10 noviembre, 2013

A carcajadas. Por Francisco Sosa Wagner



Nos cuentan ahora sabios neurobiólogos que circulan por el mundo que “sonreír es un gesto universal que aporta múltiples beneficios y que puede ayudar a proteger la salud física y mental”.

Cuidado con estas afirmaciones científicas. La sonrisa y la risa son parientes muy próximos pero, si nos ponemos serios y pensamos sobre ambas, pronto llegaremos a la conclusión de que se trata las más de las veces de expresiones corporales sencillamente antitéticas.

Porque la risa es una ostentación de contento, de que algo ha hecho gracia y ha desatado en nosotros regocijo, el júbilo que nos trae una ocurrencia inteligente o una observación plena que nace en los hondones de la sensibilidad humorística. Se la llama también risotada o carcajada cuando se produce de forma ruidosa y aparatosa. Mi criterio es que no hay diferencias objetivas entre ellas, sí las hay subjetivas pues es el agente reidor quien confiere a su manifestación la cualidad de risa o de risotada, un aumentativo que no altera la sustancia de lo que estamos analizando.

Es verdad que existe también la risa sardónica pero ello se debe a que siempre, aun en las manifestaciones festivas más levantadas, hay un aguafiestas que simboliza su rencor apropiándose con malas artes de signos ajenos. El que ríe sardónicamente es simplemente un ladrón de risas, un violador de la ingenuidad.

La sonrisa es otra cosa bien distinta. Porque así como la risa es de interpretación sencilla y espontánea, la sonrisa es lo más enigmático del mundo y ahí está la Gioconda, quieta, contemplativa, desconfiada y misteriosa desde hace siglos en el museo del Louvre como testimonio definitivo de lo que vengo sosteniendo. Y es que si la risa libera a quien la emite y también distiende a quien la oye, la sonrisa, por ese su ser anfibológico y oscuro, propende a embarazar, a cohibir, a crear ondas concéntricas de arcanos. 

Quien se ríe transmite sin más alborozo; quien sonríe, al asperjar ambigüedad a su alrededor, emite mensajes de desasosiego. Quien ríe genera confianza, quien simplemente sonríe se disfraza de esfinge mitológica y remota, aquella que cantaba sus enigmas. Cuando estoy de buen humor y riéndome para mis adentros, pienso que quizás la sonrisa es la forma de llorar que tienen las personas afables y a las que no les gusta molestar. Adviértase además que, cuando la sonrisa es inofensiva, entonces surge la sonrisa profesional, la del artista, la del hombre público, la del vendedor: un alarde de fingimiento y de doblez.

En fin, la prueba de todo lo que torpemente vengo describiendo es que uno se mea de risa, revienta de risa, se parte, se troncha y hasta se muere de risa pero nadie llega hasta esas explosiones por una sonrisa.

La sonrisa tiene a lo más aroma a confidencia y se asemeja a un volar fugitivo de susurros. La risa tiene la color gallarda y subyuga cuando estalla en la boca de esa mujer henchida de armonías.  

06 noviembre, 2013

¿Qué significa tener un derecho? ¿Hay derechos morales?



            La expresión la oímos a diario: los estudiantes tienen derecho a la educación gratuita, los viejos tienen derecho a una atención personalizada, el pueblo tal tiene derecho a decidir, los que caminan por las aceras tienen derecho a que los coches no los salpiquen si hay charcos en la calle, los pastores tienen derecho a que los lobos no les coman las ovejas, los que viven a la orilla del río tienen derecho a que se les haga un muro para la contención de las inundaciones... Hoy en día ya casi nunca decimos “me gustaría que...”, “me parecería muy justo que...”, “tengo la aspiración a...”, “deberían reconocerme esto o lo otro”, sino que todas estas expresiones las reemplazamos por un “tengo derecho a”.

            Diríase que tener derechos es buena cosa y líbrennos los dioses de que nos los quiten todos, pero en este tiempo la sobredosis retórica de derechos amenaza con dejarlos todos en papel mojado. Tener derecho a todo viene a ser como no tenerlo a nada. Hacer efectivos los derechos, del modo que sea, tiene unos costes y acarrea unos sacrificios sociales. Si han de ser efectivos todos y cada uno de los que nos ocurran, los costes resultarán insoportables y se restará de todos y cualesquiera derechos por igual, los importantes y los banales, los fundados y los que se inventan a humo de pajas o para ganarse unos votos o unas copichuelas.

            Los derechos cuestan, tienen costes. Cuando se trata de un derecho de libertad, el coste es para los demás, que han de respetar la esfera protegida por mi derecho. Que yo tenga derecho a la inviolabilidad de mi domicilio implica que a los demás les está restringida su libertad deambulatoria, concretamente en lo referido a entrar en mi casa sin mi permiso; que yo tenga derecho a expresarme libremente supone que no está permitido a los otros, especialmente al poder público, censurar mis expresiones o sancionarme por ellas. Cuando son derechos de carácter prestacional, los costes son directamente económicos, pues alguien estará obligado a brindarme eso que es mi derecho y a pagar por ello. Si yo tengo derecho a una pensión de jubilación, deberá la Seguridad Social hacerme esa aportación económica; y a la Seguridad Social el dinero no le cae del cielo. Si tengo derecho a una educación pública gratuita, será gratuita para mí a cambio de que el erario público pague sus costes, y cuando decimos el erario público, decimos mis conciudadanos. Hablar de mis derechos, en suma, es hablar de costes de algún tipo para otros, y hablar de derechos de los otros acarrea asumir costes de algún género para alguien, tal vez para mí también. Lo que yo haya de recibir alguien me lo estará dando de lo suyo y en lo que mi libertad se extienda en algo estará poniendo un límite a la libertad ajena. La reclamación de derechos, especialmente de los de contenido económico, muchas veces bien justificada, debería ir acompañada de un memorandum en el que se indicara por qué consideramos que otros o los demás deben pagarnos eso.

