10 enero, 2013

Viva por muchos años nuestro Presidente muerto. O de lo que va a pasar en la Bolibanana Republica de Venezuela



                Bien saben los pacientes lectores de esta bitácora que de vez en cuando tengo visiones y adivino el futuro. Aunque esté mal que yo lo diga, suelo acertar, igual que cuando capto las entrañas anímicas de algunos personajes. Acuérdense de Zapatero, yo lo vi antes que casi ninguno, lo conté aquí  y no me creían y hasta me llamaban resentido y catedrático.

                Bien, pues me puse en la sobremesa de hoy a echar una cabezadita breve y, en ese estado de larva, entre sueño y vigilia, me vino un pedacito de porvenir y estuve leyendo algún periódico de dentro de quince meses. No apunté todo al volver en mí y no estoy seguro de si era un periódico de este país o de otro, pero sí puedo transcribir de pe a pa la información que contenía, y hasta la entrecomillo de tan rigurosa y fiel como es la impresión que me dejó. Dice así:

                “Hoy, 16 de junio de 2014, el Tribunal  Constitucional de Venezuela ha ratificado la condición de Presidente de la República Bolivariana de Hugo Chávez, fallecido a comienzos de febrero del año pasado. La Presidenta del alto Tribunal ha expuesto los fundamentos de la decisión en un mitin en el Estadio del equipo de Fútbol de la Universidad Central de Venezuela, ante miles de asistentes que, enfervorizados, cantaban himnos y comían papas con rojo kétchup, el tomate del pueblo, según el conocido lema del régimen”.

                “Ya el nueve de enero de 2012 la misma Corte había sancionado que no era jurídicamente imprescindible que el reelecto Presidente Chávez jurara el cargo de Presidente para ser Presidente, y que mientras no pudiera jurarlo no se podía en Derecho entender que no lo juró, razón más que de sobra para tenerlo por Presidente en tanto no se cumpliera ese trámite para acceder a la condición de Presidente. ¿O acaso porque no pueda ejercer la Presidencia va a dejar de ser Presidente y para qué está el Vicepresidente, vamos a ver, sino para vicepresidir mientras no presida el Presidente tras su juramento?  Pero, al poco, el país y el conjunto de los pueblos libres de la tierra, las masas populares del planeta y el ánima eterna de Simón Bolívar y hasta la de Manuelita se conmovieron con la infausta noticia de la muerte de líder chavista, Hugo Chávez, en un hospital de Cuba, tierra hermana que viene a ser como la tierra misma de Venezuela y que fue como dejar la vida en suelo patrio o más patrio todavía, pues los desheredados no tienen tierra y quienes los dirigen tienen la tierra de todos”.

                “La primera medida que las instituciones del país tomaron, con el pleno respaldo y el aplauso medido de los tribunales de la Nación, fue la de concederse un tiempo de espera y por si acaso. No sería la primera vez que un justo resucitara. Más la insistencia y el afán querulante de la oposición antipatriótica , cómplice de la globalización y rehén de las multinacionales, de un Vaticano sin fe y del machismo inclemente, forzó a la Corte Constitucional a esta nueva decisión, hoy felizmente recaída y que ya ha sido aplaudida por líderes mundiales de la talla de Evo Morales, Gaspar Llamazares y un sobrino de Cristina Kirchner que la sustituye mientras se repara un labio que le explotó al mojarse el dedo de contar billetes.  En síntesis, los argumentos del Tribunal Constitucional que confirman al fenecido Hugo Chávez como presidente vitalicio del país vienen a ser los siguientes”.

                “Primero, que el principio democrático y de soberanía popular que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela consagra impone el más escrupuloso respeto a la voluntad popular pacífica, legítima y masivamente expresada en las urnas en la elección presidencial de 2012, y que ese designio del Pueblo resultaría irremisiblemente frustrado y alevosamente ignorado si al electo Presidente Chávez se le privara, con apoyo en estériles formalismos de la más rancia y conservadora dogmática legal, de la posibilidad de llegar a ejercer un día el cargo para el que fue por la sociedad aupado”.

                “Segundo, que en personajes de semejante talla y de tamaño carisma el cuerpo puede morir, pues la fisiología no entiende de justicia ni de patriotismo, pero su espíritu pervive por lustros, décadas y hasta siglos, motivo por el que resulta plenamente ajustado a Derecho, a un Derecho no encerrado en los fríos e impersonales designios del positivismo, concebir y dar por bueno que el Comandante Chávez puede seguir dirigiendo el Estado y su revolución con la mano firme de su espíritu y con la voluntad inmarcesible de su ejemplo incandescente y su propósito imperecedero”.

                “Tercero, que la peculiar situación creada por la muerte física de un personaje así inmortal provoca una situación hasta ahora inédita, pero que tiene coherente acogida en el concepto constitucional de estado excepcional para la excepción. Como ha venido recogiendo la más depurada doctrina del nuevo constitucionalismo andino y como se colige de la obra señera de los más excelsos representantes del neoconstitucionalismo principialista, las Constituciones no se agotan en la semántica de sus preceptos ni en la pragmática eidético-mostrenca de los derechos de primera generación, sino que en su fondo late un entramado de principios y valores que las integran en plenitud, les confieren su trasfondo axiológico y, rectamente ponderados, apuntan hacia la solución correcta de los casos trágicos, y ningún ser de bien dudará de lo que de tragedia hay en la muerte física, que no muerte propiamente dicha, del Presidente Chávez. Basta tomar nota y conciencia de que la Constitución lo es de un Estado y para un Estado y de que de nada vale un Estado si no lo dirige quien sabe y puede y tiene, además y por si fuera poco, el visto bueno de los electores, no hace falta sino percatarse de que la Constitución reconoce toda una serie de derechos de los ciudadanos que en nada quedan si no los defiende con firme carácter quien mejor puede hacerlos realidad y salvaguardarlos,  alcanza con darse cuenta de que el mero derecho a la vida, derecho fundamental y principalísimo, no puede interpretarse con la cortedad de miras de los que piensan que ya no tiene titular después de la muerte, como si no le cupiera al muerto la titularidad de derechos tales como el derecho a su honra, a su imagen, a su intimidad o al pacífico descanso largo, para que, con todo ello, quede sobradamente demostrado que es constitucionalmente conforme que el Presidente lo siga siendo con plenos poderes por tiempo ilimitado o hasta que un cambio drástico en las circunstancias o su misma renuncia fuerce a la convocatoria de nuevas elecciones. Y por no hablar, porque a tan contundente argumento resulta ya ocioso acudir, de que si la Constitución ampara el derecho inatacable de los que creen que hay vida después de la muerte, hemos de asumir como incontestable idéntico derecho para los que tengan por seguro que no tiene por qué haber muerte después de la vida”.  

