Analicemos
el caso hipotético que voy a plantear enseguida. No perdamos de vista que
estamos examinando si hay alguna regla racional de justicia distributiva o de
justicia fiscal que justifique el principio de capacidad contributiva,
entendido como fundamento de los tipos progresivos
en los impuestos directos, como fundamento de que cada uno pague en proporción
creciente a su nivel de riqueza.
Pongamos
que una persona, A, tiene 100, otra, B, tiene 500 y la tercera, C, tiene 1000.
Aceptado que no hay ahí razón para que ninguno de estos tres esté exento de
tributar, las alternativas más claras para asignar a cada uno la
correspondiente obligación son tres:
(i)
Que cada cual aporte una misma cantidad fija; por ejemplo, 10. El coste
relativo de aportar 10 cada uno será diferente para A, B y C, pues para A es el
10% de lo que tiene, para B es 2% y para C representa el 1%.
(ii)
Que cada cual pague un mismo porcentaje sobre su riqueza; por ejemplo, 10%.
Entonces, A deberá abonar 10, B pagará 50 y C aportará 100. En este caso cada
uno paga en proporción a lo que tiene y, por tanto, se paga más cuanto más se
tenga, pero no hay progresividad del impuesto.
(iii)
Que exista un tipo progresivo, de manera que, por ejemplo, A paga un 10%, B
tributa un 15% y C, 20%. Lo cual implica que la aportación de A es de 10, la de
B es de 75 y la de C es de 200. Aquí no solo se paga más a medida que se tiene
más, sino que se paga en proporción mayor respecto de lo que se tiene.
Lo
que andamos preguntándonos es cuál es la razón, si la hay, que hace más justo
(iii) que (ii) y que (i), como se suele creer y decir hoy en día casi sin
cuestionamiento; o, al menos, sin cuestionamiento entre los que nos
consideramos progresistas o de izquierda.
Ahora
vamos con el caso que deseo presentar. Como es un supuesto puramente
hipotético, una hipótesis de escuela, pido que se trabaje teniendo siempre en
cuenta las condiciones que paso a estipular.
a)
En la sociedad o estado de referencia, se valora muy positivamente algo a lo
que vamos a llamar X, pues X es muy importante para la vida de las personas y
del grupo entero. Puede entender el lector que con X hacemos referencia a
cierto tipo de cosas, como medicinas o vacunas, o que se trata de una actividad
importante así descrita en abstracto, como pueda ser el trabajo, o que se alude
a un conjunto heterogéneo de cosas que proporcionan genuino bienestar y que
tienen un valor común.
b)
X se puede medir en unidades o por algún tipo de pauta. Así, podemos decir que
Fulano hizo el pasado mes dos X y que Mengano hizo 5 X.
c)
Hacer X es costoso, en cuanto que requiere trabajo y esfuerzo, y también previa
formación o adiestramiento. A esto se une que, por razón del tipo de
habilidades naturales o talentos de cada cual, unas personas tienen más
facilidad que otras para producir X.
d)
X se puede valorar en dinero y los X se pagan en dinero o mediante bienes
traducibles a dinero. Da igual aquí que sea el mercado el que establezca el
valor de los X en cada momento o que haya algún tipo de precio puesto por el
Estado.
e)
En el tiempo T que consideramos en nuestro caso, el valor de cada X está en 100
unidades monetarias, pongamos que 100 euros.
f)
De entre todos los que en ese estado hacen X, vamos a tomar como
representativos a los tres siguientes: J, K y L. Su producción anual de X es la
siguiente, con la consiguiente remuneración:
-
J hace 100 X. 10.000 euros.
-
K hace 500 X. 50.000 euros.
-
L hace 1.000 X. 100.000 euros.
g)
Rige un impuesto sobre la renta de carácter progresivo y con los siguientes tipos:
-
A partir de 5.000 euros y hasta 40.000: 5%. Así que J paga 500. Le restan,
pues, 9.500.
-
Entre 40.001 y 90.000 euros: 10%. Por consiguiente, K paga 5.000. Le quedan
45.000.
-
Entre 90.001 y 125.000 euros: 15%. A L le toca pagar, así, 15.000. Se queda con
85.000.
Ahora
vamos a dar unas vueltas a todo esto.
Para
empezar, fijémonos en que, tal como está construido el caso, no sólo no hay
nada de ilícito en lo que J, K o L perciben, sino que, además, a la sociedad le
conviene lo que hacen, para la sociedad resulta beneficioso que se produzcan
las más unidades de X que sea posible. En esto X se puede asimilar, en
abstracto, al trabajo. Toda sociedad será más próspera y se beneficiará más
cuanto más sea el trabajo de sus miembros. Adicionalmente, veamos que, si
reducimos X a productos del trabajo de los sujetos, resulta que lo que el
estado por vía fiscal está quitando a cada uno es parte del producto o valor de
su trabajo, y eso nos acerca, curiosamente, a la idea marxista de plusvalía. La
diferencia entre lo que vale el trabajo de cada uno (que es, aquí, lo que cada
uno percibe por los X que produce con su trabajo) y lo que a cada uno le queda
después de pagar ese impuesto directo sería algo bien similar a la plusvalía
según Marx, que, como se sabe, es la diferencia entre lo que vale el trabajo
(para el empresario) y lo que, como remuneración, el trabajador percibe por su
trabajo. Pero dejemos este “perverso” detalle de lado.