            Pero en el actual lenguaje de los derechos la expresión “tener derecho” padece una ambigüedad grande. Decimos “derecho” en un doble sentido y tendemos a confundir esos dos sentidos. En su acepción más estricta, un derecho sólo se tiene cuando hay una norma de Derecho, una norma jurídica, que reconoce u otorga esa posición. Por ejemplo, en ese sentido tienen las mujeres en España un derecho a la interrupción voluntaria de su embarazo, al aborto voluntario, dentro de un determinado plazo legalmente marcado. Esos son los derechos jurídicos, los derechos que dependen del Derecho. Dentro de cada sistema jurídico los ciudadanos tienen aquellos derechos que corresponden a lo que las normas de ese concreto sistema les permiten hacer o no hacer o les facultan pare obtener o recibir. Si en el sistema jurídico de un Estado X a las mujeres les está prohibido el aborto voluntario, las ciudadanas de ese Estado no tienen en él un derecho jurídico al aborto voluntario.

            En la jerga política y social se ha metido con gran fuerza una segunda acepción de derecho, correspondiente a la idea de derecho moral. Hay ahí problemas terminológicos en los que tal vez no vale la pena pararse. El problema proviene de que, así como en el lenguaje jurídico el término “derecho” (como derecho subjetivo) está asentado como descriptivo de la posición del que tiene un interés o posición ventajosa asignada o reconocida por una norma jurídica, no hay un equivalente expresivo en el lenguaje moral. Cuando en los artículos 662 y siguientes del Código Civil se establece quiénes pueden hacer testamento, decimos con toda naturalidad que se está atribuyendo a esos sujetos un derecho a hacer testamento. Pero cuando formulamos la norma moral de que no se debe mentir, no solemos explicarlo diciendo que tenemos un derecho a que no nos mientan. Seguramente la causa de ese curioso fenómeno está en que tradicionalmente el lenguaje moral ha sido nada más que el lenguaje de los deberes, en que la moral se ha orientado a estipular lo que cada uno debe hacer o no hacer. Por mucho que se hable de la moral de la alteridad o de cosas por el estilo, el destinatario de la norma moral ha sido el individuo cuyas alternativas de conducta se quería limitar, no el beneficiario de esas limitaciones. Se habrá dicho millones de veces que los padres tienen el deber moral de cuidar de sus hijos y alimentarlos, pero casi nunca que los hijos tenían el “derecho” (moral) de ser cuidados y alimentados por sus padres. En lo moral, la expectativa o el interés de la parte beneficiaria de la obligación iba de suyo y no era el beneficiario el sujeto de la norma. De hecho, y todavía hoy, si decimos que los hijos tienen derecho al cuidado de sus padres seguramente estaremos dando ya un sentido jurídico a la expresión y, correspondientemente, a la idea de ese derecho.

            Con todo y sea como sea, en nuestra época se da un fenómeno de mutua contaminación del lenguaje jurídico y moral y de los conceptos jurídicos y morales. No sólo se ha moralizado el Derecho y sus modos de expresión, también se ha juridificado el lenguaje moral. Y eso es lo que ha llevado a la extrema equivocidad actual de la expresión “tener derecho a...”. Posiblemente la mayoría de las veces que hoy oímos a alguien decir que “X tiene derecho a...” o que “los XX tienen derecho a...” no se está dando expresión a derechos jurídicos, sino a otra cosa, a lo que va haciendo falta llamar derechos morales, a falta de mejor y menos equívoca manera de expresarse.

            Intentemos una definición elemental y provisional. Un derecho moral sería aquel interés o aquella posición de ventaja o beneficio que tiene el respaldo o el fundamento en una norma moral. Así como el estatuto jurídico de una persona viene constituido por las obligaciones jurídicas y derechos jurídicos que el sistema jurídico le asigna, el estatuto moral de una persona quedaría constituido por los deberes morales y los derechos morales que el sistema moral (o un sistema moral) le asigna. Yo, aquí y ahora, tengo una obligación jurídica de no torturar o otros ciudadanos y un derecho jurídico a no ser torturado por otros ciudadanos. Y puedo decir que, con arreglo a mi sistema moral o al sistema de moral positiva dominante, tengo el deber moral de no torturar a otros y el derecho moral de no ser torturado por otros.

