20 abril, 2010

Insisto en mis preguntas sobre lo de Garzón

Al leer hoy la estupenda -para mi gusto; pero si alguien se mosquea, suprimo el calificativo; hoy vamos a hablar de lo que tenemos que hablar y no del sexo de los ángeles o las espinas de las rosas- columna de Rosa Montero en la última de El País (puede verla aquí), me acuerdo de que mis preguntas en el reciente post sobre el alboroto de Garzón no han sido respondidas. Se me ha dicho que parece mentira que un catedrático de Derecho no vea que prevarican los que juzgan a Garzón por prevaricador, que cómo pretendo que de los temas jurídicos se ocupen los de Derecho, que mira tú, Marilú y todo eso. Vale, le concedo TODO, absolutamente todo, a mi amigo Jacobo Dopico, a condición de que él me conteste a ALGO de lo que yo preguntaba al final de mi post y que aquí reiteraré. Eran preguntas verdaderas y sin trampa y no me arrepiento de preguntar lo que no sé a quien pienso que sí puede contestarme. Y si se me contesta y juzgo acertada la respuesta, así lo admitiré con el mayor gusto, y dejaré de interrogar.
A mí me ha preguntado, a su vez, mi querido Jacobo Dopico, con encomiable capacidad para multiplicarse y volverse ubicuo, pletórico y pluriforme (¡ay, qué apostol perdió la Iglesia verdadera, qué misionero! Esperemos, con todo, que alcance el cielo que merece), si no me parece que es cierto que Garzón no prevaricó en el caso que ahora está en el candelero. Creí que ya había dicho expresamente que, en mi opinión de no especialista -y convencido por el mismo doctor Dopico-, yo creo que NO prevaricó. Que ya he dicho que creo que NO, rediez. ¿Me arrodillo? ¿Entono un salmo? ¿Me flagelo? ¿Cómo hace falta que lo repita?
Esa creencia iba unida a la afirmación de que sólo debían procesarlo si había trazas de delito posible, y condenarlo nada más que si era culpable de tal delito. Esto, por si yo, que no soy el Dios del Penal -por supuesto que no; no soy ni penalista- ni el delegado de las prevaricaciones imposibles, estoy en el error al creer que no prevaricó. Pero, al parecer, resultó tímida y en exceso modesta mi opinión YA REPETIDA EN ESTE BLOG DOS O TRES VECES: que me convencen los argumentos con los que Jacobo Dopico defiende que Garzón no delinquió EN ESTE CASO. De los otros casos supongo que el admirado Jacobo nos ilustrará tan bien como sabe cuando sea el momento. Por el momento, no los prejuzgo.
Así que EXPRESAMENTE y CON TOTAL SINCERIDAD RETIRO de aquel post todas mis consideraciones referidas a Almodóvar & Cia (por supuesto, los temas de Derecho no tienen por qué ser exclusiva de los juristas ni los de Química de los químicos: democraticemos las ciencias y el saber; el día que mi querido Jacobo tenga un pleito serio, estoy seguro de que buscará a Almodóvar y no a un abogado; por lo mismo que a él lo buscan por buen director de cine y no por ser el gran jurista que es), a los defensores de Garzón, a los atacantes de Garzón, al Tribunal Supremo, a las instituciones del Estado y a lo que sea. Lo retiro todo PARA QUEDARME NADA MÁS QUE CON MIS PREGUNTAS, a ver si así, amansadas las fieras y calmadas las pasiones, las pulsiones y las servidumbres de cualesquiera de mis contertulios e interlocutores reales o potenciales, hay hijo de madre y padre que sea capaz de explicarme LO QUE SIGO IGNORANDO.
No es ironía, no es pose, no es "vacile", es que en verdad quisiera saberlo para, además de OPINAR que Garzón NO prevaricó en el caso de autos, saber qué diantre es lo que está en juego (fuera del destino procesal y profesional de Garzón, que ya sé que no es poco: nada menos que un conciudadano) y agita de tal manera a todo este personal que se las está teniendo tiesas con Franco y su ejército. Porque DA LA IMPRESIÓN DE QUE ESTÁ EN EL ALERO EL DESTINO PENAL DE NO SÉ CUANTÍSIMOS CRIMINALES DEL FRANQUISMO, cosa que yo no vería mal si fuera cierta. Pero pregunto y vuelvo a preguntar y SIGO PREGUNTANDO hasta cansarme:
- ¿A qúe franquistas se prevé juzgar si seguimos adelante con la loable maniobra? O, al menos, a cuáles planeaba Garzón enchironar antes de que malamente le cortaran las alas?
- ¿Algún otro crimen de lesa humanidad cometido en suelo español correría la misma suerte, una vez que se considerase que la Ley de Amnistía de 1977 no cubre esos delitos horrendos? Conste que personalmente Carrillo me trae hoy en día tan al fresco como Garzón y que por mí que vivan los dos tranquilos y en pleno combate contra las fuerzas del mal, o recordando los balnearios rumanos y las tiendas neoyorquinas, respectivamente. Por mí que se relajen y gocen sin que nadie los moleste, palabra. Y no me digan que los comparo, porque tampoco es eso. Sólo digo que les deseo lo mejor a ambos, ¿vale?
Yo lo único que pretendo con mis GENUINAS PREGUNTAS es que se me den argumentos para no creer a la derecha, cosa que tampoco me apetece. Pues la derecha (la derechona, si ustedes lo prefieren) anda proclamando que en realidad no está en juego nada del franquismo que no sea puramente SIMBÓLICO y que todo esto de Garzón es una manera de reaglutinar a la izquierda pija y zascandil ahora que ya no se atreven los pijoprogres a defender al tontolhaba de Zapatero.
Si se trata de fomentar la llamada memoria histórica y de que los descendientes de los asesinados puedan abrir las fosas, me parece de perlas, pero no sé por qué no lo ha arreglado la ley correspondiente y qué tiene que ver eso con la Ley de Amnistía y la imprescriptibilidad de determinados crímenes.
Y digo más, una última cosa, muy seriamente. Por mí, al franquismo y a los franquistas que los machaquen. Leña. Sin reparos y de tres en fondo. A todos los que hayan tenido responsabilidades en aquel régimen o se hayan aprovechado de él. Sin excepción. Por ahí no me duelen prendas. Nadie en mi familia, ni mi padre ni mi madre ni mis abuelos ni tío ninguno ni absolutamente nadie de los míos fue franquista, ni medró con el franquismo, ni tuvo cargos en el franquismo, ni le lamió el culo al franquismo, ni prosperó bajo el franquismo, ni nada de nada de nada de eso. Fueron todos unos pobres diablos, unos muertos de hambre y unas víctimas anónimas y anodinas de aquel tiempo gris y oprobioso. Y yo contaba diecisiete años cuando murió el dictador enano y barrigón, por lo que tampoco llegué a tener ni tentación de militar el el SEU o defender a los funcionarios del régimen a ver si me caía algo.
¿Que no es plan cepillárselos a todos, pues son demasiados? Bien, pues entonces me encantaría que, nada más que como muestra, alguien me mencionase veinte o treinta personajes a los que cabría juzgar, sean policías, jueces, fiscales, políticos o bedeles de instituto. ¿Es mucho pedir?
En consecuencia y muy sencillamente: quiero que se ajusten las cuentas al franquismo y no sólo en los puros y puñeteros símbolos: ¿puedo esperar a ese respecto algo de Garzón y los garzonistas? Ah, y si de paso le rebota algún coscorrón a algún otro criminal de ésos cuyos delitos no prescriben o no deben prescribir, mejor que mejor. Porque, eso sí, si perseguimos abominables crímenes pretéritos -que bien está- que sea sin discriminación: ni Ley de Amnistía ni Ley del Embudo. YO, YA PUESTOS, QUIERO QUE SE CASTIGUEN TODOS Y LO DIGO MUY EN SERIO, SIN TRAMPA NI CARTÓN. Y el que crea que unos sí y otros no, que los hay prescriptibles e imprescriptibles dentro de los del mismo tipo o similar gravedad, que se explique, a ver si lo entiendo de una vez.
¿Me he explicado al fin?
PD.- Evidentemente, va a ser imposible un final negociado del terrorismo etarra si implica el perdón o la no persecución celosa de algún crimen de los graves de sangre: será nula la norma que así lo establezca. Y lo apruebo también: ni franquistas ni etarras ni nada de nada: Garzón y a por ellos, a por todos.