                “Por supuesto, un Presidente en ejercicio pero no presente por razones ontológicas plenamente compatibles con la axiología constitucional podrá valerse del Vicepresidente y los demás órganos constitucionales del Estado para hacerse presente, ¡presente!, en los actos en los que físicamente no pueda comparecer o para dar verbo y consonancia a su suprema voluntad y su liderazgo constitucionalmente intachable”.

                Fin de la cita.

                Pues es lo que hay y lo que ocurrirá en la fecha que les he anticipado, denlo por seguro. Que nos parezca bien o mal es otro cantar. Tomemos el tema por su parte mejor y congratulémonos de la imparable renovación del constitucionalismo internacional y de los frutos que va recogiendo la obra de muchos de nuestros colegas, algunos de los cuales, por cierto, seguirán durante unos cuantos años esperando que Chávez los llame para hacer unas reformitas en la Constitución o para echarse unas conferencias mulatas. Bien sabemos todos que no existe mundo libre donde no se cultiva en libertad la ciencia. El primero y el más listo, bien mirado, fue aquel tal Carl. Soberano es el que puede decretar el estado de excepción y soberano mamporrero el que le pone en bandeja la teoría.

09 enero, 2013

Matrimomios y derecho matrimomial (no son erratas)



                Tenía pendiente decir alguna cosa sobre la polémica que sobre matrimonios y pensiones compensatorias mantuvieron aquí hace unos días mi buena amiga Etelvina (un fuerte abrazo, querida Etelvina, sabes de mi aprecio y mi admiración y no se nos olvide que tenemos en espera alguna comilona) y un buen amigo de este blog, Juan Carlos Sapena. El pretexto lo dio el dineral que debe pasarle Berlusconi a su antigua esposa, pero es evidente que Berlusconi no nos da pena a ninguno, el tema es otro.

                1. Es bastante ocioso ponerse a discutir a estas alturas (no lo hacían esos dos apreciados interlocutores) si el matrimonio es una institución natural o cosa por el estilo. Naturales son otras pulsiones e inclinaciones, que se manifiestan tanto dentro del matrimonio como fuera de él, y no solo las sexuales o afectivas.

                No existen instituciones jurídicas naturales. Una institución jurídica natural es un oxímoron, es como decir un producto natural fabricado. Puede haber, eso sí mayor o menor correspondencia entre lo que las normas jurídicas regulan y las inclinaciones naturales o espontáneas de los seres humanos. Por ejemplo, la agresividad en ciertas situaciones o bajo determinados estados de ánimo es una pulsión muy natural en las personas, pero el derecho la reconoce más que nada reprimiéndola, como cuando se castigan penalmente las agresiones. Otras veces los sistemas jurídicos convierten en derechos esos apetitos originarios y muy definitorios de lo humano, como cuando se protege la libertad de expresión o la inviolabilidad del domicilio. Así pues, no es que el derecho respete o tenga que respetar nuestras tendencias o apetitos más originarios o naturales. El derecho, como la moral social o las reglas de cortesía sirve para organizar la convivencia precisamente a base de encauzar o reprimir dichos impulsos o de fijar turnos para su ejercicio.

                Cuando la idea de naturaleza se liga al derecho para formar la noción de derecho natural, el proceso es idéntico. A estos efectos, es indiferente que el derecho natural se considere auténtico y genuino derecho, como hacen los iusnaturalistas, o que se tenga por conjunto de preceptos morales de carácter no jurídico, tal como lo ven los iuspositivistas. Tanto el derecho natural como la moral catalogan las conductas con arreglo a un patrón normativo y, como tal, no natural, “artificial”. En otras palabras, el derecho natural no es en modo alguno natural, puesto que no traduce las humanas tendencias más originarias a normas jurídicas, sino que practica una selección con arreglo a pautas normativas. También para el derecho natural habría conductas “naturales” que por naturales son debidas y deben ser amparadas, como otras, igual de naturales que se tienen por indeseadas y para las que se propone la represión, como el matar o el apropiarse de lo ajeno y determinadas prácticas sexuales. Si alguien se empeña en que es natural querer y ser sexualmente fiel toda la vida a la misma pareja (de otro sexo), por lo que el matrimonio monógamo, heterosexual e indisoluble es una institución de derecho natural, mientras que el amar a varias personas del mismo o distinto sexo, mantener relaciones sexuales con ellas y convivir con ellas simultánea o sucesivamente es contrario a natura e incompatible con los mandamientos del derecho natural, está confundiendo con la naturaleza un determinado sistema de normas. Confunde lo natural con lo normativamente indebido a tenor de ese sistema de normas que él abraza. Exactamente igual que haría un positivista que pensara que es natural y naturalmente debido lo que un cierto sistema jurídico-positivo disponga sobre esas o sobre cualesquiera otras cuestiones. El truco del iusnaturalismo de base religiosa está en diferenciar entre una naturaleza pura y primera y una naturaleza caída, resultante del pecado original. Pero esa caída ya es mucho caer para que el no creyente pueda quedarse con el cuento.

