Mi compañero en León y buen amigo Agustín José Menéndez publica hoy en El País esta excelente tribuna. Se titula "Tres razones (y media) por las que el rescate no nos sacará de esta". Tengan en cuenta que Agustín es uno de nuestros mayores especialistas en Derecho de la UE.
16 junio, 2012
14 junio, 2012
Nos caemos (de cabeza)
Parece
que no hay vuelta de hoja: nos vamos al hoyo. ¿Y qué habrá allá abajo? No se sabe, pero es
de temer: pobreza, hambre, gente desesperada, convulsiones sociales, tremendo
aumento de la inseguridad ciudadana, emigración masiva a América del Sur (otra
vez), catastrófica decadencia de los servicios públicos más importantes,
cambios en la configuración de las ciudades y sus barrios, con creciente
separación entre barrios pobres y de miseria y zonas de privilegiados, estas
fortificadas y con gente armada en las entradas de las urbanizaciones, colapso
de las cárceles, comercio ilegal con ciertos productos básicos, tal vez
racionamiento de algunos alimentos, Estado que recurre a maneras autoritarias,
auge de los partidos extremos, manifestantes muertos y policías muertos,
Cataluña y País Vasco que se marchan definitivamente a buscarse la vida por su
cuenta, carreteras y calles llenas de baches, chabolas de hojalata en los
descampados, remesas de dinero que poco a poco van llegando del extranjero para
que los emigrados auxilien a sus parientes de aquí, fuga masiva de cerebros,
decadencia terminal de nuestro sistema científico y educativo con consecuencias
por lo menos para medio siglo…
Cuando
empiezo esta nota, por la mañana, la prima de riesgo está en 550 puntos, el interés
del bono a 10 años casi en el 7 %, la deuda española acaba de ser calificada en
el nivel del bono basura. Nos despeñamos y va tan rápido esto, que nos
sorprende y nos sorprenderá hasta a los más pesimistas. Se han arruinado por
sus propios méritos los bancos, el que tiene cuatro perras las saca de los
bancos y se las lleva al extranjero, el Estado no puede pagar a su personal ni
mantener sus gastos y servicios durante mucho más tiempo, pues va a colapsar
por la conjunción de deuda con altísimos intereses y déficit. No hará falta
despedir funcionarios: no tendremos de dónde cobrar. Se ahorrará el paso de la
reforma territorial de Estado: se recentralizará autoritariamente y por
imperativos (reales o fingidos) de orden público, para intentar mantener el orden
en las calles entre la gente que se queda sin comida, simplemente.
A
toda velocidad descendemos y cualquiera puede adivinar el desenlace. Y este jodido
gobierno no reacciona, esto es abracadabrante. Sigo con esta nota a las seis y media de la
tarde, en un tren Alvia camino de Castellón. Va toda velocidad el tren hacia
Valencia ahora, y me recreo muy melancólicamente en el paisaje, las tierras
hermosos de la España mía, cruzadas por vías de tren de alta velocidad y
autovías de primera que no se repetirán en mucho tiempo y que irán decayendo,
deteriorándose, convirtiéndose en caminos a
ninguna parte. Pesimismo, sí, pero este pesimismo de uno va cargado de
aciertos en los últimos tiempos. No tiene mérito, lo que iba a pasar y lo que
sucederá si no viene un milagro lo veían y lo ven hasta los ciegos. Salvo los
ciegos voluntarios, claro, que han sido tantos y tan esforzados.
Por
mí mismo no me importa tanto lo que suceda, francamente. Tiene su gracia esta elemental
biografía con ida y vuelta, con principio y final en la pobreza y la austeridad
forzosa. Lo siento por mi pequeña Elsa más que nada, qué tristeza haberla
traído a una tierra sin porvenir, pero espero que, cuando toque, su hermano
brillante la ayude a salir de aquí y a buscarse la vida con valentía, como él.
A
esta hora vuelvo a mirar los periódicos como el que se contempla una herida que
supura. La dichosa prima ha pasado de los 550 y El País habla de que estamos al borde de un “precipicio”. Gran
descubrimiento, pero bien está que se diga por si alguno insiste en silbar
mirando al cielo. Dice ese periódico que es por “las dudas sobre España”. Sigue
teniendo su gracia la cosa. ¿Dudas? ¿Quién en su sano juicio y con ganas de
usarlo puede tener dudas? Certezas, son certezas, España está acabada, no
tenemos ni producimos bastante para mantener nuestro gasto y los que
custodiaban y gestionaban los dineros, públicos y privados, se han hartado de
robar, se han puesto las botas, pero siguen mandando.
