06 diciembre, 2012

La zona gris



                Los profesores de Derecho, o algunos, estamos acostumbrados a explicar que cualquier acción o situación puede ser calificada en términos jurídicos y, por tanto, como jurídicamente lícita o jurídicamente ilícita, razón por la que no existirían espacios vacíos de derecho o libres de derecho. Ahí es donde entran esos entretenidos debates sobre si hay en los sistemas jurídicos modernos una regla de cierre, según la cual todo lo no prohibido está permitido. Depende de lo que entendamos por “prohibido” y, desde luego, se supone que tal cláusula rige en materia penal, y sancionatoria en general, si hacemos caso del principio de legalidad sancionadora. Pues vale, será; o debería ser.

                Los que además calzamos para el lado del positivismo jurídico, somos bastante celosos de la distinción entre ilicitud jurídica e ilicitud moral, porque cada cosa es lo que es y cada sistema normativo determina sus propias calificaciones. Pues estupendo, seamos sutiles y distingamos.

                Pero puede que ya vaya siendo hora de desprenderse un poco de esa lógica binaria y de que empecemos a considerar los grises. No, que no se me alegren tan pronto los amigos iusmoralistas, me voy a quedar en el tema de la calificación jurídica nada más. Pensemos, para ir con un primer ejemplo, en un delito que prescriba al cabo de unos pocos años. ¿Diremos que la conducta que en principio era delictiva se torna lícita con el transcurso de ese plazo de prescripción? Lo cierto es que si nos atenemos a la legalidad formal, al plazo procesal, deberemos reconocer que ya no cabe condena jurídica por el delito prescrito. Pero lo que de materialmente ilícito en sí tuviera la conducta criminal no se sana con la prescripción, no cambia porque ya no quepa el enjuiciamiento formal o la condena. Las normas procesales no alteran los hechos, en lo que tengan de ciertos o en su sustancia real, sólo modifican las posibilidades formales de aplicar la consecuencia jurídica pertinente.

                Deberían legisladores y teóricos ser más conscientes de lo que representa esa que llamo la zona gris. El formalismo es constitutivo de lo jurídico, un elemento esencial que, además, brinda seguridad jurídica, pero un hiperformalista que confunda el dato formal o procesal con el elemento sustantivo es una especie de formalista materializado, una contradicción en los términos, un caso de oscuridad mental, interesada o ingenua. El absuelto por razones procesales, por prescripción del delito o por defecto de tramitación no debería dárselas de inocente inmaculado, ya que solo es formal o jurídicamente no culpable. Si yo maté a alguien no dejo de ser materialmente un homicida porque no quepa condenarme por homicidio.

                Y, por cierto, ¿en qué peculiar limbo jurídico se quedan los derechos y obligaciones concernidos por sentencias que son cosa juzgada pero que no se ejecutan porque quien debería instar esa ejecución o poner los medios para ella no lo hace o porque abiertamente desobedece el que resulta obligado a cambiar de conducta?

                Al agrandamiento un tanto inconveniente de esa zona gris coadyuvan también otros factores, procesales unos y sociales otros. A eso voy. Por ejemplo, si para perseguir judicialmente un ilícito jurídico solo tienen legitimación activa unas pocas personas y, por las razones que sean, renuncian a ejercer sus acciones, se produce una impunidad que puede confundirse con la falta de culpabilidad del autor de la correspondiente tropelía. Algo parecido sucede cuando el juez de turno no aplica la debida diligencia para la investigación del delito o para el desarrollo de los pasos procesales correspondientes. O cuando los fiscales reprimen su celo o se contaminan de temores, complicidades o intereses espurios. Y qué decir de los políticos que por temor a la responsabilidad política se esfuerzan en echar tierra sobre los malos manejos ilegales que puedan haber sucedido en áreas en las que tuvieran alguna responsabilidad. Para librarse ellos de la responsabilidad que les competa acaban obstaculizando la exigencia de las responsabilidades estrictamente jurídicas de los autores, sean esas responsabilidades penales, administrativas o civiles. Bien se ha visto, por enésima vez, en el caso de las jóvenes muertas en la fiesta del Madrid Arena.