                Volviendo al matrimonio, pensar que se trata de una institución natural y para la que la naturaleza misma brinda los patrones regulativos insoslayables tiene tan poco sentido como ver de esa manera la sociedad anónima o la de responsabilidad limitada o el comodato o la sucesión intestada o el legado de cosa mueble o el interdicto de obra nueva.

                2. Así son las cosas, pero socialmente no conviene nada que las cosas se vean así, salvo que pensemos muy idealistamente en una sociedad de ciudadanos enormemente maduros y reflexivos. Las normas sociales todas, y especialmente las jurídicas, se acatarán más y mejor cuanto menos parezcan fruto del azar, las coyunturas de todo tipo, las determinaciones históricas o el humano designio y más se crean, tanto por sus destinatarios directos como por los que velan por su cumplimiento, como naturales de alguna manera, como ancladas en ontologías necesarias, en configuraciones cosmológicas o en la voluntad de algún ser superior que con pleno derecho nos crea y nos gobierna. No hay derecho (ni moral social) eficaz sin ideología legitimadora de los contenidos de sus normas, sin esa creencia en que lo que la norma manda o prohíbe lo manda o prohíbe no de resultas de la voluntad del legislador o de los cálculos de utilidad o conveniencia de un grupo social, sino porque lo debido es debido en sí y porque no hay vuelta de hoja. De ahí también que la eficacia del derecho (y de la moral) requiera el adoctrinamiento constante de los sujetos mediante toda una larga serie de instituciones y prácticas: la educación, la religión, la doctrina política y jurídica, los medios de comunicación, las obras artísticas, etc.

                Podría formularse una tesis bien razonable y que se comprueba con facilidad echando mano de la historia, la antropología, la sociología o la psicología social: cuanto más los sistemas normativos, empezando por el derecho, reprimen por razones de orden social las pulsiones más naturales o básicas o comunes de los individuos, tanto mayor es el esfuerzo necesario para dotar de respaldo ideológico esa represión, para que la represión de lo natural parezca de lo más natural, exigencia de la naturaleza misma, dictado de la “naturaleza de las cosas” o congruencia con una naturaleza superior o más auténtica. Lo que se hace es desdoblar el concepto de naturaleza, superponiendo a la naturaleza primara o elemental, la única empíricamente constatable, una “naturaleza artificial”, impostada, ideológicamente construida. No se necesita un fuerte edificio ideológico de ese tipo como respaldo o soporte de la noción jurídicamente establecida de sociedad anónima o de préstamo hipotecario o de servidumbre de vistas, mas es esencial para que haya un modelo de familia o de matrimonio jurídicamente impuesto y regulado. Cuando ese cimiento ideológico es discutido y decae masivamente, ese tipo de instituciones padecen una crisis de la que no se recuperan, y o desaparecen o son reemplazadas por otro modelo institucional con nuevo y correspondiente apoyo ideológico.

                En tales casos, la desaparición de aquella institución jurídica anterior no tiene lugar abruptamente, sino que hay una etapa de transición que es una etapa de lucha ideológica y de incongruencia en las regulaciones, en los sistemas normativos. Por una parte, se manifiestan fuertes resistencias en los defensores del modelo antiguo, y estos “conservadores”, cuando sufren derrotas en la práctica y en la realidad de los hechos sociales, proponen adaptaciones del patrón anterior, cediendo en lo accesorio para mantener el núcleo esencial de la institución. Por otra parte, los críticos de la regulación pretérita sucumben a veces a una peculiar nostalgia, pues quieren conservar la institución y participar en ella y de ella, pero difuminando sus perfiles básicos y proponiendo reformas que en verdad la derogan o la dejan sin justificación o razón de ser.

                Dos excelentes ejemplos de esto los ofrecen a día de hoy instituciones de tanta solera como el matrimonio y el Estado soberano. En algunos pueblos o grupos o naciones culturales (si algo de sentido tienen todavía estos conceptos) se pide la autodeterminación para librarse del Estado al que jurídicamente pertenecen y convertirse en Estados soberanos, a fin de, inmediatamente y logrado tal objetivo, solicitar su ingreso en alguna institución internacional y supraestatal de las que están dejando en papel mojado y puro símbolo político la soberanía nacional, la soberanía del Estado-nación. Es decir, se trata de escapar de la pertenencia a un Estado solo nominalmente soberano ya, para disolverse en el mismo entramado jurídico-político e institucional que está desmantelando la soberanía del Estado de origen y que hará flor de un día la soberanía del Estado nuevo: el día o los días que tarde Cataluña, por ejemplo, en solicitar y lograr su ingreso en la Unión Europea.  Más que una respuesta a la dominación ajena, se trata de un resultado de la melancolía por los tiempos idos, melancolía que aúna por igual a muchos catalanes y a muchos castellanos: nos estamos quedando sin nación, sin Estado “nuestro” y sin patria, pero haremos lo posible para que un par de generaciones más sigan hablando la lengua del terruño. De ahí no pasa, de dos generaciones más, como mucho.