            Ese cuadro conceptual y expresivo no tiene mayores inconvenientes. Los problemas aparecen cuando el derecho moral es invocado con pretensiones de ser, por sí y sin más, un derecho jurídico. Yo puedo decir que tengo un derecho a X (en el entendido de que hablo de lo que en principio es un derecho moral) con diverso propósito. Trabajemos con un ejemplo. Puedo afirmar que tengo derecho a que el panadero me venda el pan a mitad de precio si yo estoy en paro y no tengo ingresos. Mi pretensión al enunciar tal derecho moral mío puede ser de uno de estos tres tipos:

            a) Puedo querer decir que el panadero actúa inmoralmente si, hallándome en dicha situación, no me vende el pan con esa rebaja; es decir, que el panadero estaría incumpliendo su deber moral y que merecerá por esa razón el tipo de reproche o sanción que sean propios del incumplimiento de las normas morales.

            b) Puedo querer indicar que el legislador (jurídico) debería hacerse cargo de esa situación de inmoralidad o injusticia y convertir aquel deber moral del panadero en obligación jurídica del panadero y mi derecho moral en derecho jurídico reclamable ante las instituciones jurídicas pertinentes y salvaguardado por ellas. Lo que estoy pidiendo, entonces, es que quien tenga la competencia legislativa correspondiente haga una norma jurídica con el contenido de aquella norma moral que invoco.

            c) Puedo tratar de expresar que por ser ese mi derecho moral es, al tiempo y sin más, un derecho jurídico, de manera que estoy facultado para reclamar su efectividad ante las instituciones a tal efecto dispuestas por el sistema jurídico. En suma, que puedo acudir a los jueces para que apliquen como plenamente jurídica la norma moral que obliga al panadero a hacerme el descuento en el precio del pan.

            En los dos primeros sentidos no hay más problema que el que lleva consigo la equivocidad de la expresión “derecho” en tales tipos de expresiones. Está claro que se habla de derecho moral, en el primer caso para formular un juicio moral y en el segundo para formular un juicio político. El problema teórico o conceptual importante está en el tercer caso, el c). En esa ocasión el hablante puede hallarse en dos tesituras:

            (i) Es un artificio retórico mediante el que se quiere convencer a los jueces para que en sus sentencias decidan en el sentido que interesa.

            (ii) Se denota una concepción del Derecho en la que la moral o la justicia forman parte esencial de los sistemas jurídicos, de manera que las normas morales, o al menos algunas de ellas, son al mismo tiempo y por sí normas jurídicas y lo son de rango superior, dentro de los sistemas jurídicos, al de las normas positivas o legisladas. Así puestas las cosas, tendríamos que los derechos morales son también derechos jurídicos. Nos hallaríamos, así, una bipartición de los derechos jurídicos, pues habría derechos puramente jurídicos (aquellos que no tienen correspondencia con un derecho moral) y habría derechos moral-jurídicos, derechos que son jurídicos por ser morales aunque no estén anclados en una norma jurídico-positiva del respectivo sistema jurídico.

            Con este último planteamiento aparecerán varios problemas graves. El primero se refiere a cuál es la moral o el sistema moral que tiene esa capacidad para que sus normas no sólo obliguen al sujeto como obligan las normas morales, sino que también obliguen a todos los ciudadanos del modo que obligan las normas jurídicas, con el respaldo de la coacción estatal y de modo que los jueces deban aplicar esas normas morales como normas de Derecho y hasta con preferencia a las normas jurídico-positivas o legisladas.

            En sistemas jurídico-constitucionales como los que actualmente tenemos, en los que están reconocidos y protegidos el pluralismo moral y la libertad de creencias de los ciudadanos, no tiene mucho sentido o encaje defender que hay una moral única o sólo una moral verdadera o una moral preferente que colectivamente tenga que ser impuesta. Podría argumentarse que se trata del mínimo común compartido por los diversos sistemas morales en la sociedad vigentes, pero ese mínimo moral común, si es que lo hay, muy difícilmente va a aportar normas capaces de dirimir los conflictos sociales que dan pie a los llamados casos jurídicamente difíciles y moralmente discutibles. En materias como el aborto, la eutanasia, los límites del mercado y la regulación de las relaciones económicas o, en general, la distribución de beneficios y costes sociales, no hay unas pautas morales generalmente o muy mayoritariamente compartidas en nuestra sociedad. Dar prioridad a una determinada concepción moral para hacer valer como jurídicas sus soluciones de esos casos equivale a discriminar a los ciudadanos que no comparten tales creencias morales y que tienen constitucionalmente reconocido un derecho igual a la libertad de creencias y a la defensa de las mismas por vía política. En una constitución que reconozca el pluralismo de creencias, por definición no puede haber una moral de fondo o moral densa que obligue como moral constitucional o constitucionalizada. La única moral constitucionalizada es la que se trasluce en los significados posibles de los enunciados constitucionales, pero esa moral constitucionalizada no es armónica y resolutiva, sino dialéctica o en tensión y, además, reconduce al poder decisorio de los órganos constitucionalmente habilitados para sentar normas o dirimir conflictos, incluidos los conflictos interpretativos del texto constitucional.

