21 abril, 2010

¿Ven como lo de castigar a los franquistas era cuento?

Quod erat demostrandum. ¿Ven como tanta historia se queda nada más que en ruido y unos pocos símbolos? ¿Ven como al ciudadano y hasta a la comunidad internacional se les hace creer lo que no es? ¿Ven como conviene distinguir y diferenciar temas para que no nos den gato por liebre y no nos manipulen y nos engatusen? Pues distingamos.
¿Qué está en juego en todo este debate sobre Garzón y sus peripecias procesales?
En primer lugar, se está dirimiendo si Garzón pudo cometer o no algún delito en alguna de las tres causas que tiene abiertas. Si a uno le cae simpático Garzón, deseará que salga con bien; si le cae mal, lo contrario. Elemental del todo. Yo de semejantes alternativas para jubilatas apasionados paso. Sólo le deseo lo que a todo ciudadano: máximo respeto a sus garantías penales y procesales.
En segundo lugar, hay un buen e intenso debate técnico-jurídico, penal, sobre el tipo delictivo de prevaricación y sobre si en el asunto de las actuaciones de Garzón “contra el franquismo”, Garzón pudo o no cometer tal delito. Jacobo Dopico, nuestro brillante contertulio, se viene mostrando en este tema muy contundente: podemos juzgar aquellas medidas de Garzón como hábiles o torpes, afortunadas o estúpidas, pero no prevaricadoras. A mí las razones que expone Jacobo Dopico sobre ese tema me convencen bastante, ya lo he dicho. Y me convencen no tanto por lo que supongan de suerte buena para Garzón, sino por la incidencia de una u otra interpretación en el modelo de Administración de Justicia que tenemos. Nos conviene tener bien a salvo la independencia judicial, aunque de vez en cuando nos suponga tener que apechugar con las payasadas de algún juez. Pero payasada no es sinónimo de prevaricación. Por las dudas y para no volver a liarla: llamo payasadas a medidas como la de solicitar por conducto oficial una certificación de defunción de Franco. Eso es lo que vulgarmente se llama “dar el cante” y buscar la foto.
¿Quieren además conocer mi opinión sobre Garzón como juez? Es la opinión de un ciudadano más, no tiene otro valor. Pero como tal la expongo: ni es técnicamente un buen juez ni su ética judicial se corresponde con mi ideal de la judicatura. Que técnicamente no es muy bueno queda demostrado por sus meteduras de pata en la instrucción de algunos procesos. Creo que fue el llamado caso Nécora el más significativo. Cabe –no lo propugno, sólo recojo la posibilidad- que alguna parte importante del caso Gürtel se vaya al traste, con consecuencias de lamentable impunidad para más de un chorizo pijo-pepero, por nuevas meteduras de pata de Garzón, como lo de las escuchas de las conversaciones con los abogados. No juzgo sobre el fondo, pues no sé bastante para hacerlo, sino que nada más aludo al riesgo cierto que en verdad existe, en función de cómo quieran los tribunales calificar tales escuchas y su relevancia para el proceso.
Que la ética profesional de Garzón no es la de mi juez ideal también se entiende fácil, compártase o no ese veredicto. Sólo hay que acordarse de cómo administró los tiempos en aquellos casos de los GAL y en qué momento –no antes; ¿por qué no antes?- destapó la información que poseía y que era muy comprometedora para el gobierno de entonces. Tampoco me hace ninguna gracia el que de su juzgado se filtren a menudo los sumarios secretos, y lo digo al margen de que tales filtraciones perjudiquen a un partido u otro. Que se le escape tan fácil la información supone que o es un inútil o es un poco indecente y manipulador. No se me ocurre una tercera posibilidad, francamente.
Ahora bien, decir que técnicamente no sea de los mejores y que éticamente no merezca las mayores alabanzas no equivale a afirmar que prevarique. El tipo de prevaricación tiene esenciales exigencias adicionales y requiere otro tipo de valoraciones, más contundentes y, al tiempo, más precisas, de las normas y de los hechos.