                3. En cada cultura suele imperar un modelo de familia y de unión matrimonial, constituyéndose así instituciones respaldadas por la presión social y sancionadas por el derecho. Que se lo pregunten a nuestras abuelas o a las madres de los que peinamos ya algunas canas. Tampoco para los varones era un chollo, no nos engañemos, aunque para ellos hubiera más licencias y se permitieran ciertas vías de escape. Si se pudiera hacer una encuesta a aquellas señoras de hace cien o setenta años y les preguntáramos por qué pensaban ellas que debían atender la casa, cuidar a los niños, dar satisfacción sexual al marido, pero a ser posible con escaso disfrute propio, someterse a la autoridad del esposo y hasta conformarse con su ocasional violencia, ninguna nos diría que porque así lo dispone el derecho, ni siquiera porque tal ordena la recta moral. Contestarían que eso es lo natural o que tal es lo que Dios quiere para sus criaturas. Por eso el derecho sobre esas cuestiones se cumplía, era altamente eficaz. Ahora bien, si no hubiera estado el derecho ahí, reforzando con la coacción y los castigos, ese régimen habría durado cuatro días. El derecho precisa de aquella ideología para ser eficaz, pero la ideología no pervive sin la porra, sin la salvaguarda jurídica.

                En cuanto institución jurídica, el matrimonio (dejemos de lado el tema más amplio de la familia y su derecho, para no enredarnos más) está en una crisis terminal. ¿Quiere decirse con esto que dentro de alguna década ya no habrá una institución jurídica llamada matrimonio? No, lo que implica es que, perdido aquel anclaje ideológico anterior, el del matrimonio como institución natural y con perfiles “ontológicamente” ineludibles, ya se podrá llamar jurídicamente matrimonio a cualquier cosa. Podrá darse el matrimonio unipersonal, el matrimonio entre hermanos o entre padres e hijos, por supuesto el matrimonio poligámico o poliándrico, el matrimonio post mortem, el matrimonio por horas o días…, lo que se nos ocurra.

                ¿De qué dependerá que siga existiendo jurídicamente, bajo las formas que sea, la institución matrimonial? De que continúe habiendo gente que quiera casarse. ¿He dicho casarse? No, precisemos, de que haya personas que deseen tener el estatuto simbólico o los derechos que se reconocen a los cónyuges. Ahora mismo, y cuestiones nominales aparte, ya hay dos tipos básicos de matrimonio: el matrimonio de los casados y el matrimonio de las parejas no casadas. A unos y otros se les reconoce prácticamente el mismo estatuto jurídico, entendiendo por estatuto jurídico antes que nada un haz o conjunto de derechos. Y ese estatuto se adquiere en ambos casos con base en datos formales, como no podía ser de otro modo si de derecho hablamos: o bien el acto jurídico de contraer matrimonio, o bien la concurrencia de ciertos datos en esa pareja (tener un hijo en común, convivir bajo el mismo techo, haberse registrado como pareja, estar empadronados en el mismo domicilio, tener “posesión de estado” (se les ve juntos y amorosos y “parece como si estuvieran casados”), abrir cuentas bancarias en común o compartir determinados gastos…

                ¿Por qué puede haber, pues, ciudadanos que deseen ese estatus matrimonial, por una vía o por la otra? Por dos tipos de motivos. Uno, el interés, el legítimo interés de los dos (o tres o los que puedan ser) o de cada uno o de alguno por acceder a determinadas ventajas que el sistema jurídico reserva para las parejas reconocidas (pensión de viudedad, subrogaciones, pensión compensatoria, beneficios fiscales, etc.). Otro, el acceso a un cierto estatus social o simbólico, especialmente si antes a esos sujetos les estaba vedado. Así se explica, supongo, el afán de las parejas homosexuales por casarse. Es muy significativa la doble tendencia habida de hace unos decenios para acá. Mientras que las parejas heterosexuales han luchado para no tener que casarse y para que, sin matrimonio formal, tuvieran reconocidos los derechos de los casados, las homosexuales no se han conformado con el reconocimiento pleno como pareja con los mismos derechos que los matrimoniales, sino que han reivindicado el derecho a casarse.

                Sea como sea, de la vieja ideología del matrimonio como institución “natural” no queda absolutamente nada. No solo porque aquellos atributos que del matrimonio así se predicaban como constitutivos y esenciales fueran un cúmulo de falsedades, pues ninguna de tales condiciones de lo matrimonial eran condición de validez jurídica del matrimonio: ni el afecto, ni la fidelidad sexual, ni la reproducción, ni el mutuo auxilio, ni la convivencia bajo el mismo techo… Es más, en cuanto el Derecho penal y el Derecho civil dejaron de sancionar, cada uno a su manera, cosas tales como el adulterio o el abandono de familia, quedó al desnudo la cruda realidad: lo que hace, por ejemplo, de la fidelidad una condición “natural” del matrimonio es la pena o sanción que se aplica al infiel. El artificio jurídico como verdadera “naturaleza” de la institución. Represión de lo natural para hacerlo aparentemente natural. La puntilla definitiva la dieron la ciencia y la moral social. La ciencia, al permitir cosas tales como que la mujer sea dueña de su sexualidad y su reproducción, pues de su voluntad pasa a depender sobre todo el quedar embarazada o no, además de que puede reproducirse sin varón, sin cópula, si le da la gana. La moral social, porque aquella revolución de las costumbres que empezó en los años sesenta del pasado siglo hizo de la sexualidad algo parecido a lo que siglos antes había ocurrido con la religión, valga la comparación en lo que valga: la vida sexual de cada uno pasa a ser cuestión de cada uno y rige la propia conciencia donde antes mandaban las normas sociales. La moral sexual hoy dominante en nuestra cultura es la de que cada cual ha de poder hacer con su cuerpo lo que quiera y que no dañe a otro, y en la relación de a dos (o tres, o…) no hay más límite que la capacidad para consentir del otro o lo que con el otro se pacte.