            El mismo problema nos topamos si, al modo del neoconstitucionalismo, pretendemos que se trata del mínimo moral constitucionalizado, incluido en el catálogo de valores, principios y derechos expresamente recogido en enunciados constitucionales, como cuando la Constitución Española dice en su artículo 1 que la justicia es valor superior del ordenamiento jurídico. En lo que los valores constitucionales coinciden o se solapan con las preferencias morales diversas de los ciudadanos, esos valores carecen de capacidad resolutiva de los casos difíciles, pues los casos difíciles son precisamente aquellos que, Constitución en mano y a tenor de los valores, principios y derechos constitucionales, no admiten una solución única, sino dos por lo menos, ambas con idéntico fundamento constitucional. Ya hablemos, por ejemplo, de aborto, de eutanasia, de medidas de acción afirmativa o de cualesquiera conflictos entre derechos fundamentales o entre derechos de libertad y derechos sociales o entre derechos individuales y derechos colectivos o entre derechos de libertad y directrices de acción estatal, en la misma Constitución vamos a hallar argumentos perfectamente válidos en favor de cualquiera de las opciones en pugna. Del hecho de que, como subrayan los neoconstitucionalistas, las Constituciones actuales estén preñadas de enunciados de contenido moral y de referencias a valores y principios morales no se sigue en modo alguno la capacidad resolutiva de tales pautas morales, precisamente porque ésas que las Constituciones recogen están entre sí en insoluble tensión y con contenidos que entre sí se contradicen. La moralidad constitucional es dialéctica y contradictoria, las Constituciones incluyen elementos morales difícilmente conciliables, debido a que estas Constituciones buscan el consenso de ciudadanos con visiones de la vida, del bien y de la sociedad justa perfectamente heterogéneas, pero igualmente legítimas, si el pluralismo es tomado en serio. De ahí  que las mismas Constituciones indiquen la salida para el conflicto moral: que sea ley nada más que lo que determine democráticamente y en el proceso político la mayoría, con respeto a las minorías y salvando ciertas esferas de intangibilidad de los individuos. La moral de la mayoría ya está en la ley y la imposición de una moral minoritaria por vía contramayoritaria es flagrante contradicción de la soberanía popular. Naturalmente que cabe la disconformidad social con los contenidos de la ley democrática, pero en la Constitución está claramente marcado el camino: la acción política de los ciudadanos y el ejercicio de los derechos políticos como cauce para modificar la ley tenida por inmoral o injusta.

            Dejemos de lado el problema anterior y veamos uno más. Si asumimos que los derechos morales son también derechos jurídicos, habremos de tener alguna pauta o metro para conocer cuáles derechos morales son derechos jurídicos. Pongamos que yo, en lo moral, me guío por un conjunto de normas morales que forman mi sistema moral, que seguramente será compartido por otra serie de ciudadanos con una concepción de la vida y del bien similar a la mía. A ese conjunto de normas de mi moral y de la de los de mi tendencia lo llamamos SM1. Acabamos de ver que otros ciudadanos pueden acogerse a otros sistemas morales SM2...SMn y que la dificultad se hallaba en determinar cuál de ellos ha de valer simultáneamente como productor de normas que por ser morales son, sin más, jurídicas. Ahora hablamos de otra cosa, del problema de cuáles de las normas de mi sistema moral SM1 puedo yo pretender que rijan para todo el país como normas al mismo tiempo jurídicas y que como tales sean impuestas y aplicadas por los jueces.

            Naturalmente, yo comenzaré por entender que el sistema moral mío es el que contiene las normas de la moral verdadera u objetivamente correcta, mientras que los otros sistemas morales lo son de la moral errada. Todo el que mantiene que la moral es parte del Derecho ha de partir de que es la moral correcta o verdadera la que tiene tal función, y jamás encontraremos a nadie que al mismo tiempo afirme que las normas morales son también Derecho, pero que lo son las normas morales de un sistema moral ajeno, no las del suyo, pues el suyo es un sistema de moral errónea o falsa. Pero entonces tendremos que preguntarnos qué normas morales va a aplicar un juez que acepte que las normas morales son jurídicas, y la respuesta es clara: las suyas, las de su moral personal, que tendrá por la moral verdadera y correcta. Para que un juez aplique como Derecho las normas de mi moral tendría yo que haberlo convencido previamente de dos cosas interrelacionadas: que la moral correcta es la moral mía y que la moral suya, la del juez, es errónea.

            Pero estábamos con la cuestión de cuáles normas morales de mi sistema SM1 puedo yo pretender que a la vez sean jurídicas y operen como jurídicas. Supóngase que una norma de SM1 dice que es inmoral que los hijos sean educados por personas distintas de sus padres y que lo moralmente exigible es que los niños no vayan a la escuela y sean formados en casa. ¿Puedo aspirar a que ese derecho moral mío a ser el único que eduque a mis hijos obre para la comunidad como derecho jurídico? ¿Derecho nada más que mío? ¿Derecho de todos los que compartan esa convicción moral? Responderán a esto muchos iusmoralistas que no, que no puede ser jurídico cualquier derecho moral, sino que nada más que son derechos morales y moral-jurídicos los emanados de las normas de la moral correcta. ¿Pero por qué no es correcta esa moral mía? Tal vez se me conceda que de acuerdo, que prescindamos de la idea fuerte de corrección moral y que sea reconocido ese derecho moral que invoco. Pero entonces caemos en una auténtica pendiente resbaladiza, ya que si se me reconoce a mí ese derecho moral como derecho moral-jurídico, prescindiendo de la idea de corrección moral, habrá también que reconocer cualesquiera otros de otras personas, o una infinidad de ellos, incluso derechos perfectamente contradictorios e incompatibles entre sí.

            En caso de que, para salvar esos inconvenientes, se diga que nada más que pueden contar como derechos moral-jurídicos aquellos derechos morales que tengan cierta propiedad o señal peculiar, arribaremos a la definitiva paradoja: estaremos negando la idea de derechos morales que de mano afirmábamos, estaremos juridificando los derechos morales y acabamos en la postura opuesta: puesto que los derechos morales son derechos jurídicos, nada más que pueden ser derechos morales los que puedan ser jurídicos, a tenor de la “regla maestra” o pauta de reconocimiento de la juridicidad que hayamos establecido. Por ese camino juridificamos la moral a base de llamar Derecho únicamente a la moral nuestra y de negar a los otros no sólo sus derechos morales en cuanto derechos morales, sino de negarles incluso la condición propiamente moral de su moral.
           