Desde
los famosos mercados o desde las cancillerías de la Europa de arriba, con los
defectos que a unos y otros correspondan, no nos verán a ustedes o a mí a lo
nuestro, intentando mantener el tipo o cumplir honradamente con lo que nos
compete. No, no, lo que percibirán, desde esa media distancia que permite observar
el conjunto, es un país de mangantes irredentos, de grandes partidos políticos
completamente corruptos e incapaces, de grandes empresas en complicidad con las
politiquerías más sucias y acostumbradas a chupar de nuestro bote mientras
ensalzan las virtudes del marcado libre, la competencia pura y la desregulación,
de burocracia mastodóntica y autorreferente llena de curiosos vínculos
familiares, partidistas y mafiosos. A un engendro así yo tampoco le prestaría
unos billetes ni me avendría a pagarle las copas y los caprichos a perpetuidad.
¿Alguna
solución todavía? A la desesperada y jugándose las diez de últimas, nada más
que cabría una: gran coalición, gobierno conjunto de PP y PSOE y cuantos más
con sentido común y algo de patriotismo (miren, a lo mejor se vuelve a poner de
moda esta palabra y de nuevo sentimos patria ahora que ya no tendremos país)
estén dispuestos a arrimar el hombro sin buscar su inmediata y fácil ganancia electoral.
Un gobierno democrático de excepción, y pacto de salvación. ¿Para hacer qué?
Dos cosas interrelacionadas. Una, operar a corazón abierto, meter el bisturí
hasta el fondo y amputar todo el tejido gangrenado, si duele como si no. Pero
con acuerdos bien asentados antes de llegar al quirófano, para que no paguen
solo unos o los mismos de siempre nada más y para que se aprecie que las
medidas se toman por razón de Estado o de nación y no de partido o de grupúsculo
económico-político-mafioso. Dos, una conjunta y bien coordinada tarea de
pedagogía social, poniendo a la sociedad ante su situación y su oscuro futuro,
tratándonos como mayores de edad, enseñándonos que la alternativa no es entre
sacrificios bien repartidos o quimérico mantenimiento del llamado Estado del
bienestar, sino entre renuncias parciales y bien distribuidas o ruina completa
y para mucho tiempo. Y el primer elemento de esa pedagogía tendría que ser la
predicación con el ejemplo, la poda fulminante del sistema de canonjías del que
beben y viven tantos lameculos de los partidos y tantos paniaguados de este
sistema político pervertido y delictivo. Los ciudadanos podemos comprender,
podemos asumir, podemos echarnos ese nuevo trabajo a la espalda. Pero hace
falta antes que nada el buen ejemplo y la guía solvente. Porque esto que ahora
hay, Rajoy y Rubalcaba, Rubalcaba y Rajoy, es una ridícula caricatura que nos
haría reír si no nos estuviera matando.
Oigan,
amigos, si me equivoco y me tengo que tragar mis negros augurios, estaré tan
contento que prometo cervezas por mi cuenta, y tapas, para todos los que de
ustedes pasen por León cuando quieran. O por Gijón, en ese caso con buena
sidra.
13 junio, 2012
La sentencia de la semana. Absolución de Javier Krahe del delito contra los sentimientos religiosos del art. 525.1 C.P.
La
sentencia
de 8 de junio de 2012 del Juzgado de lo Penal nº 8 de Madrid absolvió a los dos
acusados, Javier Krahe y Montserrat Fernández, del delito contra los
sentimientos religiosos tipificado en el art. 525.1 del Código Penal.
Dispone
dicho precepto penal lo siguiente: “Incurrirán
en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos
de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por
escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas,
creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los
profesan o practican”.
Los
hechos del caso vienen expuestos en la sentencia del siguiente modo. Transcribo
el fragmento completo, pues es importante calibrar exactamente los hechos para
poder discriminar si puede o no haber tal delito:
1.