                4. Por todo lo dicho, el matrimonio se ha “desnaturalizado” y se ha “individualizado”. Ya sabemos qué significa todo ello, pero insistamos en la “individualización”. El interés que el sistema jurídico ha pasado a considerar es el de un individuo por tener el estatuto jurídico de casado. Un gran número de pleitos de hoy en materia matrimonial versan sobre la reclamación de un sujeto que no se casó o, incluso, que discutiblemente tiene el estatus jurídico de miembro de “pareja de hecho”, para que se le aplique alguno de los beneficios que no se le podrían discutir si su unión hubiera sido matrimonial: la pensión de viudedad, por ejemplo. Una vez que ni va quedando huella (por fortuna) de la compulsión social para casarse y que tampoco la hay para formar “unión de hecho” reconocida por el derecho, ahora que el tener esposo o pareja ya no es elemento positivo esencial de la identidad social de los ciudadanos, solo por un tipo de razones puede una persona querer casarse por la vía A o la vía B, al margen de aquel valor simbólico que el matrimonio tiene para algún grupo antes discriminado, como los homosexuales: por interés. Pero a eso vamos, ¿por qué tiene el derecho que amparar ese interés que ya es meramente individual? Cuando el matrimonio en sí no puede ser objeto de protección, porque su sustancia anterior, real o imaginaria, ha quedado completamente diluida, ¿qué motivos razonables restan para que el sistema jurídico haya de otorgar a unos ciudadanos derechos que a otros niega?

                Manejemos algunos ejemplos bien simples. Si yo estoy “casado”, como casado en sentido estricto o como unión de hecho, cobro pensión a la muerte de mi cónyuge si este cotizó lo necesario, y la cobro tanto si soy un gran ricachón como un pobre de solemnidad. Pero si no he tenido o tengo pareja, no percibo esa pensión aunque me muera de hambre. Es una discriminación muy poco “social”. El día que la pensión deje de ser de viudedad y sea de asistencia a quien no tiene medios, se terminó una razón bien principal para los matrimonios. Y bendita sea.

                Si un señor, pobre y menesteroso, se casa con ricachón y ricachona y se tira veinte años metido en casa haciéndose las uñas o cardándose los pelos del sobaquillo, pues la riqueza de la contraparte permite tres criados, dos cocineras, un mayordomo y media docena de institutrices inglesas, amén de chófer y masajista a tiempo completo, no solo vive ese paisano como los dioses durante ese tiempo, sino que le pueden caer tras el divorcio seis mil o veinte mil euros mensuales de pensión compensatoria. ¿Compensatoria de qué? Si laboró en el hogar duramente, que se le compense ese trabajo para evitar el enriquecimiento injusto de la otra parte, pero entonces que sea pensión por reparación por enriquecimiento injusto y no pensión compensatoria donde nada hay que compensar. Si ese hombre que en casa se mantuvo renunció a un futuro profesional o a una formación que sin duda quería y se le impidió de alguna manera, que se le repare por lo que pudo ser y no fue, por su sacrificio. Pero si el sacrificio no fue tal, pues en la puñetera vida quiso ni estudiar ni currar, nada hay que compensarle a él, más bien al revés si vivió del cuento porque con la familia no arrimaba el hombro y si jamás se propuso estudiar algo o tener un oficio. Esto es, si hubo daño, que se indemnice el daño, y más si existió culpa del otro, y para esto nos podríamos arreglar con el 1902 del Código Civil y poco más.

                En resumen, que si suprimimos la pensión compensatoria quedan vías con las que “sancionar” al que se aprovechó del esposo o la esposa o lo dañó probadamente. La justicia que haya que hacer a las víctimas del matrimonio, se puede imponer sin pensiones compensatorias. Se me replicará que cómo vamos a llenarlo todo de pleitos en los que tras el divorcio se exijan ese tipo de reparaciones e indemnizaciones, con lo difícil que resultará, además, la prueba en tales litigios. Pero ¿acaso no hay montones de juicios por la pensión compensatoria? ¿Tendríamos menos conflictos en los juzgados si para reclamar hubiera que probar más rigurosamente algunas cosas y no el “desequilibro” económico que a una parte la causa el final de la relación? Y otro argumento, más relevante: resulta que para evitar alguna injusticia si quitamos la pensión, mandamos que haya pensión en todo caso de desequilibrio, consagrando el derecho del que con el matrimonio se benefició a seguir viviendo del cónyuge después de que ya no lo es. Por si acaso y ante las dudas, que la ex de Berlusconi se embolse un buen dinero, en homenaje a lo que sufrieron nuestras abuelas o todavía tiene que padecer más de un ama de casa que de verdad ejerce de tal. No, la señora que fue de Berlusconi que pruebe cuál fue su aportación económica al matrimonio, en forma de algún tipo de trabajo, o que demuestre en qué y en cuánto él se benefició de ella. Porque si no, en efecto, parece que la pensión debe pagársela por habérsela beneficiado y eso equivale a atribuirle retroactivamente a la dama la condición de ramera, a tanto el polvo y pagaderos los empellones en cómodos plazos vitalicios y hasta más allá de la muerte.

                5. Salvo que seamos conservadores a carta cabal y propugnemos el retorno a las antiguas esencias matrimoniales, con matrimonios “de verdad” y de los de toda la vida, sin matrimonio homosexual, con divorcio difícil y con causa tasada y hasta con la mujer con la pata quebrada y en casa, no queda más que asumir en todas sus consecuencias el declive de la institución del matrimonio y su conversión en un contrato con todas las de la ley. Lo incoherente es que defendamos las nuevas y muy heterogéneas y coyunturales variantes matrimoniales y, al mismo tiempo, queramos mantener las regulaciones y las consecuencias jurídicas del matrimonio de antes.