En tercer lugar, existe un buen y justificado debate social sobre algunas cuestiones que en entradas anteriores he calificado como simbólicas y que ahora voy a matizar. Si mi padre hubiera sido condenado a muerte por un tribunal franquista en 1940, yo estaría interesado en que se anulara aquella sentencia y en que se rehiciera el buen nombre de mi antepasado, para que no quedara para la posteridad como delincuente nada más que por haberse opuesto a la tiranía, si ese era el caso. Si mi padre estuviera enterrado en una fosa común y yo la tuviera localizada, querría que me permitiesen desenterrarlo, reconocer sus restos y honrarlos con una sepultura digna. Para mí el significado de esas circunstancias no sería simbólico, sino bien real, vital, fuertemente emotivo y personalmente muy relevante. ¿Que Garzón, con algunas de las medidas que se le discuten, quiso facilitar esos efectos? De acuerdo, lo concedo sin dificultad, imagino que así sería. Pero lo primero que no entiendo es por qué no la tomamos con el legislador.
Pensemos en la llamada Ley de Memoria Histórica. ¿Por qué no se mojó más el legislador sobre las mencionadas cuestiones? La derechona ya sabemos en qué estaba: no quería saber nada de memorias, símbolos ni emotividades. Es una opción que también respeto. Pero, ya que el partido mayoritario y los que lo apoyaban se lanzaron a recuperar memorias y corregir entuertos emotivo-simbólicos, ¿por qué no los criticamos como es debido –hay quien lo hace, lo sé- en lugar de andar buscando garzones que completen la obra? Y, puestos a forzar la máquina jurídica para fines como los de la justicia histórica y la reparación simbólica, ¿por qué, en lugar de ver si es nulo algún extremo de la Ley de Amnistía del 77, no cuestionamos la validez de más de un precepto de la Ley de Memoria Histórica, concretamente los que no permitan al cien por cien la anulación de sentencias inicuas o la apertura de tumbas infames? De ese modo tendría más que ver, más clara relación, el medio con el fin. Pues no consigo captar–sin duda, por culpa nuevamente de mi ignorancia en la materia- qué relación hay entre que hayan prescrito o no, o puedan ser amnistiados o no, los delitos de lesa humanidad -asunto penal- y el que se pueda abrir fosas –asunto administrativo- o anular sentencias.
Hipótesis que manejo, hipótesis tal vez arriesgada, pero que ahí va: si la Ley de Memoria Histórica la hubiera hecho la derecha –hipótesis de escuela, lo sé- se atacaría dicha ley por insuficiente y por no amparar lo bastante ciertos derechos básicos de los deudos de las víctimas del franquismo. Pero como es del PSOE, a silbar tangos y a decir que la culpa de todas las dificultades judiciales y administrativas la tiene la Ley de Amnistía. Maniobra de despiste y manipulación como la copa de un pino.
En cuarto lugar, y principal: más allá de esa dimensión simbólico-emotiva, muy respetable en lo que afecta directamente a los descendientes de las víctimas, NADA DEL FRANQUISMO ESTÁ EN JUEGO EN TODO ESTE TINGLADO. Sobre todo: a ningún personaje, responsable o alto cargo del franquismo se va a juzgar penalmente ni civilmente, a efectos de posibles indemnizaciones. O sea: no se está dirimiendo, en modo alguno, lo que mucha gente, aquí y en el extranjero, piensa que se está dirimiendo. ¿Entonces? Pues entonces es que estamos ante otra gigantesca manipulación, ante un engaño doloso, ante una deliberada y sucia tergiversación de los hechos y de los derechos.
