envía un correo electrónico, con gusto le responderé por la misma vía.
    Saludos cordiales.

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  8. Gracias por su respuesta. En este momento voy muy mal de tiempo (pertenezco al lumpenprofesorado y tengo muchas clases), de modo que me resulta difícil redactar un texto mínimamente decente exponiendo mis dudas y comentarios. Si no le parece mal, se lo puedo enviar por mail cuando termine este cuatrimestre (para mí infernal). Saludos cordiales.

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  9. perdon esto es solo una prueba tecnica

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