El día 15 de diciembre de 2.004, entre las 15:30 y las 16:30 horas, se emitió
por la mercantil SOGECABLE, el programa de televisión “Lo + Plus”, del que era
Directora la acusada Dª. ANA.
En la fecha indicada, el programa
estaba en parte dedicado a emitir una entrevista, realizada en directo, al
también acusado Dº. CARLOS, con motivo del lanzamiento comercial de un álbum “
… y Todo es Vanidad”, producido por la entidad “18 Chulos Records”.
2. El mencionado ámlbum está
integrado por dos CD, en el que se incluyen varias canciones compuestas por Sr.
Carlos y ejecutadas por diferentes intérpretes. Se acompaña un DVD que contiene
el documental “Esta no es la vida privada de Javier Carlos” dedicado al
artista, producida por “Trincado&Murugarren”, “Iberautor” y “18 Chulos y
Chitón”.
En este documental se incluye un
cortometraje realizado en fecha no acreditada, pero próxima a 1.977, por el Sr.
Carlos, junto con personas no identificadas, con el título “La Cristofagia”,
parte de la obra colectiva “Diez Comentarios”. No resulta acreditada la
participación del Sr. Carlos en la elaboración del documental ni en la
distribución del álbum.
3. En el programa “Lo + Plus” del
15 de diciembre de 2.004, por decisión de la acusada Sra. Ana, se se emitió un
fragmento del cortometraje antes mencionado.
El fragmento fue introducido por
los presentadores y comentado por los invitados asistentes con el siguiente
diálogo:
− Presentador: Otro de los
documentos provocativos en ese DVD de Carlos es un corto, que debería ser, no
sé si más corto o más largo, … pero vamos a verlo enseguida. Bueno, vamos a
verlo y luego comentamos.
− Presentadora: Vamos a ver un
fragmento.
− Presentador: “Diez
Comentarios” se llama, ¿te acuerdas de esto Javier Carlos?
− Carlos: Me acuerdo, me
acuerdo.
− Presentador: Cuentanos en
qué consistía esta receta de cocina, porque es una receta de cocina. Explícanos
un poco de qué va.
En ese momento comienzó a
emitirse el fragmento en el que se aprecia como una persona no identificada
manipula un crucifijo, separa la imagen de Cristo de la
cruz, lo introduce en una fuente
con lecho de lo que parecen ser patatas, le unta mantequilla y lo introduce en
un horno. El diálogo sigue así:
- Carlos: Bueno, hay una voz
“en off” que dice que se coge un Cristo ya macilento, se le quitan las
alcayatas se le “desencostra” se le salpimienta, se le unta con abundante
mantequilla sobre un lecho de cebollas y patatas … al horno, se le deja tres
días y luego ya sale solo.
- Presentadora: Bueno … ¡Hasta
Wyoming se está escandalizando!
- Invitado: ¡Coño! Es que
cuando viene uno a este programa no le dan de comer antes …
- Presentador: Se mete … lo
metiste en el horno
- Carlos: Al horno, se deja
tres días, y luego ya … sale solo
- Invitado 2: Al tercer día
sale hecho ¿no?
No resulta probado que el acusado
Sr. Carlos conociera la emisión del referido fragmento hasta los momentos
previos a la entrevista, ni que hubiera tomado parte en la decisión de
emitirlo.
4. No resulta probado que
concurriera en ninguno de los acusados la intención de menoscabar, humillar o
herir los sentimientos religiosos de terceros
Hasta
aquí la cita de la exposición de los hechos en la sentencia. Vamos ahora con
nuestro breve comentario. Mi opinión tiene tres apartados: a) me es grato el
contenido del fallo absolutorio; b) para absolver en casos como este y en otros
precedentes que en la propia sentencia se citan tienen los jueces y tribunales
que hacer verdaderos equilibrios extraños y que incurrir poco menos que en
sinsentidos que vacían la norma de casi toda posibilidad de aplicación; c) la
norma misma, el artículo 525 del Código Penal, es la que no tiene justificación
en estos tiempos.
1. Sobre este delito contra los
sentimientos religiosos.
Se
puede hacer escarnio de muchas cosas: de los partidos políticos o de tal o cual
partido, de los sindicatos, de la historia del país o de alguno de sus
territorios, del gobierno, del fútbol o de este o aquel equipo, de unas
profesiones u otras… de los sentimientos religiosos, no. ¿Por qué?
