Como jurista que quiero ser de estos tiempos, como liberal por viejo y por pendejo y como devoto lector del alegre Ferrajoli, me tengo por garantista, y muy en serio. Pero, si esto sigue así, acabaré borrándome también de eso y pasándome a los medios alternativos de solución de conflictos; a los arcaicos, me refiero.
Miren esta última perla. La Universidad de Sevilla vuelve a darnos un ejemplo de cómo componer desaguisados a base de normas y de cómo matar moscas a cañonazos. Ponga usted más reglamentos en su vida, legisle, que algo quedará, aunque no sea más que el eco de las carcajadas, y, de propina, cree nuevas comisiones y comités y deles trabajo, no vaya a ser que estudiantes y profesores se pongan a leer libros por no tener mejor cosa a qué dedicarse.
Pues van los de la Hispalense, con esa gracia suya que no se puede aguantar, y elaboran un nuevo reglamento en materia de exámenes, reglamento que es de suponer que hará el número doscientos de los que ya tendrán en esa materia. El que no legisla es porque no quiere, sólo hace falta mucho tiempo libre, ganas de enredar y deseo de pasar a la historia universal de la bobadita con ínfulas.
Miren esta última perla. La Universidad de Sevilla vuelve a darnos un ejemplo de cómo componer desaguisados a base de normas y de cómo matar moscas a cañonazos. Ponga usted más reglamentos en su vida, legisle, que algo quedará, aunque no sea más que el eco de las carcajadas, y, de propina, cree nuevas comisiones y comités y deles trabajo, no vaya a ser que estudiantes y profesores se pongan a leer libros por no tener mejor cosa a qué dedicarse.
Pues van los de la Hispalense, con esa gracia suya que no se puede aguantar, y elaboran un nuevo reglamento en materia de exámenes, reglamento que es de suponer que hará el número doscientos de los que ya tendrán en esa materia. El que no legisla es porque no quiere, sólo hace falta mucho tiempo libre, ganas de enredar y deseo de pasar a la historia universal de la bobadita con ínfulas.
El prodigioso tema es el de la chuleta, pero no el de la chuleta de cerdo o de novillo, no, el de la chuleta de estudiante amigo de hacer novillos. Dicen esos nuevos faros de la ciencia jurídica que si un profesor pilla a un estudiante con una chuleta en pleno examen, se debe proceder con tino de magistrado constitucional y resignación de anacoreta. Nada de cargarse al infractor y, menos, de expulsarlo del aula para general escarmiento y afrenta del desleal. No. Se les puede retirar la chuletilla o chuletota, eso sí, pero hay que dejar que terminen su esforzado examen. Luego, los profesores, que por lo general no tienen mejor cosa que hacer, redactan un parte de incidencias en el que cuentan lo que pasó, y dan traslado del escrito a la comisión de docencia del departamento, junto con el objeto incautado. Huy, qué bien, otra reunión de la comisión de docencia del departamento. ¿Una? No, unas cuantas, pues hay plazo de un mes para oír a las partes y resolver. Además, esa comisión es paritaria, con tres profesores y tres estudiantes. ¿No se contemplará también la paridad de género? ¿No debería ser una comisión de ocho, para que pudiera resultar igualitaria la representación de los/as estudiantes y los/as profesores, dos y dos y dos y dos? Mira que si se les pasó este detalle tan majo, caray, qué faena, con lo mono que estaba quedando todo.
Explica un portavoz de la casa que “no se puede imponer una sanción dura basada en una mera presunción” y que “examinarse es un derecho del alumno”. Esto es lo que más me gusta y pienso aplicarlo en mi propio beneficio en cuanto tenga ocasión. Un par de ejemplos.