11 comentarios:

roland freisler dijo...

El peor post con diferencia de todos los que he leído. Y no queremos un Curro Romero (tardes memorables y espantadas increíbles) filosofando.
¡Qué Vd no tiene que justificarse llamando enano barrigón al Generalísimo!, no sea pardal, no haga preguntas que hasta un bobo sabría responder a Jacobo.

Jacobo Dopico dijo...

Querido Toño: no sabía que las preguntas las dirigías a los lectores. Como sobre el tema material no tengo mucha idea, no contesté.

1. Permíteme subrayar tu idea final: ¡¡O SEA, QUE ESTÁS DE ACUERDO CON GARZÓN Y CON ABRIR INVESTIGACIONES SOBRE LOS CRÍMENES DE UNOS Y OTROS ANTES DE LA GUERRA!! Y lo que le reprochas es que no pille cacho de verdad a más criminales. Carajo, no me había quedado antes tan claro. ;-)

2. Ya he dicho por activa y por pasiva que no comparto la línea minoritaria (al menos, minoritaria por hoy) que cree posible penar "crímenes contra la humanidad" (franquistas o no franquistas) previos a la introducción del tipo penal en el ordenamiento español.

(Eso sí: según la jurisprudencia española en materia de Ley de Amnistía (Auto AP Madrid caso Ruano) sí cabe ABRIR PROCEDIMIENTO en casos PRESCRITOS O AMNISTIADOS, pues prescripción y Amnistía se podrán dirimir en su seno).

Y como no considero que esa interpretación sea la más razonable, tampoco creo que lo sea condenar a unos ni a otros. Citando a los clásicos: ¿lo repito más? ¿Me flagelo etc.? Naaaah, eso no, que es de curas ;-)

(Eso no quita para que me alegre íntimamente ver a quien se irrita cuando se investigan crímenes franquistas -o de milicianos, o los crímenes del museo de cera-. Me encanta que lo pase mal. Es un hobby barato. También disfruto muchísimo cuando alguien dice que no se debe investigar porque eso "abre viejas heridas". Pero cojones, ¿no habíamos quedado en que eran cuatro nonagenarios? Deja que se infarten, ¡si no pasa nada!).

(Y cuando los irritados por estas investigaciones sean GRANDES GRUPOS DE CONCIUDADANOS, compro palomitas).

3. Por todo ello, no tengo ni puñetera idea de a qué franquistas se podría penar. Quizá los que sí pensáis que se deben dictar condenas por estos hechos podáis profundizar en esta cuestión. Yo sé muy poquito sobre la vigencia actual de las amnistías en procesos de cosí detta "reconciliación". Sólo sé un poquito del tipo de prevaricación: lo suficiente como para saber qué NUNCA puede ser prevaricación. Por eso sólo hablaba de esa cuestión. Aunque como decía el otro: anda que si sólo pudiésemos hablar de lo que sabemos...

4. En cualquier caso, y por si ilumina a alguien (a mí no mucho) acabo de compartir mesa con un amable jurista que sí decía que estos procesos se abrían por algo que tú (y yo) llamamos simbólico. Memoria, dignidad, justicia y derecho a la verdad. Yatusabes: eso que dicen las Cortes de DDHH, y que en España vale si lo dicen unos pero no si lo dicen otros.

5. A mí me interesa mucho este caso. No me interesan "los casos de Garzón". Veo que sí hay mucha gente interesada en "los casos de Garzón". Si dices algo de este caso, te saltan en seguida preguntando por los demás: se ve que les interesa mucho el destino de este señor, y que les gusta discutir con gente que tiene la misma afición.