Si
otros de sentimientos (políticos, de vinculación a la tierra o a los
antepasados, gremiales o corporativos, etc.) sí pueden ser escarnecidos y el
sentimiento religioso no, deberemos concluir que hay algo superior o de mayor
entidad en dicho sentimiento, razón por la que merece nada menos que protección
penal. ¿Qué puede ser? Para el creyente, la religión da sentido a su vida, le
ofrece tal vez consuelo vital o referencias morales que lo sustraen a la duda,
la incertidumbre o la desesperación existencial. Bien, feliz él y que le vaya
bonito. Es normal que el creyente se sienta muy contento con su credo y sus
dogmas y que les dé la importancia que para él tienen. Pero si a mí me castigan
por hacer mofa o escarnio de ese sentimiento, me lo ponen a mí en un valor que
para mí no tiene, me obligan a mí a plegarme por las malas a aquello a lo que
él se pliega de mil amores. De esa forma yo soy discriminado, pues mientras al
que cree se le permite vivir según su fe y dar rienda suelta a sus
sentimientos, todo ello en nombre de la libertad religiosa, esa misma libertad
religiosa no me vale a mí para troncharme públicamente y con algo de crueldad
de lo que me parecen las paparruchas de la fe, cosas tales como que resucitó
Cristo o resucitaremos nosotros o que ocurre la transustanciación o que es
pecado nefando desear la mujer del vecino o montárselo con ella y con su
marido, ya puestos a no discutir.
Si
la libertad religiosa es libertad que protege a los religiosos, no solo en el
ejercicio de su fe, sino también en sus sentimientos y para que no nos partamos
de risa los demás a costa de su credulidad, esos ciudadanos tienen una libertad
más que yo, que no soy religioso, y no la tienen como compensación de una
carencia, sino como premio por su propio sentimiento de superioridad y hasta
por su soberbia.
¿Cómo
habría que corregir esa asimetría entre creyentes y no creyentes? Desde luego,
no como farisaicamente hace el apartado 525.2 del Código Penal, cuando con
mucha gracia dice lo siguiente: “En las
mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por
escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna”. De lo más
simpático. Comparemos los dos apartados de la norma. En el apartado uno, antes
transcrito, se dice que hay delito cuando con ánimo de ofender los sentimientos
de los religiosos se hace escarnio de “sus
dogmas, creencias, ritos o ceremonias” o cuando sean públicamente vejados
quienes las profesan o practican. En cambio, para que haya delito contra los
ateos hay que hacer escarnio de ellos mismos, de su persona, pues se supone que
sustancia doctrinal no tenemos. Supina bobada, ¿cómo se puede delinquir así
contra los sentimientos “religiosos” de un ateo? ¿Por ejemplo dibujándolo a él
postrado ante un crucifijo y escribiendo debajo la leyenda “Dios existe, aunque
no lo creas? ¿Contándole algún cuento sobre las calderas de Pedro Botero? ¿Diciéndole
que la la fe es un don y que él no lo tiene, chincha, rabia? Por cierto, a mí
esto último me pone particularmente cachondo lo reconozco, y ganas paso siempre
de replicar que más bien parece una tara viscosa y que es mi interlocutor el
que la padece.
Yo
les digo cómo se podría delinquir contra el sentimiento no religioso del ateo:
por ejemplo, quemando públicamente una foto de Darwin o de algún científico que
haya contradicho con sus demostraciones el dogma bíblico. Si de ofensas
hablamos, a mí los creacionistas que van por ahí contando sus miserables
memeces me hieren en lo más íntimo de mi sensibilidad. ¿Voy y me querello
contra alguna de sus oligofrénicas asociaciones?
No,
no tiene sentido ninguno que pueda ser delito y castigarse con la correspondiente
pena que algún ciudadano queme en público o en la tele una fotografía de Darwin
o de algún físico o algún biólogo que no dé gusto a la vieja caverna. Tampoco
que Javier Krahe haga unas chanzas explicando cómo se cocina un Cristo y que a
los tres días sale solo. Pero para evitar que a este último se le condene hay
que hacer cabriolas difíciles, como las que hace la sentencia y luego veremos,
hay que jugar arriesgadamente con el concepto de “escarnio” y con la prueba de
las intenciones de ofender o no. La solución debería ser otra: eliminación del tipo penal referido. En
sus sentimientos, su honor, su imagen y sus creencias los ciudadanos estamos
sobradamente protegidos con las otras normas existentes, en particular con los
delitos de calumnia e injuria y con la legislación general que ampara el
derecho al honor. No hace ninguna falta nada más.