Intensa actividad en las universidades españolas

Sí hay consuelo, aunque sea el de tontos. 
Este correo electrónico que copio ha sido distribuido entre el personal docente e investigador de una universidad pública madrileña. Es lo que hay.
Dice así:
"La Comisión Promotora del Club de Bridge de la UAM anuncia el comienzo de las actividades del club, incluyendo la impartición de un curso de iniciación al bridge destinado a los miembros de todos los estamentos de la comunidad universitaria interesados en la práctica del mismo.
El bridge es un juego de cartas que está considerado junto con el ajedrez y algunos otros como uno de los deportes de la mente, estando reconocido como deporte por el Comité Olímpico Internacional y por la Federación Internacional de Deportes Universitarios. Es un juego único que se puede jugar a lo largo de toda la vida bien sea como un simple pasatiempo, normalmente en un club como el que estamos constituyendo en la UAM, o como una actividad de competición, en la que España tiene jugadores de muy alto nivel algunos de los cuales han sido campeones de Europa. En España, a diferencia de otros países de nuestro entorno, no hay una gran tradición bridgística universitaria.
El curso de iniciación al bridge, que será la primera iniciativa del club, se impartirá a partir de la segunda semana de noviembre durante dos horas semanales en horario de tarde a determinar y se desarrollará durante el resto del curso académico. Las clases se impartirán en un local de la Escuela Politécnica Superior de la UAM. El curso, de nivel introductorio, está dirigido a todos quienes deseen poder disfrutar del bridge, con la posibilidad de constituir en el futuro un equipo de la universidad que participe en los torneos oficiales por equipos de Madrid y en otros de ámbito universitario. Los participantes en las clases deberán pagar una cuota de inscripción y otra cuota mensual, ambas muy reducidas, que cubrirán los escasos gastos de material. La junta del club, que se constituirá antes del comienzo del curso, establecerá las condiciones concretas y fijará condiciones económicas especiales para los estudiantes que se inscriban en el curso".

05 noviembre, 2013

Tú también haces el payaso

El Consejo de Gobierno de la Universidad de León, que es la que me paga, aprobó en su sesión del pasado 31 de octubre una serie de cursos de extensión universitaria y talleres de variada temática. Por ejemplo, hay un taller de acuarela y uno de fotografía de cámara, que supongo que se llamará así para diferenciarlo del de fotografía con teléfono móvil. Pero a mí el que me hechiza y me depila es el taller titulado "Tú también eres un clown. Nivel 1. Iniciación".
Se lo voy a soltar de esa manera al rector o al primer vicerrector que se cruce en mi camino de cabras o que me encuentre en el Mercadona mangando unos yogures: oye, tú también eres un clown, pero has superado hace tiempo el nivel de iniciación. Digo yo que no les parecerá mal.
¿Para cuando un taller sobre rascado de escroto con uña postiza? ¿Y un cursito sobre pelusillas bajo el sofá, nivel básico? ¿Qué tal unas jornadas sobre apertura de tetrabrik sin herirse el pezón? ¿Y si complementáramos el taller de los payasos con otro que se titule "Tu madre sí que parecía tonta. Nivel avanzado"?
 Hay tanto que estudiar, es tan inagotable la ciencia moderna...