Pongamos las cosas claras de una vez y, de nuevo, si yerro que me corrija quien sepa más. Los únicos delitos que podrían ser juzgables por encima de prescripciones y de amnistías son delitos como los de genocidio y crímenes de lesa humanidad. Por el mero hecho de haber sido fiscal bajo el franquismo (como Jiménez Villarejo) o juez bajo el franquismo (como más de uno de los que todavía andarán por el Supremo, supongo), o ministro con Franco (como Fraga, Fernando Suárez o unos cuantos más de los ex ministros franquistas que aún viven y cuya relación figura en la información que amablemente nos envía Carmen) no se incurre en tales delitos. Merecerán esos tipos el calificativo moral que se quiera, pero eso no es genocidio ni crimen de lesa humanidad. ¿Y el haber estado en gobiernos que firmaron sentencias de muerte, como aquella última de los del FRAP? Tampoco. ¿O acaso vamos a encausar así a todos los gobernadores norteamericanos que suscriben penas de muerte? Sería gracioso.
Entiéndase, no digo esto para defender a Fraga o a Perico de los Palotes, sino porque pensar, con el Derecho actual en mano, sea el interno o el Penal Internacional, que podemos encausar penalmente, aquí y ahora, a cualquiera de esos antiguos altos cargos de cuando Franco es un solemne desvarío. Es confundir el culo con las témporas, la velocidad con el tocino, la realidad (jurídica) con el deseo (de algunos, o de muchos).
Un ejemplo de ahora mismo. Acaba de morir Juan Antonio Samaranch. Ah, grandes condolencias, padre del olimpismo, benefactor de los Juegos de Barcelona, bla, bla bla. En realidad, un franquista de tomo y lomo, un servidor del régimen hasta que Franco estiró la pata. ¡No me digas! Pues sí te lo digo. Es lo que hay. ¿Pretendía Garzón o pretenden los “garzonistas” (me tomo esta libertad expresiva) sentar en el banquillo de los acusados a Samaranch y similares? Es obvio que no. ¿Entonces a qué diablos estamos jugando y de qué hablamos cuando decimos que se trata de juzgar el franquismo y sus crímenes? Puro cuento, engañabobos, estrategias para reunir a las ovejas y llevarlas a votar a supuestos llaneros solitarios que luchan a brazo partido contra… Franco. Manda cojones. A estas alturas y con esos alcances. Ni quijotes ni molinos de viento: payasotes fingiendo que las margaritas de los prados son monstruos sanguinarios. A otro perro con ese hueso.
¿Qué un grupo de víctimas de Franco que viven en Argentina quiere sentar como acusados a los ministros vivos del dictador, por genocidio y delitos de lesa humanidad? Humanamente puede entenderse, políticamente puede explicarse, pero jurídicamente es una gilipollez. Y viniendo de Argentina, más. Que no me malinterpreten los amigos argentinos, pero ¿acaso puede penarse como autor, en cualquier grado, de genocidio o delitos de lesa humanidad a los meros ministros de los gobiernos de Videla y compañía? Si es que sí, que se empiece ya, que me voy a alegrar. Pero mucho me temo que va a ser que no. Y el razonamiento, si quieren, podemos hacerlo a fortiori, sobre la base de la siguiente pregunta: ¿fue Fraga, pongamos por caso, “cómplice”, en cuanto ministro de Franco, de los mismos crímenes y de iguales tropelías que los ministros de Videla y compañía? Pues no. Malos todos, si ustedes quieren, pero cada uno en su orden. ¿Y cuál estuvo más cerca del genocidio?
En resumen, y para acabar de una vez: que quienes hacen de la defensa de Garzón un hito en la lucha contra la impunidad de los crímenes de Franco nos engañan. Así de claro. Puede haber otras razones muy legítimas para estar de parte de Garzón, pero esa, concreamente esa, es un perfecto embuste, un señuelo para votantes despistados. Ni la derechona del PP va a resucitar a Franco ni la izquierda zapateril lo va a enterrar más hondo. Falso. Andan unos y otros mareando la perdiz a base de triquiñuelas y para disimular lo que en verdad son: una pandilla de inútiles y mangantes. Que el lector reparta esos dos calificativos del modo y con la proporción que prefiera. Pero es lo que hay. A ver si nos enteramos de una vez.