En
la sentencia, el Magistrado-Juez se embarca en la habitual justificación de
este delito, diciendo que con él se protege “la libertad de conciencia en su
manifestación de libertad religiosa, consagrada en el artículo 16 de la CE. Este
precepto, además de reconocer la libertad religiosa, ideológica y de culto,
establece la obligación para los poderes públicos de tener en cuenta las
creencias religiosas de la sociedad española”. Añade que “En la tutela de
libertad religiosa el Código Penal quiere proteger no solo su ejercicio
material sino también los íntimos sentimientos que a la misma se asocian. No se
trata de defender a un determinado grupo religioso, sino de proteger la
libertad de los individuos, religiosos o laicos (ver artículo 525.2), en el
ejercicio de sus derechos fundamentales. Se reconoce además que esta libertad
religiosa se integra no sólo por la realización de actos materiales que la
exterioricen, sino también, y en ocasiones principalmente, por el respeto a los
sentimientos que conforman su esfera íntima. Es cierto que tales sentimientos
pueden parecer de escaso interés para quienes no participan de determinada
creencia, pero el legislador ha querido valorar la realidad del sentimiento
religioso como un aspecto relevante del desarrollo de la personalidad del
individuo. No se trata aquí de salvaguardar cualquier sentimiento (el de la
“religión del spaghetti”) como alega la defensa. Se trata de reconocer que
existe un sentimiento religioso colectivo de quienes profesan, en este caso, la
religión Católica, sentimiento que es digno de protección también para el
Estado laico”.
Vayamos
por partes.
a)
El muy problemático artículo 16 de la Constitución no podemos interpretarlo en
el sentido de que los españoles que tengan creencias religiosas deban gozar de
alguna protección superior a la de aquellos que nos las tengan. Que los
sentimientos religiosos puedan y deban merecer respeto es una cosa; que sean
sentimientos merecedores de un respeto mayor que otros o que el sentimiento
antirreligioso de algunos ciudadanos es cosa bien distinta. Nada tiene superior
a mí el fiel de una iglesia católica o protestante o el mormón o el budista o
el musulmán. Nada hay en él que amerite para sus creencias mayor defensa que
para las mías o para con él más cuidado en las críticas o mofas que cuando se
me critica a mí. Porque en caso contrario habría ciudadanos de primera, ellos,
y de segunda, los demás.
Y
otra razón por la que no parece oportuna la invocación de esa parte del art. 16
de la Constitución. Si lo que los poderes públicos han de tomar en especial
consideración es la fe católica de buena parte de los españoles y ese es el
fundamento del art. 525.1 del Código Penal, la intención no sería amparar
penalmente los sentimientos religiosos, sino los sentimientos religiosos de los
católicos. Así que, en ese caso, tres estamentos de ciudadanos, por orden
jerárquico: católicos, religiosos no católicos y no religiosos.
b)
El ejercicio de la libertad religiosa no tiene absolutamente nada que ver con la
protección de los sentimientos religiosos. Si, por ejemplo, yo tengo protegida
mi libertad para casarme con quien quiera, esa libertad se extiende a todo lo
relacionado con mi casarme con quien quiera y nada más que a eso. Sería medio
estúpido que se castigara la crítica a mi novia o el escarnio de ella o de mi
enamoramiento con ella, y que ese castigo se justificara diciendo que parte de
mi libertad para casarme con quien me dé la gana es el que no se critique a la
persona de la que me enamoro o con la que contraigo nupcias. ¿Qué tiene que ver
la velocidad con el tocino?