04 noviembre, 2013

Propaganda real



                He pasado un par de días en Asturias y algo alejado de mis rutinas y mis labores habituales. Entre las novedades de estos días, la de que comíamos cerca de la televisión y con ella prendida. A la segunda o tercera, mi mujer empezó a decir si no convendría más desconectarla, visto el humor de que me ponía. La intención era ver el telediario, ya puestos, pero he comprobado que, en La 1, a los noticiarios antecede, a mediodía y por la noche, un programa en el que se habla de noviazgos y ligues de modelos, futbolistas, actores y actrices e hijos de famosos con cuento. Por ejemplo, yo ignoraba, tonto de mí, que la Preysler sigue en el candelero y que sus hijas comparten su fama por ósmosis. Bueno, pensé, es la versión contemporánea del Nodo, para mayor gloria de este régimen, como antaño del otro. Pero todavía no había captado hasta qué punto el régimen echa mano los viejos trucos propagandísticos.
                Dos días, dos, y en el informativo central de la jornada se glosaron asuntos importantísimos de la Casa Real. El viernes se cumplían diez años desde que el Príncipe de Asturias y su actual señora comunicaron públicamente su compromiso matrimonial. Importantísima efemérides, noticia donde las haya. El sábado cumplía años la Reina. O tal vez era al revés. Da igual. Idílico todo. Qué es la crisis ante tan excelsas conmemoraciones, para qué extenderse sobre los problemas del espionaje obamiano y sobre cómo quedan hechos unos zorros varios derechos fundamentales de los ciudadanos. Se extienden los medios públicos sobre lo que importa al pueblo y para el pueblo, la sin par pareja principesca y el paso del tiempo sobre una Reina reinante.
                Nada, ni alusión a los manejos económicos del Rey, tampoco una concesión al cotilleo y los cuernecillos, ya que se glosaba el real matrimonio, intencionado olvido de las delictivas andanzas del yernísimo y de la suerte judicial de su amante esposa, a la que defienden los fiscales haciéndonos ver que es tonta y no se enteraba de que las perras no les llueven mágicamente a los de sangre azul y coronada. No, felicidad doméstica a raudales, inmaculado desempeño borbónico, suerte de un pueblo con Jefatura de Estado hereditaria y tragaderas que para sí hubiera querido la mítica Linda Lovelace, alias Garganta Profunda. También una gran profesional en lo suyo, por cierto.
                Lo bueno es que ni en el fondo ni en la forma había diferencias visibles entre esos reportajes sobre los de nuestra monarquía y los anteriores, referidos a actrices en celo, cantantes inaugurando casa o modelos viviendo de vender exclusivas banales. Todo muy mono, dicha entre celofanes, esplendor con cascabeles, sonrisas quirúrgicas y milagros de la dieta.
                Pero no estoy tan convencido de que estas muy ordinarias tácticas de relegitimación en realidad no deslegitimen. Cuando se prescinde del designio divino y se equipara la imagen de las reales personas a las de cualquier vil descerebrado que vive del cuerpo y del cuento, el pueblo puede acabar preguntándose por qué no reina Nacho Vidal, si humanos son los atributos que se exhiben y si la magia del cargo por entero la prestan modistos o cirujanos plásticos. Si la sangre real ya no es azul, sino trasfundida desde la Casa de la Moneda y Timbre y si toda la impronta de tronos y troníos la prestan los bancos suizos, si los matrimonios monárquicos ya no se tejen en acuerdos palaciegos, sino que se apañan en noches de copas y amigotes, si las bestias ya no se rinden, mansas, ante las armas reales, sino que hasta las princesas alemanas de pega huyen cuando hay tormenta, a cualquier menesteroso de a pie se le ocurrirá que tiene él un hijo que valdría para rey y que a ver por qué no va a ser coronada su prole entre arrobo de fiscales y con clímax de telediarios. Una monarquía sin trascendencia y de catálogo, con sus miembros y miembras luciendo entre la farándula en horas de audiencia adormilada, es una monarquía con el misterio cercenado y a merced de los elementos y de los cambios de humor de la gente. Puestos a seducir por lo profesional, Isabel Preysler tiene mejores dotes; dados a las contiendas conyugales, no le harán sombra a Pimpinela; retirados al silencio y la muda frialdad de los palacios, no estarán jamás a la altura de Rajoy; si a la aúrea poltrona se llega por carambola y sin particular seso, Zapatero podría reinar y sus hijas heredar un trono de góticos ribetes.

31 octubre, 2013

Varas de medir



            Quien pudiera y supiera debería estudiar reposadamente por qué una sociedad tan anómica clama de esta manera por justicia y contundencia de los jueces. Es como si los equipos de fútbol que todo el día anduvieran amañando partidos y entrenando patadas para lesionar a los contrarios se pusieran a gritar que aquí hacen falta árbitros rigurosos y una Federación muy seria. Primero con las actitudes muy extendidas se convierte en fosfatina el reglamento y después nos quejamos de que sus aplicadores no persigan a los malos. Los malos que, naturalmente, son los otros. Y, para mayor inconsecuencia, con la presión sobre los jueces lo que estamos poniendo en solfa son las garantías de todo justiciable; o sea, las nuestras, si se tercia o cuando se tercie.

            Me viene la pequeña reflexión a cuento de lo siguiente. Amigos que mucho estimo y que tengo por ejemplarmente honestos se me han mostrado compungidos y perplejos por causa de una sentencia en el caso que paso a recordar sumariamente. Se acordarán muchos aquel escándalo en la Universidad de Vigo, cuando se descubrió que un grupo de profesores había plagiado (o copiado, o como se quiera decir) un buen trozo de un artículo científico. Lo que se supo fue que publicaron como original y suyo un trabajo en el que al pie de la letra se “fusilaban” unos buenos fragmentos esenciales de una publicación anterior de un grupo de investigadores chinos. La dirección de la revista montó en cólera y el asunto fue recogido en la prensa española y alemana y bastante comentado en los ambientes académicos de nuestro país. El plagio por estos lares está a la orden del día, bien lo sabemos, por desgracia.

            En aquella Universidad, la de Vigo, se crearon comisiones para investigar el suceso y ver si cabían sanciones o medidas de algún tipo. Se concluyó que no había ilicitud ninguna en dichos comportamientos y que, a lo más, había habido descuido y defectuosa praxis, falta de cuidado o negligencia de algún becario o similar, pero plagio no y nada que mereciera castigo o reproche serio. Durante ese tiempo los autores del hecho no sólo siguieron en sus puestos y labores, sino que hasta ascendieron y fueron haciéndose con puestos de mayor responsabilidad académica. Es más, al mismo grupo la Xunta de Galicia le concedió una jugosa financiación como grupo investigador de excelencia. Quienes protestaban por todo eso recibían reproches y acusaciones de obrar mala fe.