Me interesa este caso porque pretende introducir un cambio en el sistema constitucional sin pasar por el constituyente. Un cambio fundamental que elimina la independencia judicial, porque pretende condenar por prevaricación al juez que adopte una línea interpretativa minoritaria y no aceptada por el TS. Intentaron hace cuatro años convertir la jurisprudencia del Tribunal Supremo en VINCULANTE, modificando el art. 5 LOPJ (discurso del Presidente del Tribunal Supremo en la apertura del Año Judicial de hace tres años, si no yerro). Como no pudieron, van a implantar el cambio sin contar con el legislador. Puritico Schaffstein & Dahm.

¿Esta causa merece atención? ¿Merece apostolado? ¿O es más causa que si Almodóvar etcétera? Si no, no pasa nada: apagamos y nos vamos todos a la caverna. Mucho peor no íbamos a estar.

Hala, las dos menos cuarto. ¡Ay, si no fuera por estos ratos...!

Carmen dijo...

En principio a éstos...

http://www.20minutos.es/noticia/684140/0/ministros/franco/juicio/


Huy,pero si la mayoría son licenciados en derecho,incluso hay algún catedrático.
Al parecer no hemos avanzado mucho respecto a la formación de nuestros políticos.

Un cordial saludo.

roland freisler dijo...

Y a todo esto profesor. ¿No ve Vd al menos indicios de prevaricación en un juez que abre un proceso con manifiesta incompetencia para ello?, porque esa tajante afirmación de que no hay prevaricación que Vd realiza deberá estar muy bien meditada ¿no?

Anónimo veneciano (el de la otra vez) dijo...

Los argumentos de Jacobo Dopico son apabullantes, salvo que uno se pare a pensar, vuelva al principio de todo y se pregunte: ¿investigó Garzón los crímenes del franquismo, siguiendo una línea jurídica interpretativa "relevante pero minoritaria" sobre este asunto?

Dopico da como axioma que eso es lo que hizo Garzón, pero lo cierto es que no fue así, y por eso todo lo demás cae por su propio peso: hasta donde yo sé (vamos, que no he visto el sumario y hablo de oídas y leídas, como casi todos), el ínclito juez abrió unas diligencias contra personas que, según indicaba en el mismo auto de incoación, estaban muertas, pasó una serie de meses recogiendo denuncias de familiares, cuyas comprensibles expectativas alentó inhumanamente, y acabó a toda prisa, archivando el asunto porque todos los posibles responsables habian muerto, como ya sabiamos (incluido él) desde el principio.

NINGUNA diligencia de investigación, NINGUNA, practicó Garzón en relación con los crímenes del franquismo, cualquierra que sea la amplitud que se quiera dar a esta expresión. Por ejemplo, podria investigarse las derivaciones patrimoniales de la dictadura, el enriquecimiento de determinadas familias o personas, que están bien vivas y coleando. Nada de eso: aqui no hay ninguan investigación sobre la dictadura por la que se quiera castigar al osado juez, sino un sonoro escaparate mediático que montó para su mayor gloria, y otro escaparate, no menos sonado, que monta ahora para ver si sale con bien de ésta. Ni más ni menos.

Pero hay que reconocer que lo de la doctrina sobre la prevaricación y la línea interpretativa "relevante pero minoritaria" está muy bien traído.

Jacobo Dopico dijo...

Estimado Anónimo veneciano:

Es un argumento simpático. Y tendría su gracia si no fuera más falso que un duro de madera. No se fíe de los medios de comunicación que lee. Le recomiendo que se lea el Auto en cuestión de primera mano para opinar sobre él con fundamento.