Si
a un militante de toda la vida de un partido político y muy entregado a él se
le presenta un día un vídeo en el que aparece su líder o fundador haciéndoselo
con un hipopótamo en una cama de agua, a nadie se le ocurrirá sostener que se
limitan la libertad política de dicho militante al herir de esa manera sus
sentimientos políticos. Otra cosa es que si hay atentado contra el honor o la
intimidad de alguien, quepan las acciones oportunas, pero no con base en un
mendaz delito contra los sentimientos políticos. Pues con lo de los
sentimientos religiosos, lo mismo. La libertad religiosa no cubre la
prohibición de escarnio de la religión, pues dicho escarnio en nada limita
aquella libertad. Igual que la libertad de domicilio no puede ser excusa para
que se castigue a quien ande en bromas porque mi casa es hortera o está
ridículamente decorada o levantada sobre un estercolero. ¿O soy yo menos libre
para vivir donde se me antoje si alguien retrata mi casa como una sucia
caverna?
En
suma, que ni la libertad religiosa conlleva la protección de los sentimientos
religiosos como consecuencia o como contenido necesariamente derivado de ella,
ni es el sentimiento religioso un sentimiento acreedor de respaldo mayor que
tantos otros que son muy relevantes para los ciudadanos y sus esquemas vitales,
pues ese trato preferente de la religión implica una sutil estratificación de
los ciudadanos, privilegiando a los creyentes.
2. La calificación de los hechos del caso.
Pero
ahí tenemos el dichoso tipo penal y conocemos los hechos del caso. ¿Hay
escarnio? A mí me parece que sí, que probablemente. ¿E intención de ofender? Va
de suyo. Pero si admitimos esto, habrá que condenar por este delito que a mucho
nos parece retrógrado e injusto. Así que tenemos a nuestros jueces y tribunales
razonando un tanto inverosímilmente para evitar dichas condenas. Veamos cómo se hace en esta sentencia.
En
primer lugar, hay un divertido juego con las responsabilidades. Al señor Krahe
se le reconoce autor de los comentarios al hilo de la exhibición televisiva de
algunas imágenes del vídeo. En tales comentarios decía aquello de “Bueno,
hay una voz “en off” que dice que se coge un Cristo ya macilento, se le quitan
las alcayatas se le “desencostra” se le salpimienta, se le unta con abundante
mantequilla sobre un lecho de cebollas y patatas … al horno, se le deja tres
días y luego ya sale solo”, pero
de él se dice que no se considera probado “que decidiera o conociera la emisión
de las imágenes, por lo que su eventual contenido ofensivo quedaría
fuera de su intención, y no se le debe exigir responsabilidad”. En cuanto a la señora Fernández, sí decidió
la emisión de las imágenes en cuestión, pero “no puede, sin embargo exigírsele
responsabilidad por las manifestaciones realizadas por el Sr. Krahe, que la
acusada no pudo determinar”.
Así
que vean, el que habla no es responsable de que se hayan puesto las imágenes,
la que pone las imágenes no es responsable de lo que dice el que habla para
ilustrarlas y…, no hay por tanto responsabilidad de nadie. Porque parece que la
responsabilidad no podía ser ni por las imágenes en sí ni por los comentarios
en sí, sino por la combinación de imagen y palabras. Y como resulta que no
tienen el mismo responsable la imagen y las palabras, no hay responsabilidad de
dos, sino de ninguno. Curioso, curioso.
Con
todo, la clave está en que, según la sentencia, no se darían ni el elemento
objetivo (el escarnio) ni el elemento subjetivo (el ánimo de herir el
sentimiento religioso) que exige el tipo penal del 525. No habría escarnio
porque se trata de una sátira y una provocación, con ánimo crítico e
irreverente, pero no de ofender. La conducta enjuiciada no sería, pues “objetivamente
ofensiva”.