                Antes, por ejemplo, las mujeres se casaban porque eran obligadas a ello, carecían de autonomía para decidir primero y durante el matrimonio, se les bloqueaban de solteras y de casadas las salidas laborales y profesionales y se las obligaba a los trabajos domésticos, y con todo ello dependían por completo y sin remisión del varón, y sin varón que las mantuviera, nada más que quedaba el hambre o el convento o acogerse a la caridad de los parientes. Eso, aquí y ahora, ya no es así. Hombre y mujer, mujer y hombre, se casan si les da la real gana y si no, no, y casados o solteros pueden decidir estudiar, trabajar, fundar una empresa, tener familia numerosa, aplicarse a la limpieza de la casa o darse a la vida contemplativa. Cada individuo decide y la manera de no discriminar a ninguno pasa por hacer a cada cual plenamente responsable de sus decisiones y de las consecuencias de las mismas. Porque vamos a ver, si un varón de treinta años y con una carrera universitaria bien culminada o que ya es notario decide renunciar al trabajo externo o a su profesión para quedarse en casa para cocinar, quitar el polvo, hacer las camas e ir a la compra, ¿merece ser compensado por su esposa, pongamos que registradora de la propiedad, si pasado mañana se divorcian? ¿Por qué? Que no lo hubiera hecho. Si nos cuenta que la mujer lo obligó o que lo amenazó con irse con otro si él no barría y no la recibía con las zapatillas calentitas cada atardecer, no merece que le asignemos una pensión, merece una patada en el culo. Pues si es fémina de hoy en día, otro tanto de lo mismo.

                ¿Salida para todo este absurdo guirigay? Elemental: contrato y tente tieso. Que, al margen de ceremonias para la galería y para repartir puros en la boda, el matrimonio propiamente se constituya mediante un contrato, a ser posible ante notario o similar, y que del matrimonio no resulte absolutamente ninguna obligación más ni menos que las en el contrato acordadas. ¿Qué están de acuerdo en la fidelidad como requisito y que la infidelidad se paga? Pues por escrito, con firma de ambos y, a ser posible, estipulando a como sale la noche con la otra o el otro. ¿Que el uno quiere que el otro se quede en casa a criar muchos niños y a gestionar el “domus”? Vale, pues que este otro le ponga precio y acuerden a cómo ha de abonarse, cuando la dicha se acabe, el año así trabajado. Y si no hay acuerdo, no hay salario ni compensación ni gaitas. Y así sucesivamente. Nada de efectos ex lege, salvo los que se aplican igualmente si se trata de amigos o vecinos. Y, por supuesto, que cada cual se case con quien quiera y pueda consentir, con uno o con media docena, con uno ya casado o con un solterón de tomo y lomo. Simplemente, en cada circunstancia habrá que acordar un precio. O sea, ya que siempre ha sido plenamente válido el matrimonio de conveniencia y puesto que ya no hay para casarse más razón que la conveniencia, cartas sobre la mesa y boca arriba, nada de ir con los de la feria y venir con los del mercado, dejémonos de sacralizar la institución para disimular cuando nos va bien y de desacralizarla para que a nada nos obligue que nos disguste. Háganse contratos matrimoniales igual que se hacen para compra un piso o permutar unas plazas de garaje. Pues, nos pongamos como nos pongamos, no hay diferencias, más allá de que una plaza de garaje no te da tantos disgustos, salvo que se inunde.

                Qué duda cabe que los más religiosos podrán seguir con su matrimonio sacramento, indisoluble y heterosexual del todo. Pleno respeto. Pero igual que ahora firman en el Registro, que signen un contrato modelo en el que se establezca que, si no pactan algo, civilmente nada tienen que exigirse. Y, si me dejaran a mí, añadiría un detallito que supongo que no ha de disgustar a los amigos católicos: si se reconoce el matrimonio religioso católico, en el papelín correspondiente firman que no tienen derecho al divorcio y que su matrimonio no se acaba más que por vía de disolución canónica, a no ser que ellos, ahí mismo y al acabar la misa, suscriban que sí quieren tener derecho al divorcio.  Porque lo otro es tener  bastante cara, literalmen estar en la procesión y repicando. Verás qué risa íbamos a pasar todos y qué contentos se pondrían los ministros del culto.

07 enero, 2013

Irse de Putins



                Está gracioso el tema de Depardieu, ricachón que huye de su patria francesa para librarse del impuesto salvaje y que acaba en brazos de Vladimir Putin. Quién iba a decir a tanto abanderado de la causa comunista que Rusia acabaría de patria adoptiva de los potentados sin ganas de apoquinar al fisco. De paraíso comunista a paraíso fiscal o poco menos. Y Putin, del KGB al CóGeLo.

                Quedaría ahora muy del gusto popular el soltar aquí unas pestes contra Depardieu y todos los cresos franceses que se largan a Bélgica para escapar del tremendo impuesto sobre la renta que les quiere aplicar Hollande para que se vea que se aprieta a los ricos mientras, allá como en todas partes, a los que se quiere asfixiar es a los de clase media o que ganan cuatro duros y todavía tienen para unos turrones de los caros en navidad y mientras dure. Pero no lo voy a hacer.

                Quiero más bien proponerle al amable lector un pequeño experimento. Mire usted, en Francia a quienes tengan ingresos anuales de un millón de euros les aplican una tasa del setenta y cinco por ciento en el impuesto sobre la renta, si no he entendido mal las noticias de la temporada. O sea, usted o su padre o su hijo han tenido un buen golpe de suerte, porque la empresa ha marchado bien o porque les han encargado un supertrabajo dificilísimo o porque escribieron una novela que se vendió a raudales o porque una revista se fijó en su cuerpo y les paga el milloncete por posar desnudos en plan ahí voy yo con todo el paquete, y les cae en el 2013 un millón de euros. No es probable, lo sé, pero póngase en situación e imagínelo. Viene el Estado y ese dinero se lo deja en la cuarta parte: se lleva setecientos cincuenta mil euros y a usted le quedan doscientos cincuenta mil.