La
cuestión bien interesante es por qué nos parece justo, de mano o a primera
vista, que J, K y L paguen lo que pagan. La contestación que primero se le
vendrá a la cabeza a casi todo el mundo será la siguiente: porque hay que mirar
lo que, según lo que ha ganado y lo que debe pagar, a cada uno le queda para
vivir y ejercer su autonomía personal. Vimos que a J le quedan 9.500, a K
45.000 y a L 85.000 Pero, tal
como he presentado el ejemplo, las rentas de nuestros tres protagonistas no
provenían de que, por ejemplo, les hubiera tocado el primero, segundo y tercer
premio de una lotería, o que hubiera cada uno recibido una herencia por ese
importe. No, cada uno había ganado lo suyo legítimamente y en proporción a su
trabajo y su esfuerzo. Si, para simplificar por el momento, suponemos que las
habilidades y talentos naturales de J, K y L son idénticos y que en esa
sociedad han tenido los tres iguales o muy similares oportunidades para
desarrollar tales talentos y habilidades, resultará que lo que cada uno ha
ganado produciendo X se corresponde con su diferente grado de merecimiento.
A
lo anterior hay que añadir algo no menos relevante. Hemos quedado en que los X
son muy importantes para esa sociedad, que por eso los paga, y que es mejor
para tal sociedad cuanta más sean los X que se produzcan. Así que si dejamos de
poner la vista en lo que cada uno recibe por sus X y atendemos a lo que la
sociedad recibe, en X, de cada uno, vemos que L (que produce 1.000 X) aporta a
la sociedad diez veces más que J (quien hace 100 X) y el doble que K (que
produce 500 X). Cierto que, pagándose cada X al mismo valor, más remuneración
recibe el que más X hace, en proporción a la producción de cada cual. Por
supuesto que sí, pero si, vía impuestos, no solo se hace que tribute más el que
más ha ganado produciendo de esos X que benefician a todos, sino que el que más
ha trabajado y producido paga según un tipo más alto, resulta que se está
tratando proporcionalmente peor al que tiene más mérito y proporcionalmente
mejor al que tienen un mérito menor.
Sabemos
de sobra que al establecer los tipos impositivos no se toma en consideración el
mérito. Pero la cuestión interesante en sede teórica es la de cuánto de
defendible o racionalmente justificable hay en una política fiscal que, por un
lado, sea directamente opuesta al mérito o merecimiento de los contribuyentes y
que, por otro, amenace con desincentivar al que socialmente puede por su
actividad resultar más beneficioso. Si, en
un supuesto hipotético como el que aquí manejamos, lo que un sujeto gana se
corresponde con su merecimiento, pero se le quita en proporción progresiva a su
ganancia, arribamos a la gran paradoja: a cada uno se le quita más cuanto más
merece tener; o sea, cuanto menos merece que se le quite, y en especial si
tales cantidades se detraen completamente al margen de sus preferencias y sus
decisiones de consumo, por ejemplo. Mientras que, por el otro lado, es posible
que un individuo que nada quiso hacer, pudiendo, y por tanto nada ha ganado merecidamente,
sea subvencionado al pagársele ciertos servicios y prestaciones con cargo a lo
que a los otros se les detrajo.
Ya
he dicho en otras entradas que ni soy un ultraliberal ni estoy contra el estado
social ni me opongo a que el estado preste servicios públicos que satisfagan
derechos sociales a quienes no puedan pagarlos. Porque me parece fuera de
discusión que, como derecho social, el derecho a una vivienda digna compromete
al estado a facilitar la adquisición de vivienda o a proporcionársela
gratuitamente a quien no tenga con qué pagarla, no a todo el mundo. Todos
sabemos que tanto los servicios públicos más elementales, y que ni los más
ultraliberales discuten, como el de seguridad pública o el del mantenimiento de
un sistema penal, como esos servicios mediante los que se satisfacen derechos
sociales, tienen un coste económico y que por eso hace falta una política
fiscal y recaudatoria de los estados. Lo que aquí estoy sometiendo a reflexión
no es si tiene que haber impuestos o no, sino cuál es la política fiscal más
justa y eficiente. Y al mencionar ahora la eficiencia aludo a que la política
fiscal no debe servir para empobrecer a la sociedad, sino para maximizar el
bienestar colectivo con simultáneo aseguramiento de los derechos, sociales y
no, de cada ciudadano.
Sobre
esa base, la tesis que presento a debate es esta: un sistema impositivo que sea
totalmente ajeno al mérito individual a la hora de gravar, y que también sea
indiferente al mérito a la hora de repartir, de brindar los servicios públicos,
es un sistema que, por una parte, tenderá a la ineficiencia y que, por otra
parte, no satisface, en mi opinión, requisitos básicos de una justicia
distributiva que se pretenda un poco racional.
Nada
de lo que acabo de plantear en esta entrada se opone a impuestos como los que
graven las herencias, los premios de la lotería o similares, o a los que se
apliquen a ciertos bienes de consumo y en especial a los que graven el consumo
“lujoso”.