Bien,
insisto en que me parece que no deberían estar tipificadas como delito tales
ofensas, pero me quedan serias dudas de si hay escarnio o no lo hay. La
sentencia nos recuerda la acepción de “escarnio” en el Diccionario de la Real
Academia: “Burla tenaz que se hace con el
propósito de afrentar”. Si en los hechos del caso no hay escarnio, ¿cuándo
podría haberlo? Mi conclusión es que nunca, o casi. El tipo penal se queda sin
supuestos prácticos posibles. ¿Eso es malo? No, a mí me agrada, pero debemos
reparar en que por vía jurisprudencial se está vaciando de casos un delito,
cosa que es interesantísima en términos de teoría y sociología del derecho. Así
se demuestra también con los casos de otros tribunales que cita la propia
sentencia en su apoyo: no hubo escarnio en ponerle a un Cristo crucificado una
cabeza de carnero (STS 668/1993), en la exhibición de una imagen de la Virgen
junto a los genitales de un varón (SAP de Sevilla 553/2004), en la exhibición
en una procesión de Semana Santa de una imagen con la Virgen y Jesús y la
leyenda “Adúltera con su bastardo” (SAP Valladolid 367/2005). Y no habría
delito porque o bien no existe el elemento objetivo del escarnio, sino que es
creación artística o sátira con espíritu crítico, o bien falta el elemento
subjetivo, el propósito de ofender, ya que quienes así proceden buscan más
expresar sus ideas que herir a otros.
Mi
pregunta sería esta: ¿alguien es capaz de indicarme un solo ejemplo de conducta
que, así puestas las cosas, sea subsumible en el referido tipo penal protector
de los sentimientos religiosos? Bastará que el autor insista en que estaba
dando rienda suelta a su creatividad y a su visión del mundo, con ánimo crítico
o satírico, para que automáticamente desaparezca el delito. Sólo cabe imaginar
condena cuando el autor reconociera que era su ánimo el de ofender a los
creyentes y que con ese fin principal realizó su obra o su acción, la que sea.
Puede
agradarnos que los jueces conviertan en papel mojado y vacíen de sentido un
delito para el que no encontramos justificación razonable, como a mí me ocurre
con este y como parece que opinan también los jueces de nuestro país y de este
tiempo. Sin embargo, por evidentes razones de seguridad jurídica y de legitimidad,
debería ser el legislador el que aligerara el Código Penal de este tipo de
ilícitos con los que se usa el Código para dar gusto a todos y para que el
sistema finja que está a la vez en la procesión y repicando.
La sentencia completa se puede ver aquí.
12 junio, 2012
De dónde salen estos políticos de aquí
¿Y
si fuera estructural y no puramente coyuntural? ¿Y si el fallo estuviera en el
sistema socio-político y no en tales o cuales políticos? ¿Y si se tratara de
una avería de la democracia y no de un puntual desarreglo?
Esperen,
ahora me explico. Voy a comenzar con Zapatero, aunque es obvio que podría
remontarme más atrás. Que el buen hombre no daba la talla intelectual o de
inteligencia mínima para gestionar un país pocos lo discutirán a estas alturas.
Hubo quien pensó que lo importante era la causa y que no había que ensañarse
con el personaje, pero la causa también hizo mutis por el foro o quedó para el
arrastre. Es más, ya no se sabe cuál era la causa, salvo las posturitas y las
frases de baratillo o los eslóganes para dummies
flojos de vientre. Algunos sostuvimos que la metedura de pata del pueblo
soberano se debió a una puntual obnubilación porque nos habíamos hecho ricos y
famosos sin especial esfuerzo y nos veíamos guapos así, a pelo, sin depilar ni
nada y con la boina en el bolsillo de la americana fashion. Además, parecía que
el país rulaba al margen de los gobiernos y con independencia de quien fuera
presidente o ministro. Es más, nos daba un morbazo tremendo apostar más fuerte
contra las leyes de la competencia y ver en los ministerios a indocumentados
sin experiencia ni poso ni peso. Era un reto que tenía su encanto, un
experimento contra las reglas del sentido común y con el que parecía que podía
quedar demostrado que era cierto aquello de que el más tonto hace relojes, que
estudiar y formarse suponía suprema tontería y que a base de ambición, descaro
y hasta chabacanería podíamos comernos el mundo. Si Fulano o Mengana lograban
acabar de ministros, embajadores, presidentes de cajas de ahorros o consejeros
bien pagados de mil consejos, no había límite para nadie y el mundo se ponía a
nuestros pies, retozón y ansioso. Es como si la gente se tirara al mar profundo
sin saber nadar y descubriera que flota. Nos hemos pasado unos años muy
divertidos creyendo que flotábamos. Poco había de importarnos que tampoco los
socorristas tuvieran ni remota idea de cómo desempeñar su tarea.