                Quieto, no se me lance. Si es por dar gusto a la pistola y por joder a los poderosos, me apunto yo también. A los millonarios que los dejen el calzoncillos, a Nacho Vidal que le amputen cuarto y mitad y a los guapos de cara que les salgan espinillas hasta en los párpados. Si nuestras tesis políticas y filosóficas no son más que una salida para la mala hostia, las frustraciones de cada uno y los complejos de feo y flácido, pues adelante. Pero yo me había hecho la ilusión de hablar en serio y como si serios fuéramos y no piltrafillas decadentes. O sea, podemos estar de acuerdo con ese setenta y cinco por ciento de impuesto sobre la renta, pero que no sea por mala baba, sino por razones que podamos exponer sin que se nos note que nos gustaría tener mejor cutis o unas caderas más finas.

                Yo ricos, lo que se dice ricos, creo que no he tratado nunca; o muy pocos y con escaso pedigrí, ricos sobrevenidos que todavía se apuntan a matarse a ron y echar una a las cartas o marcarse unos bailes. No es que un servidor objetara, ni eso ni lo contrario, es que ellos viven en su mundo y nada más que tratan con sus iguales o con concejales con aspiraciones. Lo que no me sorprende, aun a distancia, es que los ricos se cisquen y se mosqueen cuando les aprietan de tal manera las clavijas fiscales.

                En cambio, gente del montón y hasta un poco pretenciosa conozco como para llenar unos cuantos barcos de crucero. Yo mismo, sin ir más lejos. Y ahí llega la pregunta que les propongo a ustedes: ¿cuántos de nosotros, progresistas, solidarios, concienciados a más no poder y partidarios de la redistribución de la riqueza y del Estado del bienestar, nos avendríamos pacíficamente a pagar tres cuartas partes de nuestro milloncejo de euros para sostener las arcas públicas y los servicios públicos? Entiendo que muy pocos, y me gustaría equivocarme. Más digo, de todos o casi todos los que ahora mismo andan poniendo de vuelta y meda a los potentados franceses que se hacen belgas o rusos me atrevo a presagiar que, si de pronto la fortuna les sonriera y les cayera un pastón guapo, se harían belgas o caimanes de las islas del mismo nombre.

                ¿Por qué se me ocurre profecía tan osada? Hombre, si nosotros mismos, tan progres y tan críticos, pedimos por lo general factura sin IVA, si preferimos cobrar en negro aquel trabajito, si ponemos en la escritura del piso que vendemos un precio más bajo para ahorrar impuesto… Pues de cajón. El que evade lo menos se cambia de país, si hace falta, para ahorrarse lo más. ¿O no?

                Soy partidario ferviente de un Estado social, de servicios públicos de calidad y con cobertura plena para quien no pueda pagar por ellos, de un sistema fiscal riguroso que no admita evasiones ni zarandajas, de que cada cual contribuya en proporción a lo que tiene, etc. De eso no tengo dudas, créanme. Pero lo del superimpuesto a lo bestia para los Depardieu y compañía me parece una vil tapadera. La justicia social se hace impidiendo robar a los que roban y corromperse a los corruptos, no atornillando a cuatro gatos notorios para que lo demás siga igual y los demás sigamos a lo nuestro. La justicia social no se construye sobre cabezas de turco ni con posturitas para la galería. Todo el que esté dispuesto a hacerse rico si la ocasión se le pone a tiro no puede considerar la riqueza pecado mortal. El pecado grave de nuestros Estados no es la riqueza de algunos, sino la pobreza de muchos que no tienen oportunidades para vivir dignamente. Grávese, sí, la riqueza improductiva o el capital especulativo, pero no juguemos al desahogo por el desahogo.

                Socialista no es el que se conforma con apretar a Depardieu, sino, por ejemplo, quien pelea para que el urbanismo sea serio, para que los gobernantes sean responsables de su gestión o el sistema de enseñanza enseñe a los que quieren saber y necesitan aprender. Lo otro es hacerse el ruso o perderse en cuentos chinos. En lo otro siempre nos ganará Putin.

El galimatías europeo. Por Francisco Sosa Wagner

(Publicado hoy en El Mundo)

Explicar a los ciudadanos el funcionamiento de las instituciones europeas es tarea espinosa porque el empeño no es fácil. Y no lo es porque la Unión Europea lleva en su seno dos almas diferenciadas que, a su vez, están obligadas a ser complementarias: el alma europea propiamente dicha, que representan instituciones que acogen los latidos del interés común y que son -entre otras- la Comisión, el Parlamento, los Tribunales de Justicia y Cuentas, más aquellas que llevan a la Unión la voz de los Estados que la componen, fundamentalmente el Consejo Europeo y los Consejos europeos de ministros -sectoriales (industria, transportes, etc.)-. Mover las voluntades de unos y de otros en medio de este abigarrado aparato institucional es anhelo parecido, en dificultad, al que en la mitología griega se conoce bajo el nombre de los trabajos de Heracles o de Hércules (todo aquello del león, la hidra, el jabalí, los establos de Augias, etc.).

Del esfuerzo que el ciudadano debe hacer para manejarse en este laberinto nace una cierta desesperación a la que sigue en no pocos casos -y esto es lo peor- la descalificación rotunda. Y así no es infrecuente oír voces despachadas que aseguran ser todo un embrollo que para poco sirve, fuera de alimentar políticos, funcionarios y demás componentes de lo que un autor español que hoy nadie lee -Silverio Lanza- llamaría la vermicracia.