18 comentarios:

Anónimo dijo...

Pues que se lleven cuidado, porque, según me ha dicho un amigo, Villar Palasí es cinturón negro de judo.

Anónimo dijo...

Claro que era cuento. La izquierda progre vive del cuento, y su último invento es el macarthismo franquista: media España, incluyendo ciudadanos, partidos, medios de comunicación, etc, es criptofranquista; la democracia está amenazada, la Iglesia espera agazapada su oportunidad, etc. La típica estrategia movilizadora del macarthismo.

Hay quien espera que un señor que se llama Garzón y resulta que es juez tenga su juicio y a otra cosa (y pensarán que es culpable o inocente, o no pensarán nada), y quienes ven en todo esto la prueba irrefutable de que Paco, el del Ferrol, sigue acaudillando a españoles muchos desde el Valle de los Caídos. Paranoia, tontuna y demagogia.

PD. Sr. Amado, gracias por aclarar que no es Ud. franquista. Me ha quitado la mosca detrás de la oreja... casi.

Anónimo dijo...

Hay que ver lo difícil que es pasar página en la memoria colectiva eh???es lo que tiene, que cuando la mierda se remueve huele mal,muy,muy mal.

30 años después enquistados en la memoria de injusticias que (ya no??) tienen remedio ni solución...


PD: si sacaran un libro bajo el título "Garzón, ¿Juez o Político?" creo que tendría mas ventas que la saga entera del señor de los anillos... A ver si alguien se anima!!!

Jacobo Dopico dijo...

Caray, qué manera de calentarse con una actuación judicial no prevaricadora... Anda que si llega a ser la condena de un juez al que crees inocente, la ira te iba a llevar por los aires (ah, no, que eso no te irrita). ;-)

Supongo que ahí está el quid. Que tu posición en este caso es que "Si a uno le cae simpático Garzón, deseará que salga con bien; si le cae mal, lo contrario". No es que yo sea un legalista, carajo, pero seguro que hay otros criterios algo más complejos para este caso. No digo ya Justicia. En cualquier caso, ¿cómo negar que el punto de partida de un razonamiento determina también el punto de llegada?

roland freisler dijo...

Profesor, cuando menos insatisfecho me veo.
Motivo : Las razones que expone Jacobo dice Vd que le convencen "bastante", si eso es un argumento contundente, lo tenemos claro los que nos dedicamos a aprender un poco de Derecho Penal.
Si resulta ser que el bien jurídico protegido por el art 446 CP es el abuso de la posición judicial o la postergación de la validez o del imperio del Derecho; si por resolución injusta ha de entenderse aquella carece de toda explicación razonable porque su contenido no se compadece con lo ordenado por la ley, si el aspecto subjetivo ha de estar constituido por la conciencia de estar dictando una resolución con total apartamiento del principio de legalidad y de las interpretaciones usuales y admisibles en Derecho.
¿No cree Vd que al menos hay indicios (que se resolverán en el juicio)de que cometió prevaricación por dictar resolución no siendo competente?

Anónimo dijo...

estimado profesor:

es evidente que pedir el certificado de defunción de Franco no era ninguna 'payasada', sino una triquiñuela procesal de Garzón sobre la que en parte gravita la sospecha de prevaricación.

Rogelio dijo...

No entro, entre otras cosas porque no puedo entrar, en discernir si ha existido prevaricación o no, si bien la cosa no debe estar del todo clara cuando los prestigiosos juristas que escriben aquí y allí no se ponen del todo de acuerdo.

Me parece lógico que quienes simpatizan con él manifiesten su apoyo y aliento, a título personal.

Lo de encausar a 13 ex ministros de Franco, me parece que es lo que precisan los argentinos para salir de su particular situación de crisis, son dignos émulos de la Patria Mami en aquello de echar balones fuera y dedicarse a lo accesorio en detrimento de lo principal.

Lo que no sabía es que, según interpreto, para algunos, si mañana Don Baltasar fija sus ojos en mis carnes prietas, ordena a dos guardaespaldas que me sujeten en la postura adecuada y me arrea tres empentones y una larga cambiada por la zona dorsal no debe incomodarsele con proceso alguno, pues ha dado tan buenas tardes a la afición que "toito te lo consiento".

Si me lo cruzo en una acera cruzaré a la otra acera, no vaya a ser que al final me guste y cambie de acera.

Carmen dijo...

¡Rediós!Montilla ha dicho de Samaranch:"Era un hombre de su tiempo, pero supo evolucionar con su intuitiva capacidad de adaptación en el momento de la transicion a la democracia. Supo pensar más en el futuro que en el pasado, sin olvidarse nunca de su procedencia."

Jajajaja,pero si el mérito no es del personaje sino de los españolitos,que son quienes han olvidado su pasado, anda queee...

Un cordial saludo.

Jacobo Dopico dijo...

Estimado Rogelio:

1. Dice usted: "No entro... en discernir si ha existido prevaricación o no, si bien la cosa no debe estar del todo clara cuando los prestigiosos juristas que escriben aquí y allí no se ponen del todo de acuerdo".