Cuando
las tornas se torcieron no hicimos examen de conciencia y creímos que bastaba
cambiar de montura, buscar en el mismo catálogo y seleccionar a otro de
idéntica cuadra. El problema estaba en el catálogo y menuda cara se nos está
quedando al descubrirlo. Los nuevos dirigentes chapotean con nosotros y como
nosotros gritan que sálvese quien pueda y se agarran a los cuatro maderos que
baten las olas. A los demás no nos queda a qué asirnos y nos vamos al fondo con
cara de circunstancias. Cualquiera que haya oído a Rajoy este domingo se habrá
dado cuenta, quiera que no, de que andamos a la deriva por igual gobernantes y
gobernados y que, para colmo, nos engañan y dicen que ahí viene un barco y que
nos rescatará. Bueno, que nos rescatará no, que nos prestan el yate y
que podemos aprovechar para tomarnos unas vacaciones a bordo. Ofendería a los
bellacos decir que mienten como tales.
El
desbarajuste es estructural, sistémico, básico. Ahora empezamos a percibirlo
así. Los grandes partidos carecen de materia gris y de capacidad para gobernar
cuando surgen los problemas y se requiere dirección solvente. Llevan muchos
años esos partidos expurgando de sus filas a los más capaces y honestos y se
han convertido en puros entramados de ambición y corruptelas, en parásitos del
sistema social. Han hecho de la sistemática mentira su herramienta principal,
han sustituido las ideas o las ideologías por las consignas más inanes, nos
han acostumbrado al maniqueísmo ramplón, que a la postre es el suyo. Y dentro
de esos partidos hay un vacío estremecedor, sus cuadros son de una supina
incompetencia, ante los problemas de hoy y la crisis actual se hallan tan
desconcertados y tan a uvas como el más lerdo de los ciudadanos vulgares. La
misma dinámica interna de esos partidos poda todo ejercicio de buen seso y
bloquea a cuanta persona pudiera explicar cabalmente lo que ocurre o aportar
alguna cosa para las soluciones.
No
es que el país carezca de expertos bienintencionados o de científicos notables
que pudieran dar alguna luz, es que, a medida que la crisis arrecia y las habas
van siendo contadas, los partidos dominantes se cierran más fuertemente sobre sí mismos,
se vuelven más impermeables, ponen más empeño en la gestión de los intereses de
sus cuadros y de sus protectores y se desentienden del destino de la sociedad.
Si
Zapatero fue el símbolo mayor de cómo puede degradarse la política en época de
bonanza, Rajoy es la otra cara de la misma moneda, el emblema de cómo en
tiempos de incertidumbre aquellos vicios del sistema político no se corrigen, sino
que se extreman. Ni sabía aquel lo que se traía entre manos ni tiene luces o
arrestos este para diagnosticar y tratar nuestros males. Mientras, nosotros, la
gente, nos hemos avezado al conformismo y a la minoría de edad y contemplamos,
curiosamente relajados, nuestro propio hundimiento, conformes, además, con que
a las cosa no se las llame por su nombre. Ni rastro apenas de reformismo, nula
autocrítica, fuera de unos pocos lugares comunes, aborregada confianza en que
tendrán que retornar más pronto que tarde los buenos tiempos, nula presión
popular para que los grandes acuerdos sustituyan a los falaces enfrentamientos,
ninguna gana de dar colectivamente un paso adelante y hacer que al mando del
barco se pongan ahora capitanes curtidos en lugar de esta tropa de
desharrapados. Así lo queremos y así nos va. Porque seguimos y seguiremos
votando PP y PSOE aunque el uno y el otro lleven como líder al más tonto de los tontos de
pueblo. Y a lo mejor resulta que somos nosotros mismos los que estamos dejando
la democracia para el arrastre.
Para
empezar e ir cambiando el negro destino podríamos exigir una reforma
constitucional bien simple: que no pudiera presidir un gobierno o encargarse de
un ministerio nadie que en cuatro frases dé ocho patadas a la sintaxis. Basta
oírlos hablar para hacerse una idea de cómo tienen amuebladas sus cabezas. ¿Cómo
es posible que nos gusten así? ¡Selectividad para políticos ya!
Zapatero
me cabreaba y Rajoy me deprime. No sé qué más puede ocurrirnos o qué maravillas
nos tendremos reservadas a nosotros mismos, si es que hay vida después de esta
muerte tonta.
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