1. El 16 de Octubre Garzón admite a trámite las denuncias de más de 20 asociaciones de víctimas (allegados y familiares de desaparecidos).
a. Ordena la exhumación en 19 localizaciones.
b. Reclama del Ministerio del Interior "los datos que identifiquen a los máximos dirigentes de la Falange Española, entre el 17 de julio de 1936 y 31 de diciembre de 1951, para una vez identificados, acordar lo necesario sobre la imputación y extinción, en caso de fallecimiento, de la responsabilidad penal".
c. Lo de que Garzón "preguntó si Franco estaba muerto" es una gilipollez que se repite mucho por ahí. Cositas de quien habla sin leer. Vayamos al Razonamiento Jurídico 13º: "Es cierto, y ello es notorio, que aquellos [scil. los principales dirigentes fascistas 1936-1951] están fallecidos, por lo que tan pronto conste la acreditación oficial del deceso y apuntada ya indiciariamente, su presunta participación, se declarará extinguida ésta por fallecimiento".
d. Ordena la creación de "un grupo de expertos y otro de Policía Judicial con el fin de desarrollar las labores de búsqueda y localización para, en un plazo razonable, ofrecer a las víctimas, interés prioritario en este momento, una respuesta acorde con las peticiones deducidas" (RJ 16º).
e. Ordena a diversas Administraciones que colaboren en las exhumaciones y, en ocasiones, que paralicen actividades que las bloquearían.

2. Un malpensado diría que de repente alguien se enfada porque le joden su Ley de Memoria Histórica: la Fiscalía expone sus argumentos negando la competencia a Garzón.

3. 32 días después de la apertura de diligencias (18 DE NOVIEMBRE) Garzón se inhibe a favor de los Juzgados donde se encuentran las fosas.

4. 42 días después de la apertura de diligencias (28 DE NOVIEMBRE), en un Auto de la Audiencia Nacional rechaza la competencia de Garzón, con tres votos particulares en contra y un voto particular concurrente (que dice, por cierto, que en abstracto la Ley de Amnistía permitiría investigar penalmente estos crímenes, por ser crímenes contra la humanidad, perseguibles pese al nullum crimen sine lege praevia según la doctrina Scilingo). Como ven, sobre el tema existe debate jurídico. ¿Prevaricaron los TRES magistrados que sostuvieron que SÍ podía continuar investigando? ¿Prevaricaron los CUATRO magistrados que dijeron que la Ley de Amnistía no se lo impedía?

Chico, Veneciano, la verdad es que en 32 días ordena más investigación que la mayoría de los procesos penales que me he echado a la cara. Desconozco qué experiencia procesal penal tiene usted, pero en mi modesta opinión xa lle chega.

Querido Anónimo Veneciano, le recomiendo que se lea las actuaciones. Si escribe sobre ellas sin leerlas, como un vulgar periodista español, luego escribe uno cositas que quedan en la red forever and ever. Ya sé que escribiendo con pseudónimo da igual, pero ¡imagínese qué palo si firmase con su nombre!

Anónimo veneciano (con perdón) dijo...

Ya advertí en mi comentario anterior de que "no he visto el sumario y hablo de oídas y leídas, como casi todos", así que nadie puede extrañarse de que me equivoque.

Tengo que admitir, ya que la agudeza del comentarista ha reparado en ello, es que mi verdadero nombre no es "anónimo veneciano". También confieso carecer de experiencia procesal penal, aunque la tengo -y bien extensa- en otras ramas del Derecho. Lo que sí recuerdo de cuando estudié Derecho penal (hace más de treinta años) es que los delitos tienen que concretarse y poder atribuirse a alguien identificado y -si puede ser- vivo, porque si no la cosa se torna complicada.

Leído el auto de Garzón, me oarece que la incompetencia de los juzgados centrales es manifiesta y el juez no podía ignorarlo sin culpa. Con argumentaciones parecidas, cualquier delito podría acabar en manos de Garzón, a poco que se lo proponga, con sólo ensartar en forma de auto judicial unas citas de historiadores y unos fragmentos de las arengas radiofónicas de Queipo de Llano.

Le agradezo enormemente que me haya puesto en la pista del auto, porque ahora ya no me interesa saber si hay o no prevaricación. Un juez que utiliza su poder para semejante operación mediática, asumiendo como tarea propia lo que corresponde al legislativo y al ejecutivo, debería estar en lugar más alto que la Audiencia Nacional, como pontifex maximus, gran timonel o lo que más le guste, pero, eso sí, lo más lejos posible.

(Seguimos sin saber a quién puso Gaarzón en busca y captura).

Anónimo dijo...

Ya hace muchos años que tenemos una modalidad de jurisprudencia vinculante, la del art. 100.7 de la ley de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Jacobo Dopico dijo...