Pongan que yo voy en mi coche con un cuchillo de matarife en la guantera; o una escopeta de cañones recortados, lo que quieran. Casualmente la guardia civil me para y, en un registro rutinario, descubre esos poéticos objetos. Darán parte y vendrá la autoridad administrativa o judicial -yo qué sé- con ganas de sancionarme, pero yo le diré que quieto parao, que de eso nada. Primero, porque el viajar en coche con mis cosas es un derecho mío. Segundo, porque no se me puede castigar por una mera presunción. Cómo saben que llevaba yo las armas con malas intenciones, vamos a ver. ¿Y si las portaba para una clase práctica de mi asignatura, a fin de ilustrar a mis estudiantes boloñeses sobre el tipo de artilugios que la gente usa para matar y para que luego organizáramos en clase un debate precioso y muy pedagógico sobre el comercio de armas al por mayor o sobre la relación entre medio ambiente y urbanidad? Así que reclamaré que se nombre una comisión que podría estar integrada por cuatro asesinos confesos y los deudos de cuatro víctimas, y que ellos decidan en un mes si maté a alguien o no. De cajón.
Claro, me replicará algún avezado jurista posmoderno que la diferencia es que portar esas armas sin permiso está prohibido y castigado y que por eso. Ya, pues, entonces, que la Universidad de Sevilla prohíba y castigue el andar con chuletas en los exámenes. Mutatis mutandis, sería un ilícito de esos que los penalistas llaman de peligro abstracto, creo, y no es tan raro. No sólo no es tan raro, sino que el Código penal se está llenando de delitos así.
El otro ejemplo, si no queremos ponernos tan violentos. Imaginemos que el día del examen el profesor llega al aula y dice esto: queridas estudiantas y queridos estudiantes, escriban lo que les dé la gana, pues ustedes y su examen me traen al fresco y, además, no pienso corregir ni una línea, sino que usaré un bombo para poner las notas. ¿Enfado? ¿Indignación general? ¿Sanción para el osado docente? Quia. Que los estudiantes hagan un escrito y lo pasen a la comisión de docencia. Y que la comisión de docencia escuche a las partes y examine minuciosamente: a) si era realmente necesario el examen o ya estaba claro que los estudiantes sabían una barbaridad; b) si el profesor finalmente suspendió a alguno o los aprobó a todos, en cuyo último caso procederá sin duda el sobreseimiento del caso; c) si el bombo que usó el docente estaba o no visado por la comisión de bombos del departamento; d) si incurrió en desprecio de género, en cuyo caso se debe pasar el asunto al fiscal especializado, dejando en suspenso el procedimiento administrativo; e) si ese profesor es o no de los que provocan el fracaso escolar por andar examinando sin necesidad.
En fin. Con lo fácil que es dar aprobados generales, no sé para qué se complica tanto el personal. ¿Para cuando un reglamento de aprobado general obligatorio?
Cuando se juntan pedagogos a la violeta y juristas en escabeche, siempre resulta la misma parida: un ratón.
Explica un portavoz de la casa que “no se puede imponer una sanción dura basada en una mera presunción” y que “examinarse es un derecho del alumno”. Esto es lo que más me gusta y pienso aplicarlo en mi propio beneficio en cuanto tenga ocasión. Un par de ejemplos.
Pongan que yo voy en mi coche con un cuchillo de matarife en la guantera; o una escopeta de cañones recortados, lo que quieran. Casualmente la guardia civil me para y, en un registro rutinario, descubre esos poéticos objetos. Darán parte y vendrá la autoridad administrativa o judicial -yo qué sé- con ganas de sancionarme, pero yo le diré que quieto parao, que de eso nada. Primero, porque el viajar en coche con mis cosas es un derecho mío. Segundo, porque no se me puede castigar por una mera presunción. Cómo saben que llevaba yo las armas con malas intenciones, vamos a ver. ¿Y si las portaba para una clase práctica de mi asignatura, a fin de ilustrar a mis estudiantes boloñeses sobre el tipo de artilugios que la gente usa para matar y para que luego organizáramos en clase un debate precioso y muy pedagógico sobre el comercio de armas al por mayor o sobre la relación entre medio ambiente y urbanidad? Así que reclamaré que se nombre una comisión que podría estar integrada por cuatro asesinos confesos y los deudos de cuatro víctimas, y que ellos decidan en un mes si maté a alguien o no. De cajón.