            Estando el tema todavía en el candelero, uno de aquellos investigadores y destacado firmante del problemático artículo fue seleccionado para recibir premio extraordinario de doctorado de la Universidad de Vigo. La comisión que había otorgado dicho premio alegó que se había limitado a aplicar los baremos y criterios formalmente vigentes al efecto. Con esto creció el escándalo y, a ultimísima hora, en supremo órgano de gobierno colectivo de esa Universidad votó que se retirase dicho premio, premio que al fin no se le entregó al profesor de marras. Éste recurrió a los tribunales y acaba de salir lasentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que le da la razón. Lo que, al parecer, dicha sentencia recuerda es que entre los criterios que el baremo correspondiente incluye no hay ninguno que permita negar el premio por “mala praxis”. En otras palabras, y según entiendo, que si el profesor cuenta con los méritos que formalmente le han sido reconocidos y no retirados y si no ha sido objeto de sanción ninguna, el que ahora la Universidad se escandalice no puede ser motivo jurídicamente válido para negarle la mencionada distinción. También cabría decir que no parece de recibo que vaya la Universidad contra sus propios actos, pues fue el propio Consejo de Gobierno el que se negó a ver ilicitud en aquella conducta anterior.

            Aun con mi indignación previa por el tema de fondo, lo que trato de indicar es que tiene muy poco sentido descargar en los jueces las responsabilidades de otros y pretender que los jueces respalden una sanción simbólica que, amén de muy dudosamente legal (esto es lo que el Tribunal resalta) sirve para dejar las cosas capitales como estaban, pero dando la impresión de que algo se ha solucionado.

            El Tribunal no estaba resolviendo si hubo plagio o no, y con ello atentado contra la propiedad intelectual. Tampoco le correspondía al Tribunal dirimir la posible disputa sobre la honestidad académica y científica de los implicados en el plagio aquel. La sentencia dice que no fue conforme a Derecho la retirada del premio de doctorado concedido por la comisión competente y en aplicación del baremo establecido. En un baremo tal ni estaba ni puede estar el criterio de ser buena gente o un poco pirata. Así que a buenas horas, mangas verdes, o a burro vivo, la cebada en el pesebre.

            Yendo la fondo del caso y al margen de consideraciones legales y garantías procesales, es evidente que la Universidad como institución, su autoridad y sus órganos de gobierno no habían puesto ningún interés ni en que el plagio se investigara a fondo ni en que se calificaran con objetividad los hechos ni en que sancionara a los culpables académicamente y jurídicamente, si culpa habían tenido. Y ahí es donde le duele. No cabe rasgarse las vestiduras porque los jueces no enmienden el entuerto por la Universidad tolerado y al que la propia Universidad trató de echar tierra encima. Porque si hubiera habido ilicitud y culpa, las medidas a tomar no pueden consistir en retirarle extemporáneamente el premio de doctorado a aquel profesor. Eso viene a ser (salvando las distancias que haya que salvar) como si al homicida le decimos que tranquilo, que no fue él o no queremos condenarlo ni que se vea en juicio el homicidio, pero luego lo expulsamos del club de tiro o le quitamos la medalla de buen tirador. ¿Por homicida? ¡Pero si nosotros mismos hemos dicho que lo suyo no fue homicidio ni nada y que es un bendito de Dios!

            Es la tónica general del país. Aquí cualquiera hace sus tropelías y los colegas, los compañeros y las instituciones miran para otro lado o, incluso, le echan un capote y lapidan al mensajero o al que denuncia, al grito de que los trapos sucios se lavan en casa o de que tire la primera piedra el que esté exento de falta. Somos en ese corporativos y solidarios con el truhán. Eso sí, cuando los jueces absuelven al mismo al que nosotros hemos protegido y amparado, nos quejamos de los jueces y de cómo está la Justicia.

            Las mil y una corrupciones se acabarían desde el instante mismo en que los compañeros dieran la espalda al malandrín, cuando dejaran de reírle las gracias o de buscarle atenuantes caseros, cuando dejaran de calcular mezquinamente si les conviene estar a bien con el que saben deshonesto. Y, por supuesto, cuando cualquier rector, por volver al ejemplo universitario, estuviera seguro de que tapar al que no es honrado no le dará votos, sino que se los quitará. Pero es exactamente al revés, ya se sea rector, alcalde o presidente de Comunidad Autónoma o del Gobierno de la Nación, los votos no merman, sino que engordan cuando la autoridad se pone de parte del pícaro o el ladronzuelo. Y eso, ay, no muestra la maldad de las autoridades, tampoco la de los jueces en ocasiones como ésta. Lo que queda retratado es nuestra propia inanidad, la miseria moral de los que se identifican con el pillo y le dan palmaditas en la espalda y le reiteran su simpatía, de los pescadores de río revuelto que hacen esos favores para recibir algo a cambio, de los que se suman a la masa amorfa que vilipendia al que denuncia, de los mierdecillas que opinan que hay que lavar en casa esos trapos sucios para que nada suceda y ningún descrédito salpique a todos.
            Y los peores, los indudablemente peores, son los de la mayoría silenciosa; aunque ahora critiquen un poco y por lo bajinis a los jueces. Al fin y al cabo, los dichosos jueces no son de los nuestros y, ya puestos a cargar con culpas, quién mejor que ellos. Nosotros, el resto, tan tranquilos con nuestras clasecitas y nuestro cafelito y a ver si me nombran un día de esto director de algo o presidente de una comisión de cualquier cosa. Ratoncitos felices y pululantes, moscas que siguen a la vaca para ver cuándo les regala una boñiga suculenta.