Estimado Anónimo Veneciano:

Hombre, no se ofenda: si usted mismo dice que habla de oídas y sin leer el auto del que hablamos, no se extrañe de ir diciendo cosas que, por ser discreto, calificaré de profundamente equivocadas. Con tantos añazos de ejercicio del Derecho, podría usted haberlo leído y entendido. No crea que en un foro jurídico "casi todo el mundo habla de oídas". Verá que la mayoría nos lo tomamos en serio.

Lo que sí me llama la atención es cómo puede usted sin haber leído una jodida línea atreverse a hablar ex cathedra y decir que "los argumentos de Jacobo Dopico son apabullantes, salvo que uno se pare a pensar... Dopico da como axioma que eso es lo que hizo Garzón, pero lo cierto es que no fue así". Llámeme apocado, pero yo antes de emprender grandilocuentes descalificaciones me leería un poco de qué va el asunto. Y es que si no, al final uno tiene que acabar reconociendo que ha dicho algo falso y buscando alguna salida tipo "ahora que he leído el auto, ya no me interesa si Garzón debe ser condenado, sino sólo si lo hacemos Papa de Roma". Ya le digo que si firma uno con nombre y apellidos se palpa antes un poco la ropa. Seguro que también usted cae en eso ahora.

Lo mejor: que después de ese bonito desahogo en el que descalifica los argumentos de los demás diciendo que "si uno piensa un poco" caen por su propio peso... tiene el morro de decir que "nadie puede extrañarse de que se equivoque", que si la "agudeza" de los demás, etcétera. Hombre, hombre. Cuando un mete la pata hasta el corvejón, y encima a lo sobrao, debería mostrar un poco de caballerosidad y vergüenza torera a la hora de reconocer, señor Veneciano. Vamos: así me lo enseñaron en mi pueblo.

Usted, con reconocida falta de experiencia en Derecho Procesal Penal, dice que le parece "manifiesta" la falta de competencia de Garzón. ¡Pues fíjese qué casualidad: coincide con el juicio de experto de no pocos expertos penalistas! Sin embargo, otros muchos penalistas, numerosos magistrados (entre ellos, y negro sobre blanco, tres de la sala penal de la Audiencia Nacional, uno del Tribunal Supremo y dos de los jueces a los que se ha remitido la cuestión) consideran que es manifiesta su competencia. Así las cosas, ya sabe cuál es la conclusión sobre el tipo penal de prevaricación judicial. Con esas décadas de experiencia en tantas ramas del Derecho, sabrá que de ahí no sale una prevaricación en la puñetera vida.

En cualquier caso, me parece magnífico que deje de interesarle lo de esta absolutamente imposible prevaricación, y no creo que sea coincidencia que sea justo después de leer el auto. ¡Ojalá pudiese decirse que la insistencia de Varela y cía. se debe también a esa misma causa: sería señal de que es subsanable! Al final, me alegro de haber colgado el enlace al Auto, cuya lectura ha resultado tan fructífera.

P.S. Si sabe jugar, entenderá que esto me lo he ganado.

P.S.2. Ah: veo que le reconcome eso de la concreción de la responsabilidad penal en un sujeto vivo: verá que Garzón ordena iniciar diligencias para investigar si queda vivo alguno de los responsables secundarios. Se ve que Garzón también se acordaba de eso que usted menciona de cuando estudiaba Derecho penal, hace ya treinta años.

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Para el anónimo último: no me haga mucho caso, pero una lectura atenta del art. 100.7 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa me lleva a concluir que se refiere a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

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Anónimo dijo...

Soy el "anónimo" que citó el art. 100.7 de la ley de la jurisdicción contencioso-administrativa, con la simple intención de recordar que la jurisprudencia vinculante, como principio, ya está implantada en nuestro sistema, y que cualquier día puede trasladarse a las demás jurisdiccionales. ¿Realmente le parece una tontería tan gorda como para burlarse de mi comentario?

Jacobo Dopico dijo...

No, hombre. Quería subrayar que hablaba de la jurisdicción penal, donde la cuestión tiene una significación radicalmente distinta. No tenía intención de burla, sino de hacer un chiste: mis disculpas.