Ahora bien, como el proyecto de construcción europea es el empeño histórico más relevante de los últimos decenios, no podemos abandonar la tarea pedagógica por lo que importa mucho enseñarlo desde la escuela a los niños y proporcionar a toda la ciudadanía el hilo de Ariadna educándola en el respeto a sus culturas, a su patrimonio histórico, a sus grandes nombres, a sus símbolos, a sus deslumbrantes inventos… En tal sentido, tengo presentada, ante la Presidencia del Parlamento Europeo, una iniciativa destinada a poner en marcha una consulta entre la ciudadanía para seleccionar 50 nombres indiscutibles de la cultura europea (Mozart, Goethe, Cervantes, Rubens …) y confeccionar con ellos una publicación sencilla al alcance de los 500 millones de europeos. Tengo la esperanza de que el actual presidente del Parlamento, un político alemán cuyo oficio es el de librero, sea sensible a esta petición.

Pero precisamente porque creo en estas cosas es por lo que creo a su vez que es urgente acabar con el galimatías que inunda la Unión Europea y que en tan gran medida contribuye a alejar a la población de sus proyectos y de sus logros.

En este sentido, la crisis económica está acelerando la descomposición del lenguaje y de los instrumentos jurídicos de una forma que, si no ponemos remedio, va camino de hacerse irreversible. Porque lidiar con veintitantas lenguas ya es enrevesado pero, si a ellas unimos el artificio tecnocrático, entonces las posibilidades de entendernos acabarán por desvanecerse. Con pérdida cierta para todos. Los periódicos difunden esta confusión porque les resulta obligado al ser su deber el informar y hacerlo tal como les llegan las noticias desde los centros bruselenses. Lo mismo, y por las mismas razones, hacen las radios o las emisoras de televisión. Todo ello con un efecto multiplicador que resulta sencillamente demoledor.

A organismos como el Banco Central Europeo, el Ecofin, el Banco Europeo de Inversiones, el Fondo Europeo de Inversiones, con los que se desayuna cualquier ciudadano indefenso que acude por las mañanas a su trabajo, hay que unir una serie de siglas y de normas cabalísticas de muy difícil digestión. Así, por ejemplo, tenemos la Junta Europea de Riesgo Sistémico que se une a autoridades específicas que se ocupan de los bancos, los seguros y los mercados de valores.

Se han creado el Mecanismo Europeo de Estabilidad Financiera y el Fondo Europeo de Estabilidad Financiera que, aunque suenan parecido, son dos objetos diferenciados por la compleja maquinaria discursiva de sus progenitores. Para confundir más el panorama, al segundo se le llama a veces de «facilidad financiera» y además se usan sus acrónimos (unas veces, en inglés, otras en español) MEEF y FEEF que ahora ya -¡oh, bendición!- se han simplificado en el MEF.

Las reformas «estructurales» que se están acometiendo se contienen en el «paquete de reforma de la gobernanza económica de la eurozona» y en dos tratados intergubernamentales, es decir, tramados y trabados fuera del Derecho de la Unión Europea, y que son el Tratado de Estabilidad y el Tratado por el que se establece el citado Mecanismo de Estabilidad Financiera. A ello procede añadir dos «conjuntos normativos», el que contiene la reforma de la gobernanza económica, descompuesto a su vez en cinco reglamentos y una directiva, y el de refuerzo de la supervisión presupuestaria, integrado por dos reglamentos. ¿Parece poco? Pues incorpórese a la citada enumeración el Pacto por el Euro Plus y el Código de Conducta del Pacto de Estabilidad y Crecimiento. A esto último se le llama, para que todo el mundo lo entienda, softlaw.

El procedimiento de coordinación de políticas presupuestarias y de las políticas macroeconómicas ha sido bautizado con el nombre de Semestre Europeo como si de la semanadeoro de unos grandes almacenes se tratara. Con la particularidad de que lo que yo acabo de llamar «políticas presupuestarias» normalmente se denominan, por una mala traducción, «políticas fiscales», lo que coadyuva a que el embrollo tome vuelo y consistencia. Hay además la Directiva sobre el Marco presupuestario nacional que trata de ajustar éste al marco presupuestario plurianual de la Unión Europea y donde se crea el Objetivo Presupuestario a Medio Plazo que, a su vez, ha de insertarse en el citado Semestre Europeo.
Sin duda me dejo otros hallazgos en el tintero pues mi capacidad de asimilación de estos engranajes padece lacerantes limitaciones. Últimamente hemos descubierto el MemorandumofUnderstanding y citarlo me lleva al otro despropósito que trato de denunciar: el manejo desahogado de términos ingleses que contribuyen a hacer el paisaje definitivamente esotérico y al alcance de iniciados cada vez más chiflados. Tenemos el bail-out y el bail-in, las non-standardmonetarypolicymeasures, el securitiesmarketsprogramme o su sucesor outrightmonetarytransactions, el tablero de indicadores macroeconómicos al que llamamos coloquialmente y con confianza macroeconomicscoreboard, el mostlikelyscenario, el Sixpack y el Twopack y por ahí seguido que diría el maestro Umbral.

Naturalmente, lo hasta aquí explicado se refiere exclusivamente al ámbito de la economía. Si nos trasladamos al mundo de los transportes, de la investigación o de la energía encontraremos un panorama semejante donde todo aparece nublado en una suerte de confusión «epigramática y ática».

Resumo: para que Europa sea de los ciudadanos hay que cambiar -ciertamente- muchos de los ladrillos con los que la construimos. Este del lenguaje y de la simplificación de los instrumentos jurídicos es urgente como lo es pedir al toro sagrado que un día la raptó que nos ayude a recuperar la estética y a aventar lo grotesco y desconcertante.

Francisco Sosa Wagner es catedrático y eurodiputado por UPyD. Su último libro (con Mercedes Fuertes) se titula Bancarrota del Estado y Europa como contexto (2011, Marcial Pons).