Claro, me replicará algún avezado jurista posmoderno que la diferencia es que portar esas armas sin permiso está prohibido y castigado y que por eso. Ya, pues, entonces, que la Universidad de Sevilla prohíba y castigue el andar con chuletas en los exámenes. Mutatis mutandis, sería un ilícito de esos que los penalistas llaman de peligro abstracto, creo, y no es tan raro. No sólo no es tan raro, sino que el Código penal se está llenando de delitos así.
El otro ejemplo, si no queremos ponernos tan violentos. Imaginemos que el día del examen el profesor llega al aula y dice esto: queridas estudiantas y queridos estudiantes, escriban lo que les dé la gana, pues ustedes y su examen me traen al fresco y, además, no pienso corregir ni una línea, sino que usaré un bombo para poner las notas. ¿Enfado? ¿Indignación general? ¿Sanción para el osado docente? Quia. Que los estudiantes hagan un escrito y lo pasen a la comisión de docencia. Y que la comisión de docencia escuche a las partes y examine minuciosamente: a) si era realmente necesario el examen o ya estaba claro que los estudiantes sabían una barbaridad; b) si el profesor finalmente suspendió a alguno o los aprobó a todos, en cuyo último caso procederá sin duda el sobreseimiento del caso; c) si el bombo que usó el docente estaba o no visado por la comisión de bombos del departamento; d) si incurrió en desprecio de género, en cuyo caso se debe pasar el asunto al fiscal especializado, dejando en suspenso el procedimiento administrativo; e) si ese profesor es o no de los que provocan el fracaso escolar por andar examinando sin necesidad.
En fin. Con lo fácil que es dar aprobados generales, no sé para qué se complica tanto el personal. ¿Para cuando un reglamento de aprobado general obligatorio?
Cuando se juntan pedagogos a la violeta y juristas en escabeche, siempre resulta la misma parida: un ratón.
5 comentarios:
1. La presencia de los estudiantes en el órgano sancionador es genial, y nos abre el camino hacia sendas más elevadas del Derecho. Reclamo DESDE YA un Jurado Escabinado para sustituir a los Juzgados de lo penal, compuesto por tres jueces y tres delincuentes.
2. Me voy a matricular en algún Máster de la Hispalense. El primer examen lo voy a hacer EN PELOTA PICADA, pero con un retrato del profesor cubriendo púdicamente mis partes. El examen es un derecho, así que no me pueden echar.
2.a. ¿Ah, que para hacer un examen hay que cumplir ciertas reglas previas, como IR VESTIDO? ¿Y eso no incluye NO EMPLEAR FRAUDE ACADÉMICO, cachondos?
2.b. Pero ¿cómo quieren echarme BASÁNDOSE EN UNA MERA PRESUNCIÓN? Que decida una comisión si estoy o no en bolas. ¿O es que no llevo un retrato del rector tapando mis gloriosas partes pudendas?
2.c. Que alguien les explique a estos queridos amigos la diferencia entre IMPEDIR HACER EL EXAMEN y SANCIONAR.
- Incumplir los requisitos para hacer el examen te impide presentarlo. Es como si te empeñas en hacer el examen empleando materiales prohibidos, como un manual sobre la mesa.
- La sanción es un incentivo a que no lo vuelvas a hacer. Si "la sanción" fuese simplemente NO PODER HACER EL EXAMEN... ¡no habría sanción!
¡Genial! y genial la propuesta de atmc pidiendo un jurado escabinado.
Una sugerencia para ATMC. Si finalmente se decide por matricularse en un curso de la Hispalense y por aquello de, además aprovechar (?) el tiempo, hágalo en éste . Pínche además en la pestaña de "Más información". Ah!, y no se olvide de los 1220 euros.
Y para Don Miguel Fernández Benavides, recuerde que para los musulmanes Al-Andalus era todo lo que ahora se llama España.
Vaya que sí. Un artículo espléndido sobre la "ideaca"
Yo propongo que en la facultad de Derecho de León cuando se presente una reclamación de exámen con tres folios de alegaciones, a uno le contesten como dios manda y no en media cara de un folio donde solo dice que se desestima sin más.
Publicar un comentario