                He vuelto a pensar en estas cosas al leer sobre un escándalo en mi tierra asturiana, otro, el de la Fundación Niemeyer.  Qué casualidad, se junta hoy la muerte de Oscar Niemeyer, el gran arquitecto brasileño, y la celebración del día de la Constitución con más pena que gloria y mayor vergüenza que buen ánimo. Resulta que había en la Fundación un director general llamado Natalio Grueso, que, por cierto, fue alumno mío en Oviedo hace un puñado de años. Se destaparon hace un tiempo los oscuros manejos económicos de la Fundación y sus directivos y, como siempre, se hizo escándalo político de lo que en puridad debería ser un tema estrictamente jurídico. Ahora salen a la luz los resultados de una auditoría y las cifras cortan el hipo. Pueden ver aquí algunas. Leamos un rato:

                “LA NUEVA ESPAÑA adelantó que la auditoría presentaba reparos y el pasado lunes trascendió, en la reunión del patronato, que había detectado cinco salvedades. Entre ellas se encuentra una partida de 182.616 euros, por la que supuestamente preguntaron a Grueso. Y esta suma, ¿de dónde procede? 34.930 euros son descuadres en el arqueo de caja (contablemente hay más dinero del que existe en realidad); 37.352 euros se corresponden con talones y retiradas de efectivo aprobados por la gerencia, que se han registrado contablemente, pero de las que se desconoce su origen; 28.258 euros son gastos cargados en tarjetas VISA de los que no se tiene justificación documental alguna, más allá que el cargo en la cuenta del banco; 25.837 son invitaciones realizadas en la cafetería y restaurante del Centro que están registradas contablemente pero de las que no consta justificación alguna, y los 56.239 restantes están agrupados en la auditoría «otros abonos y donaciones carentes de suficiente justificación documental»”.

“Más cuantiosa es aún una partida «fantasma» por importe de 441.220 euros, gastos por servicios prestados en 2010 (la mayor parte de la cuantía facturas de un solo proveedor: la misma agencia de viajes) que suponen una corrección al resultado y a la deuda contemplada en las cuentas de dicho ejercicio (por cierto, sin aprobar). Así, las sumas indebidamente justificada rozan los 600.000 euros”.

                Si son ciertos los datos de la auditoría y las informaciones sobre ellos, y al margen de que las responsabilidades políticas sean de tal o cual partido o cargo municipal o autonómico, ¿alguien alguna vez va a responder penalmente, si hay caso, y civilmente? ¿Alguien va a reintegrar lo indebidamente gastado? ¿Alguien va a tener que indemnizar por los daños a la entidad y a su imagen, por la afrenta a la ciudadanía, por los costes para el erario público, que también los hay? ¿Están los fiscales asturianos ocupándose del asunto? ¿Hay algún juez pendiente del caso? ¿Alguien que tenga legitimación procesal va a solicitar que conforme a derecho se responda?

                Sabemos perfectamente cuál es la contestación a tales preguntas. Que no. En la zona gris reina la impunidad, en ese reino extraterritorial y ajurídico las normas son otras y las de derecho se toman descafeinadas. El derecho y sus responsabilidades son para el ciudadano común, para el pagano ingenuo, para el mindundi sin agarres, para el mortal común no tocado por el dedo de los dioses y la picardía de los asesores. A los otros, a los del paraíso anómico, a los del limbo de los hechos consumados y los de la trampa sin ley que les quiten lo bailado. Son la nueva clase dominante, la casta de los intocables, los nadadores del intersticio, los habitantes felices del éter. A esos hay que echarles de comer a parte y en su reino no penetran fiscalías ni lo mancillan sentencias.

                Cuando se desató el escándalo en Asturias por ese asunto, Natalio Grueso ni siquiera tuvo que salir por pies o buscarse un buen despacho de abogados. No, la alcaldesa de Madrid lo fichó como Director de Artes Escénicas del Ayuntamiento capitalino. De Artes Escénicas, manda cojones. Blanco y en Botella.

                Ningún mal le deseo al señor Grueso, al que no he vuelto a ver desde aquellos años ovetenses. Con su pan se lo coma o que le aproveche lo que ya se ha comido. Pero me gustaría, hoy, 6 de diciembre, irme a la cama con la sensación de que vivimos en un Estado de Derecho y no en este local equívoco, en el extrarradio de lo jurídico y constitucional, con neones y música y unos señores que entran de madrugada cargados de billetes y exigen que les hagamos cosas y luego nos desprecian mientras nos desnudamos y les obedecemos. A este paso, deberíamos, cada 6 de diciembre, celebrar el día del club de carretera.

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