Caray, algo me debo haber perdido: ¿A qué prestigioso jurista le ha leído usted que diga que Garzón ha prevaricado en este caso?. Si se refiere a Vives, ni de broma: él se cuidó mucho de decir semejante cosa.

2. Y respecto de lo demás... ¿cree usted que los que sostenemos que no hubo prevaricación (el anfitrión incluido) lo hacemos porque a Garzón "toíto se lo consentimos"? ¿No ha leído los argumentos? ¿No le interesaron?

roland freisler dijo...

Rogelio
Los argumentos que ha dado Jacobo, no explican lo esencial que aquí se ventila
¿incoó Garzón un proceso penal montando un artificio para atribuirse la competencia?
¿es posible imputar un delito a D Francisco de Quevedo, por ejemplo?
¿Es importante en nuestro Derecho la institución de la competencia judicial?
Esto no quiere decir que Garzón no tenga defensa. Defensa la tiene hasta un hombre que aparezca por la Puerta del Sol con una cabeza cortada en la mano diciendo lo he matado.
Es todo cuestión de prueba, pero no es descabellado imputarle un delito de prevaricación.

un amigo dijo...

Excelente artículo. Es eso.

Salud,

Jacobo Dopico dijo...

And now...

1. Los tres jueces de la Audiencia Nacional (De Prada, Sáez y Bayarri) que han firmado votos particulares afirmando la competencia de Garzón preguntan si ellos también prevaricaron (en un voto particular concurrente, Vizcaíno la negó, pero afirmó que la Ley de Amnistía no impedía el enjuiciamiento).

Sencillito y apto para cerrazones mentales y jurídicas es el artículo de hoy de Clara Bayarri. Si existe una interpretación válida que explique que la AN podía enjuiciar esos delitos, que no estaban prescritos, que la Ley de Amnistía no impedía abrir el proceso, entonces NO PUEDE SER prevaricación. Aunque se pueda defender lo contrario. Y es evidente que el TS no ignora (¡sería manifiestamente negligente si lo hiciese!) que existe esa línea contraria.

Por eso la mera aceptación a trámite ya es una condena. Porque NUNCA HUBO NADA QUE INSTRUIR. Si pese a ello el instructor siguió adelante y se admitió a trámite, es que tenemos votos que optan por ignorar que existe una línea interpretativa con representantes judiciales como De Prada, Martín Pallín, Sáez, Bayarri o el propio Garzón (amén de DECENAS de académicos); o que quieren reprimirla con un uso torcido y extraordinario del Derecho Penal.

2. DIVERTIDO: Ahora tienen que debatir si se puede juzgar a Garzón en ausencia de acusación pública ("doctrina Atutxa") o no ("doctrina Botín"). Sólo se podría juzgar a Garzón interpretando la acusación popular al estilo de la "doctrina Atutxa".

Pero Varela ha considerado que la doctrina Atutxa es incorrecta (voto particular a la STS 54/2008).

Retomando el tema de los cambios de criterio: Ahora: si juzga a Garzón... ¿cometería prevaricación por aplicar a Atutxa un criterio pero a Garzón otro? Eso es lo que decía la querella: que cambiar de criterio en 10 años (y, encima, en casos ni siquiera comparables) era prevaricación. Ah: y encima, lo del cambio era mentira.

(Me gustaría oír las voces que se tragaron el falso argumento ese de Paracuellos...).

Ayyy, esas leyes del embudo, qué pronto se dan la vuelta...

Anónimo dijo...

Sí Jacobo, sí, pero es que Garzón no ha investigado los crímenes del franquismo, sino que ha organizado un festival mediático sin pies ni cabez. En eso consiste la prevaricación, y no en investigar el franquismo. A ver si nos enteraos.

roland freisler dijo...

Bueno Jacobo, ya vas centrando el debate.
Necesito que expliques un poco más a este aprendiz tu afirmación NO HUBO NADA QUE INSTRUIR y lo que la magistrada disidente manifiesta es una opinión, que no prevarica porque la hace conforme a Derecho.
Y si el magistrado en cuestión antes seguía una doctrina y ahora otra ¿no es legítimo?
Creo que la buena defensa de Garzón se debe basar en que ni de lejos realizó artificio alguno en sus resoluciones. No andar buscando 3 pies a si tu seguiste una doctrina y ahora otra porque lo más posible es que distraigas el punto fuerte de la argumentación.