28 octubre, 2013

El color con que se mira



                Estoy muy tranquilo y muy contento porque dependía de un presidente negro, de Obama, espionaje masivo a los líderes políticos y los Estados de medio mundo que se dirigía desde la Casa Blanca. Pero lo de negro es lo de menos, no somos racistas. Lo importante es que se trata de un presidente demócrata y progresista a carta cabal. Igual que lo de Guantánamo, que no se ha cerrado, pese a la promesa en la primera campaña de Obama, pero ahora es muy distinto y debe de ser que ya casi no se abusa allí de los presos y sus derechos, puesto que casi nunca hablamos ya de eso ni nos escandalizamos ni nada.
                Además, vamos sabiendo que una de las muy espiadas, con sus teléfonos intervenidos día a día y con informes directos a Obama, era Angela Merkel, y ya se sabe que Ángela Merkel es más mala que un demonio. Cuando acabemos de descubrir que también se le intervenían por la espalda las conversaciones a Zapatero, en tiempos de Obama al mando, nos dará un poco más de rabia, pero seguro que era por si un día a Zapatero lo llamaban los del PP con alguna añagaza y había que tomar medidas para evitar la propagación del mal. Y lo que se habrán reído con Zapatero, eso tampoco lo perdamos de vista y tendremos un espionaje simpático y con buen humor.
                Con Bush fue o habría sido muy distinto, pero Obama hace esas cosas por nuestro bien. No vamos a andar clamando contra Obama ni a poner sobre el tapete los derechos humanos, eso no, ya que si no los defiende Obama, a ver quién los va a defender. Por eso le dieron el Nobel de la paz antes de que pudiera decir esta escucha es mía o de que ordenara matar por la brava a Bin Laden y todo eso. Era mejor darle por adelantado el premio de pacifista porque así luego ya no te arrepientes ni protestas, achantas para no ir contra tus propios actos y porque en el fondo es buen tío aunque las haga pardas y de a kilo.
                Bien mirado, a lo mejor el mundo no se divide en buenos y malos, y acabamos admitiendo que malos son todos. Eso nos fuerza a alterar la clasificación, a hacerla más exacta. El mundo se reparte en malos y peores, y con Obama tenemos suerte, porque por muy mal que se porte con los humanos y sus derechos, siempre será lo mejor de lo malo, que viene a ser como lo peor de lo bueno. O sea, lo horripilante siempre será lo peor de lo malo, que son los otros, los que no son de los nuestros los que violan propiamente los derechos humanos, que no son los nuestros, quiá.
                Cada día me chiflan más los progres. No digo los progresistas, que ahí habrá de todo. Me refiero a los progres. Progre es el que jamás juzga una acción sin averiguar quién fue su autor. Por si acaso y no vayamos a pisarnos el juanete entre los más fetén o a meternos codazos los gorditos. Es juicio político de autor, pero con dos caras, bipolares con parka, al enemigo ni agua y para el afín lo que haga falta. Justicia de andar por casa, sin venda, pero guiñando un ojo y hoy por ti, mañana por mí.
                ¿Qué unos opositores al régimen mueren en un sospechoso accidente de tráfico? Quieto parao, miremos dónde ocurrió el suceso. ¿En Cuba? Accidente desgraciadísimo, no hay más vueltas que darle. ¿Y si hubiera sido en una democracia un poco derechosa? Ah, entonces urge organizar unas comisiones de investigación y que vayan unas organizaciones de derechos humanos a averiguar qué pasó y ya de camino que se cisquen en la madre del gobierno mismo. Sépase que hay opositores a las dictaduras que son tan malos, tan malos, que son peores que las dictaduras mismas. Más todavía, algunas dictaduras tienen opositores tan malvados, que las hacen buenas y no puedes decir nada en contra de la dictadura misma porque favoreces a unos demócratas que no son democráticos ni nada. Por ejemplo, seguro que a la oposición cubana la maneja el imperialismo estadounidense. ¿El mismo que espía las instituciones europeas y los Estados de Derecho europeos? No, para, para, el mismo no, porque si espía Obama, no será por imperialismo, los imperialistas son los espiados.
                Jolín, qué lío. ¿Y si resulta que Obama andaba poniéndole escuchas en el teléfono a Hollande o, un suponer y para verlo más claro, a Cayo Lara? Ay, mi niño, Obama guapo, eso es que los quería llamar y comunicaba y se cruzaron las líneas sin querer. Los buenos nos pegan porque nos quieren, son como mi Manolo, que tiene mal pronto pero buen corazón. Los malos de verdad son los machistas sin sentimientos, los que te maltratan sin cariño.
                Conste que lo entiendo y que vale, pero me siento raro. Llevo días esperando algún mensaje cómplice que me anime a manifestarme ante la embajada de EEUU o aquí mismo, en la plaza del pueblo, y porque siempre recibo mensajes para defender los derechos humanos. Quizá los convocantes habituales no se fían ya del móvil ni del correo electrónico, será por eso. Pero, hombre, es frustrante que no me incite nadie esta temporada para ir a cualquier parte a gritar “Obama, amigo, estamos contigo” o “El pueblo luchando, Obama escuchando” o “Obama, escucha, el pueblo está en la lucha” o “Pía, pía, pía, fascista el que no espía” o “Obama, no te rajes, escucha más mensajes” o “Espía pro nobis” o “Obama, no nos cuelgues” o “Contra la opresión, más intervención” o “El pueblo unido y por Obama intervenido”. De verdad que va siendo hora de darle apoyo a nuestro hombre, no sea que se nos llene todo de imperialismo, abuso y merma de los derechos de los humanos.