17 marzo, 2010

Aquí está la norma de la discriminación retropositiva

Ya tengo en papel y localizada en la red la norma ecuatoriana a la que aludía el post de anteayer. Está en la "Resolución No. 02-61-2009, por la que se aprobaron los reglamentos para el Concurso Público de Oposición y Méritos para la Selección y Designación del Defensor o Defensora del Pueblo; para el Concurso Público de Oposición y Méritos para la selección de las y los Miembros Principales y Suplentes del Tribunal Contencioso Electoral; para el Concurso Público de Oposición y Méritos para la Selección y Designación de la primera Autoridad de la Defensoría Pública General; para el concurso Público de Oposición y Méritos para la Selección de las y los Miembros Principales y Suplentes del Consejo Nacional Electoral; para el Concurso de Oposición y Méritos para la Selección y Designación del Contralor General del Estado; para el Concurso de Oposición y Méritos para la Selección y Designación del Fiscal General del Estado y para el Concurso de Oposición y Méritos para la Selección y Designación de las y los Vocales del Consejo de la Judicatura".

Es el artículo 21, que reza así:

"Art. 21.- Acción Afirmativa.- En la evaluación y calificación de méritos de las y los postulantes se aplicarán las medidas de acción afirmativa que promueven la igualdad real a favor de los titulares de derechos que se encuentran en situación de desigualdad. La calificación atribuida como acción afirmativa se aplicará sin que se exceda la nota máxima del puntaje asignado a la evaluación por méritos. Será máximo de dos puntos y se aplicará a una sola de las siguientes condiciones:

(...)

f. Persona con orientación o identidad sexual pertenecientes al grupo GLBT, acreditado con declaración juramentada o certificado de organizaciones GLBT".

Aclaro que GLBT significa gays, lesbianas, bisexuales y transexuales. Por tanto, en los concursos para los puestos citados en el título de la norma, que son puestos bien relevantes, quien se encuentre en alguno de esos grupos suma dos puntos por su condición de gay, lesbiana, bisexual o transexual. Dicha condición se acredita por declaración jurada o mediante certificado de una organización del subgrupo respectivo que lo reconozca al miembro.

Espectacular.

Es una norma bien curiosa en su conjunto. No prevé discriminación positiva para la mujer (salvo para la mujer lesbiana que, así, cobra ventaja también frente a la mujer no lesbiana). En cambio, me llama la atención para bien el punto "c", a cuyo tenor también corresponden dos puntos por "Pertenecer a los quintiles uno y dos de pobreza, acreditado con certificado del MIES".

Ahora bien, en orden de merecimiento de discriminación positiva, y dado que el máximo de puntos que cabe recibir son dos, se pone en el mismo plano de necesidad y justificación del trato más favorable el ser pobre que el ser gay o lesbiana. Se equipara la discriminación del o la pobre con la discriminación de la lesbiana, pobre o rica. Por tanto, entre, pongamos por caso, una lesbiana rica y una lesbiana pobre hay igualdad de trato formal y no juega la acción afirmativa. ¿Significa esto que queda consagrada jurídicamente la ventaja social de la lesbiana rica sobre la pobre? Sí, creo. Entonces hay acción afirmativa de las lesbianas frente las mujeres heterosexuales, pero no de las lesbianas pobres frente a las lesbianas ricas. ¿O me he liado por completo y, a estas horas y después de este día tan largo, no entiendo nada?

En fin, ahí lo dejo y procuro no complicarme la vida. Yo sólo digo que alguna mujer hetero va a protestar un día de estos, igual que otras veces andan protestando esos dichosos varones machistas.

8 comentarios:

Anónimo dijo...

En las universidades norteamericanas se comentaba que nadie podría ganarle una cátedra a una lesbiana negra, porque los puntos que acumulaba por pertenecer a tres grupos de "affirmative action": mujer, lesbiana y negra.

En estas mismas universidades, sin embargo, la "affirmative action" está reservada a los ciudadanos norteamericanos: si la lesbiana negra no tiene ciudadanía norteamericana, entonces no sirve para llenar los cupos ni de mujeres, ni de lesbianas ni de minorías raciales.

The Jocker dijo...

La verdad para nosotros, o al menos para mi, no constituye sorpresa alguna este tipo de cosas: esto siempre le pasa a nuestros "iluminados" legisladores, ahora llamados asambleístas.
Tengo a disposición material fáctico y jurídico, sobre todo lo último, de más "joyitas" de nuestros legisladores en los últimos 20 años.
Si ud desea profesor lo comparto con ud, que no me extraña q ya lo conozca o se lo hayan comentado en su visita por nuestro querido Ecuador.
Espero poder comunicarme con ud y hablar del asunto. Le pido muy atentamente alguna dirección de correo para contactarlo.

PD: Las "joyitas" incluyen la destitución de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia (Ecuador)en el año 2003. Un total absurdo jurídico .
Entre otras cosas...

Anónimo dijo...

Pues yo creo que las mujeres heteros deben protestar si le quitan la plaza los homosexuales, para eso las mujeres son la mitad de la población.Además a mi me caen fatal los homosexuales, tienen una inteligencia maligna. Dicen que los homosexuales son más inteligentes que los heteros, porque dado que estan en desventaja han tenido que hacerse con unas estrategias de supervivencias que les hacen ser más vivos. No sé que opináis de eso. Además tb se refiere que el turismo hecho por homosexuales es más lucrativo, puesto que ellos tienen un mayor poder adquisitivo. Y basandome en ese último dato, yo no les daría los dos puntos a los homosexuales ni sean lesbianas ni mucho menos homosexuales varones; que ya me hago un lio con la terminología. Las mujeres al poder...!!!y punto.

Jacobo Dopico dijo...

Toño, por favor, ¿podrías colgar todos los criterios de discriminación, para hacer con ellos una suerte de ars combinatoria a ver qué sale?

Jacobo Dopico dijo...

Por cierto: el comentario del Anónimo "Jue Mar 18, 02:28:00 AM" es una joya de Celtiberia Show. Cada frase es de antología.

Querido anfitrión: no sé de dónde nos sacas, de verdad.

Celtiberia Show dijo...

Oh, Jacobo,me dejas en estado de desolación ¿qué no te gusta de mi comentario? Yo que lo hicé respetando la línea que leo por aquí,porque no me discutiras que en estos post se argumenta mucha prehistoria. Era por integrarme un poco,relaciones sociales, ya sabes. celtiberis¿¿? como?

Jacobo Dopico dijo...

Pues éxito total. Entras en la antología, tron.

Eso sí: como el resto me diga que también están con Síndrome de Zelig, me pregunto quién leches está escribiendo lo que piensa de verdad...

Carmen dijo...

Ja, sospecho que pocos puntos se consiguen con esa medida.¿Quién es el guapo que se declara homosexual en una sociedad pelín retrógrada en ese y tantos otros aspectos?
Es posible que sea una resolución trampa para tener identificados a los homosexuales, como un censo del colectivo, vaya.
Juro por Snoopy que soy lesbiana, venga esos dos puntitos...anda queee

Un cordial saludo.