16 abril, 2010

Metiendo baza en una sentencia de Ecuador

En mi reciente viaje a Ecuador, unos queridos colegas y amigos de Guayuaquil me mostraron una reciente sentencia contra un periodista crítico y me pidieron que escribiera algo. Siento no tener posibilidad en este momento de poner aquí la sentencia criticada, pero si pinchan aquí pueden ver lo que escribí para el periódico El Universo.
Y también esto otro, aún más breve, que, según me cuentan, circula en algunos folletos junto con otros textos. Se trataba de contestar a la pregunta de qué habría hecho uno en el lugar del juez y al juzgar ese caso:
Los políticos y altos cargos del Estado tienen también reconocidos sus derechos al honor y al buen nombre, cómo no, y han de tenerlos igualmente garantizados. Pero en los casos en que tales derechos entren en conflicto con libertades como las de información, expresión y opinión, debe aplicarse, a mi modo de ver, la siguiente regla general: en la duda, a favor de estos últimos. Así viene haciéndolo, por lo demás, la jurisprudencia constitucional de los países con más tradición constitucional y democrática.
El político y alto cargo de la Administración tiene toda una serie de justificadas ventajas. Suele estar bien remunerada su tarea y, además, el poder también acarrea algo de disfrute, no ilegítimo. No ha de ser cosa desagradable mandar. El contrapeso de esas ventajas son los correspondientes inconvenientes. Uno de los principales, que el político ha de estar expuesto, más que nadie, a la constante observación social, y también a la crítica y la discrepancia. Va en el cargo, junto con el sueldo y el coche oficial.
No se trata de ponerles un peculiar impuesto o de perjudicarlos porque sí. Esa mayor exposición a la crítica de sus vidas y de sus actos, al menos en los que una y otros tengan relación con el ejercicio de su cometido público, obedece a que de aquellos que nos gobiernan hemos de poder formarnos opiniones más completas que de nuestros vecinos que no son más que ciudadanos particulares que van a lo suyo. No hay democracia posible sin opinión pública libre, y no hay opinión pública libre sin información, sin opinión y sin debate. Guste o no, una de las cosas sobre las que se puede y debe debatir es la vida y milagros de quienes nos gobiernan. Precisamente porque nos gobiernan y porque su poder depende y debe depender de nosotros; al menos en democracia.
Si un periodista se propasa, sufren algunos derechos personales del político aludido. Pero cuando a un periodista se le reprime por sus opiniones o sus informaciones, padece el sistema democrático entero. De ahí la regla antes mencionada. No es que al político se le pueda vilipendiar alegremente, por supuesto que no. Se trata de que al periodista sólo se le ha de condenar cuando esté fuera de toda duda y perfectamente probado que es insulto y no opinión lo que formuló y que lo hizo con esa intención y no con la de ponerle sal al debate social y político.
Yo habría absuelto al señor Palacio. Lo habría absuelto porque la regla del in dubio antes enunciada me llevaría a elegir de cada una de sus expresiones el significado menos dañino para el honor y la imagen del señor Salem, no los sentidos que suponen imputación de delitos, como hace la señora juez. Ella sabrá por qué resulta más verosímil pensar que el señor Palacio describe al señor Salem como mafioso y autor de peculados. Yo habría pensado que no hay en las palabras en cuestión esas imputaciones, sino críticas contundentes que, por supuesto, pueden dar lugar a respuestas igual de terminantes por parte del señor Salem. Mejor debatir que penar, ésa también es otra sana regla para los países democráticos y libres.

2 comentarios:

Fabricio Vega dijo...

Estimado Doctor García:

Le escribo desde Guayaquil-Ecuador. Sigo muy de cerca su blog y he leído sus comentarios sobre la sentencia de Emilio Palacio.

Desde el plano constitucional y legal la sentencia es desmotivada, menciona sobre la ponderación pero la juez en su vida ha leído sobre este tema.

Para motivar la sentencia utiliza dos autores, el uno penalista de gran tradición pero sus comentarios sobre el delito de injurias ya no estan en boga, puesto que la idea hoy en día conforme algunos países democráticos es despenalizar el delito de injurias como lo ha hecho Argentina hace poco tiempo.

El otro autor Doctor Barroso ha sido de igual manera mencionado y no considero que él este de acuerdo con la sentencia, sus comentarios de su libro han sido sacados de contexto.

En fin, esto se trata de un tema político en el cual la "Majestad Presidencial" no puede soportar las criticas, reales y verdaderas, pretendiendo callar a quien puede en los actuales momentos decírselo.


Saludos,
Fabricio Vega

Anónimo dijo...

Doctor García,
Sería Usted tan gentil en escribir sobre los test de necesidad, proporcionalidad que menciona en el artículo del diario El Universo sobre la sentencia emitida contra el señor Emilio Palacio.
Muchas gracias,
Patricia Segarra Faggioni