Rogelio dijo...

Estimado Don Jacobo Dopico:

Mi tono en general es jocoso y en algunos aspectos pretende caricaturizar una realidad que bajo mi punto de vista es susceptible de ello, por lo que la referencia a "prestigiosos juristas" no deja de ser superficial, si bien supongo que tal adjetivación la emplee un humilde servidor o San Raimundo de Peñafort no dejará de gozar de cierta subjetividad.

En lo de mi incapacidad para opinar respecto a la posible prevaricación cometida por el Juez Garzón he sido totalmente sincero, si bien creo que no me equivoco en la percepción de que existe un debate abierto entre los que defienden que sí ha existido prevaricación y los que apoyan la tesis contraria.

Respecto a lo que expone en su apartado 2 no he asociado la postura de la defensa de "no prevaricación" al hecho de considerar inimputable al Juez Garzón "urbi et orbe", sí en cambio la asocio; en el mismo tono distendido y ajurídico; a esos espontáneos que se rasgan las vestiduras porque Don Baltasar sea procesado por hasta tres posibles delitos.


Estimado Don roland freisler:

No sé si es posible entre todos los recovecos del ordenamiento jurídico encontrar alguna tela de araña que permitiese imputar un delito a Quevedo, pero creo que estamos de acuerdo en que si eso fuese posible, aprovechar esa posibilidad sería, con los oportunos atenuantes, al menos una majadería.

Anónimo dijo...

La prevaricación es un delito imposible. Supongo, porque soy así de malo, que es un delito voluntariamente imposible, en el que el legislador hace el paripé a sabiendas de que es un delito imposible.

Título XIX C.P.
Delitos contra la Administración Pública

Capítulo I
De la prevaricación de los funcionarios públicos y otros comportamientos injustos

Artículo 404

A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años.

-Ya; pero yo no lo sabía.
-Pero no puede alegar ignorancia de la ley...
-No, si yo no ignoro la ley. Ignoro que la resolución es injusta. No la dicté a sabiendas.

Ahora, demuestre Vd. que sí, que lo sabía. Que lo hizo a sabiendas. Hale, a tomar por culo el delito de prevaricación.

roland freisler dijo...

Anónimo, reconsidere Vd su postura o repase, por ejemplo, algo sobre prueba indiciaria.

Jacobo Dopico dijo...

HOYGAN, permítanme que retome la cuestión de Varela por obra y gracia del karma instantáneo, esa cosa. Como esto ya no es noticia (ningún patrón político toma interés ya en esto... ¿leyeron el triste artículo de varios magistrados en El País atestiguando el cambio de opinón editorial?), sólo sigue informando Estrella Digital, que va de freelance.

Instant karma: resulta que Garzón era un mal instructor y presuntamente un señor que retuerce el Derecho.

Y le juzga un señor instructor:

a) Que le hace el escrito a la acusación popular del sindicato falangista (¿estará un poquito contaminado?) y luego debe hacer bonitos malabarismos para seguir adelante contra su enemigo.

b) Que inventa plazos extraordinarios para la acusación popular y niega prórrogas ordinarias a la fiscalía.

c) Que rechazó toda la prueba propuesta por la defensa: TODA la prueba admitida es la de la acusación.

d) Y que quiere considerarle un criminal por abrir y cerrar un proceso siguiendo coherentemente una línea interpretativa realmente existente; ordenando instrucción suficiente y buscando responsables vivos; acreditando su competencia (la Varelada dice que no tiene competencia si no es por la vía de la conexicad: coño, pues eso: tiene competencia POR LA VÍA DE LA CONEXIDAD).

¿Tienen alguna opinión jurídica sobre la atormentada actividad instructora del Juez Varela, que concluye redactando los escritos de acusación de los únicos acusadores para no quedarse sin proceso?

(¡Ah, disculpen, que sólo se puede criticar el uso torcido del Poder cuando ataca a un amigo, y Garzón ya no tiene amigos en las filas de los zooi politikoi! Nada, pues a seguir. Disculpen, disculpen).